Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Julio de 2019, número de resolución KLAN201900215

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201900215
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Julio de 2019

LEXTA20190719-003 - Octagon Consultant Group v. Municipio De Toa Baja

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

OCTAGON CONSULTANT GROUP, CORP. Apelado v. MUNICIPIO DE TOA BAJA Apelante
KLAN201900215
APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm.: BY2018CV00830 Cobro de Dinero Incumplimiento de Contrato

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Surén Fuentes y la Jueza Cortés González.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de julio de 2019.

El Municipio de Toa Baja (Municipio) presentó recurso de apelación de la Sentencia sumaria dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (TPI), mediante la cual, se declaró con lugar la Demanda sobre cobro de dinero e incumplimiento de contrato, instada por Octagon Consultant Group Corp. (Octagon) en contra del Municipio.

Contamos con el escrito en oposición de Octagon, con cuyo beneficio y al tenor del marco fáctico-jurídico que a continuación delineamos, procedemos a resolver el recurso ante nuestra consideración.

I.

El 12 de junio de 2018, Octagon presentó su Demanda sobre cobro de dinero e incumplimiento de contrato en contra del Municipio, alegando que habían pactado varios contratos de servicios profesionales, de los cuales el Municipio le adeudaba $117,940.[1]

El Municipio contestó la Demanda y negó las alegaciones en su contra. Luego el Municipio presentó una moción para que se dictara sentencia sumaria desestimando la Demanda, alegando que las facturas de Octagon no cumplían con los formalismos legales porque no estaban firmadas por un representante autorizado del Municipio, certificando que los servicios se prestaron durante la vigencia de los contratos. La moción de sentencia sumaria del Municipio no estuvo acompañada de declaración jurada o anejo alguno.[2]

No obstante, en su moción de sentencia sumaria, el Municipio hizo referencia al menos a dos de los casi cincuenta anejos que Octagon unió a su Demanda.[3]

Octagon presentó escrito de oposición a la solicitud de sentencia sumaria del Municipio, indicando que las facturas fueron certificadas conforme a los contratos y que no procedía el remedio sumario pues existía controversia acerca de si algunos de los servicios se rindieron durante la vigencia de los contratos. Octagon acompañó su moción con una declaración jurada de su presidente, Raimundo Marrero Otero, y otros documentos.[4] En la referida declaración jurada, el presidente expresó sus gestiones de someter las facturas y gestionar el cobro de estas con la representante autorizada del Municipio, Rebecca Rivera Torres, quien las recibía, certificaba y ordenaba su pago.[5]

El 23 de enero de 2019, el TPI dictó Sentencia sumaria declarando Ha Lugar la Demanda y condenando al Municipio a pagarle a Octagon $87,940.[6]

El Tribunal consignó las siguientes determinaciones fácticas:

  1. El 17 de septiembre de 2015 el Sr. Raimundo Marrero Otero en su carácter de presidente de Octagon firmó un Contrato de Servicios Profesionales con el Municipio de Toa Baja en la que Octagon se comprometía a preparar una tasación conforme al valor en el mercado de un Centro de Autismo perteneciente al Municipio de Toa Baja, ubicado en DV-1, en la Calle Lago Las Curias en Levittown 5ta Sección, Barrio Sabana Seca en Toa Baja, Puerto Rico. A cambio de ello el Municipio de Toa Baja se obligó a pagar a Octagon la cantidad de tres mil dólares ($3,000.00).

  2. El Contrato de Servicios Profesionales antes referido fue inscrito en la Oficina del Contralor bajo el número 2016-000361.

  3. Conforme al Contrato de Servicios Profesionales del 17 de septiembre de 2015, otorgado entre las partes, Octagon preparó la tasación de la propiedad cita en DV1, en la Calle Lago Las Curias en Levittown 5ta Sección, Barrio Sabana Seca en Toa Baja, Puerto Rico.

  4. El día 10 de octubre de 2015 Octagon envió al Municipio de Toa Baja por conducto del Honorable Alcalde Aníbal Vega Borges la factura 2015-05 sobre el trabajo contratado por el Municipio de Toa Baja de tasación antes relacionados por la cantidad de $3,000.00.

  5. La cantidad de $3,000.00 adeudada por el Municipio de Toa Baja a Octagon por concepto de los servicios profesionales prestados de tasación, es una deuda que está vencida es líquida y exigible en su totalidad.

  6. El 4 de agosto de 2015, el Sr. Raimundo Marrero Otero en su carácter de Presidente de Octagon firmó un Contrato de Servicios Profesionales con el Municipio de Toa Baja en la que Octagon se comprometía a revisar las colindancias de la finca principal con la colindancia de la Comunidad Villa Calma en el Barrio Ingenio a requerimiento de la Autoridad de Agricultura y Autoridad de Tierras, revisaría el plano final para ajustar los solares afectados por el deslinde de las colindancias de las fincas matrices y produciría un plano final para la aprobación de la Junta de Planificación. A cambio de ello el Municipio de Toa Baja se obligó a pagar a Octagon la cantidad de cuarenta y dos mil dólares ($42,000.00).

  7. El Contrato de Servicios Profesionales antes referido fue inscrito en la Oficina del Contralor bajo el número 2016-000236.

  8. Conforme al Contrato de Servicios Profesionales del 4 de agosto de 2015, otorgado entre las partes, Octagon revisó las colindancias de la finca principal con la colindancia de la Comunidad Calma, Barrio Ingenio a requerimiento de la Autoridad de Agricultura y Autoridad de Tierras, el plano final fue revisado para ajustar los solares afectados por el deslinde de las colindancias de las fincas matrices y se produjo el plano final para la aprobación de la Junta de Planificación.

  9. El día 31 de agosto de 2015, Octagon envió al Municipio de Toa Baja por conducto del Honorable Alcalde Aníbal Vega Borges la factura 2015-03 sobre el trabajo contratado por el Municipio de Toa Baja de revisión de plano de agrimensura y producción final de plano para la aprobación de la Junta de Planificación por la cantidad de $42,000.00.

  10. Al presente, el Municipio de Toa Baja adeuda aún la cantidad de $12,940.00 por los servicios prestados por Octagon relacionados al contrato antes aludido.

  11. La cantidad de $12,940.00 adeudada por el Municipio de Toa Baja a Octagon por concepto de los servicios profesionales prestados de revisión de plano de agrimensura y producción final de plano para la aprobación de la Junta de Planificación, es una deuda que está vencida es líquida y exigible en su totalidad.

  12. El 4 de agosto de 2015, el Sr. Raimundo Marrero Otero en su carácter de Presidente de Octagon firmó un Contrato de Servicios Profesionales con el Municipio de Toa Baja en la que Octagon se comprometía a preparar un estudio de renta conforme al valor en el mercado de un Terrano Vacante en el Vertedero de Toa Baja perteneciente al Municipio de Toa Baja, ubicado en PR-866, Km. 2.2 Candelaria Arenas, Toa Baja, PR. 00949 y el Gimnasio Municipal de la 6ta. Sección de Levittown en el Municipio de Toa Baja, ubicado en PR-866 6 Sección Levittown Sabana Seca Toa Baja, P.R. 00949. A cambio de ello el Municipio de Toa Baja se obligó a pagar a Octagon la cantidad de mil quinientos dólares ($1,500.00) por cada estudio o sea un total de tres mil dólares ($3,000.00).

  13. El Contrato de Servicios Profesionales antes referido fue inscrito en la Oficina del Contralor bajo el número 2016-000237.

  14. Conforme al Contrato de Servicios Profesionales del 4 de agosto de 2015, otorgado entre las partes, Octagon preparó el estudio de renta de la propiedad cita en PR-866, Km. 2.2 Candelaria Arenas, Toa Baja, PR. 00949 y la propiedad cita en PR866 6 Sección Levittown Sabana Seca Toa Baja, P.R. 00949.

  15. El día 24 de septiembre de 2015, Octagon envió al Municipio de Toa Baja por conducto del Honorable Alcalde Aníbal Vega Borges la factura 2015-04 sobre el trabajo contratado por el Municipio de Toa Baja de estudio de renta antes relacionado por la cantidad de $3,000.00.

  16. Al presente, el Municipio de Toa Baja adeuda la cantidad de $3,000.00 por los servicios prestados brindados por Octagon.

  17. La cantidad de $3,000.00 adeudada por el Municipio de Toa Baja a Octagon por concepto de los servicios profesionales prestados de preparar estudio de renta, es una deuda que está vencida es líquida y exigible en su totalidad.

  18. El 1 de agosto de 2016, el Sr. Raimundo Marrero Otero en su carácter de presidente de Octagon firma un Contrato de Servicios Profesionales con el Municipio de Toa Baja en la que Octagon se comprometía a preparar un Informe de Tasación Comercial, de...

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