Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Junio de 2019, número de resolución KLAN201700741

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201700741
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Junio de 2019

LEXTA20190628-006 - El Pueblo De PR v. James Colon

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMON-CAROLINA

PANEL VII

EL PUEBLO
DE PUERTO RICO
Apelado
Vs.
JAMES COLÓN
Apelante
KLAN201700741
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Caso Núm. F ST2016G0020 Sobre: Art. 215 CP

Panel integrado por su presidente el Juez Flores García, la Jueza Domínguez Irizarry y el Juez Cancio Bigas.

Cancio Bigas, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de junio de 2019.

Comparece el señor James Colón (en adelante, apelante o señor Colón), solicitando que revisemos una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina. En la misma se le condenó por el Art. 215 del Código Penal de 2012, 33 LPRA sec. 5285.

Veamos brevemente el trasfondo procesal y fáctico de la presente controversia.

I.

Por hechos ocurridos el 7 de marzo de 2016, se presentó una acusación contra el señor Colón, por infracción al Art. 215 del Código Penal de 2012, supra.[1]

Se alegó que el apelante, circuló y/o poseyó ilegal, voluntaria, maliciosa y criminalmente, con el propósito de defraudar una licencia de conducir falsificada, la cual mostró a la Oficial de Seguridad de TSA María S. Gazco, en el punto de seguridad cercano al Terminal B del Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín. Ello como verificación de documentos “Travel Document Position”.

En las fechas 9, 17, 24 y 26 de enero de 2017 se celebró el juicio del caso de epígrafe, dentro del cual se presentaron las siguientes declaraciones, por el Ministerio Público:

Sra. Jessica Colón Santos

Expresó ser representante de facturación del Special Care Pharmacy, y residir en Toa Baja. El 28 de marzo recibió, en su residencia, la visita de la Agente Díaz, quien le notificó que su número de licencia de conducir fue utilizado por otra persona.[2] Según indicó, la Agente le mostró una foto de la persona que había utilizado su licencia de conducir. La señora Colón Santos le expresó a la agente desconocer al individuo que aparecía en la foto, a quien identificó en sala como el apelante.[3] Expresó que fue tras la visita del Agente día, el 28 de marzo de 2016, que se enteró que su licencia fue utilizada por otra persona.[4]

Durante el contrainterrogatorio, reiteró desconocer al apelante, ni tener relación con él.[5] En el re-directo, señaló que lo que la Agente Díaz le mostró el día que se presentó en su residencia, fue una copia de una licencia que llevaba el número de la suya, y una foto del apelante.[6]

Sra. María Sally Gazco

Indicó laborar, hacía 14 años, en Homeland Transportation Security Administration, dentro del Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín, desempeñándose como master behavior detection officer. Como parte de sus funciones, analizaba el comportamiento de las personas observando su lenguaje corporal.[7]

Indicó, además, que el 7 de marzo de 2016, a eso de las 2:45 p.m., estaba parada en el terminal B-C, entre dos (2) podios, donde estaban oficiales de seguridad que verificaban los documentos de identidad presentados por las personas.[8]

Estando allí observó como el apelante, a quien identificó en sala, mostró una licencia al Oficial Carlos Santana, quien a su vez se la pasó al compañero de nombre Héctor Tavares, quien estaba en el podio número 3.[9] La señora Sally Gazco, quien se encontraba detrás del señor Tavares, observó que la licencia de conducir no contaba con ningún detalle de seguridad cuando se exponía a la luz ultravioleta. A raíz de ello, llamó al Agente Salvador Benabe -su supervisor- y le mostró la licencia.[10] Este de igual modo tomaron la licencia y la llevaron a la parte posterior, donde estaba la Policía.[11]

Los policías tomaron control de la licencia, verificaron los detalles, y ante la incongruencia de los datos de esta con el nombre del apelante, arrestaron al señor Colón.[12]

Asimismo, como parte de su testimonio, explicó que para identificar los detalles de seguridad correspondientes, tomó adiestramientos en Texas y Puerto Rico, y a su vez, tomaba reválidas mensualmente a través de la computadora.[13]

Describió que los detalles de seguridad eran los siguientes: debajo de la fotografía de la persona, a mano izquierda, aparecen imágenes de la isla de Puerto Rico, la isla de Vieques y la isla de Mona; y en el centro de la licencia, donde se encuentran el nombre, apellido y dirección, está el escudo de Puerto Rico.[14] Añadió que lo anterior sólo se ve a través de luz ultravioleta.[15] Mencionó, además, que la licencia de conducir ocupada al apelante tenía unos círculos que decían “authenthic…

seal lof authenticity genuine”; que la licencia expedida por el Gobierno de Puerto Rico tales sellos aparecen en español, y deben decir “Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.[16] Añadió que tales sellos en inglés no eran válidos en una licencia de Puerto Rico, que la misma debe llevar el escudo y tiene círculos muchos más pequeños que los que tenía la que poseía el apelante.[17]

Por otra parte, declaró que, con excepción del número de identificación contenido en la licencia de conducir, el resto de la información desglosada era correcta, al igual que la contenida en el pasaje de avión.[18]

Agente Nelyza Ayala Santiago

Expresó laborar en la Policía de Puerto Rico desde diciembre de 2001. Para el día de los hechos, en el 2016, estaba adscrita al Precinto 216, Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín.[19] Indicó que el 7 de marzo de 2016 estaba asignada a un punto de seguridad central, cuando alrededor de las 3:00 pm se le acercó el señor Salvador Benabe, supervisor de TSA.[20] Este le indicó que en la parte de al frente había un sujeto – el apelante, a quien identificó en sala- que le mostró una licencia de conducir falsa. Al entregarle la misma, vio que reflejaba el nombre de James Colón, con el número 452632. La Agente Ayala Santiago expresó que realizó una llamada para corroborar la información, donde le indicaron que el número antes indicado pertenecía a la licencia de conducir de la señora Jessica Colón.[21] Acto seguido, declaró que se dirigió hacia el apelante, le explicó la situación, le leyó las advertencias correspondientes, lo arrestó y llevó al cuartel.[22] Expresó, también, no ver al apelante conduciendo un vehículo de motor.[23]

Sr. Marcos Enrique Pesquera Vázquez

Declaró laborar en el Departamento de Transportación y Obras públicas (DTOP), encargado de certificar que las licencias de conducir, registro de vehículos, títulos, marbetes y tablillas sean oficiales o fraudulentos.[24]

Expresó también que la Agente Díaz fue a su oficina, entregándole una licencia de conducir que llevaba el nombre de James Colón, con el número 4525632, con el propósito de que evaluara si fue expedida por el DTOP.[25]

Indicó que, al tomar la identificación, pudo notar a simple vista que la misma era ilegítima.[26] Explicó que lo supo porque la licencia no tenía una “mica clear” que contiene el escudo del “Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.[27] Indicó que cuando buscó el número de licencia de conducir en el sistema, notó que no correspondía al señor James Colón -aquí apelante- y cuya foto y nombre surgía de la identificación en su poder.[28] Asimismo, declaró que, acorde con el sistema, dicho número correspondía a una dama.[29] Añadió que los números de licencia de conducir no se repetían, y correspondían a una sola persona.[30] De igual modo, identificó como James Colón al apelante, en sala.[31]

Por otra parte, declaró también que, con excepción de la foto y el número de licencia de conducir, el resto de la información correspondía al apelante.[32]

Sr. Salvador E. Benabe Rodríguez

Declaró que trabajaba en la Transportation Security Administration, bajo la sombrilla del Homeland Security, desde el 2009.[33] Indicó que el día 7 de marzo de 2016 se ubicaba entre las líneas 5 y 6, mientras que su compañera de trabajo, la señora María Gazco, estaba entre las líneas 3 y 4, haciendo observaciones. Aproximadamente a las 2:45 pm, su compañera lo llamó para pedirle que pasara por las líneas 3 y 4. Una vez en el lugar, la señora Gazco le indicó que los oficiales que verificaban la documentación de los pasajeros notaron una irregularidad en la documentación entregada por el apelante. Así las cosas, tomó la licencia de conducir y la pasó por los rayos ultravioletas, notando que no contaba con los “features” de seguridad.[34]

Explicó que al examinar la identificación contra la luz ultravioleta, vio que tenía un laminado que decíagenuine authentic seal, cual no correspondía a...

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