Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Agosto de 2019, número de resolución KLCE201801719

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201801719
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución16 de Agosto de 2019

LEXTA20190816-002 - Oscar D. Suero Algarin v. Hospital Hima San Pablo Caguas

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

OSCAR D. SUERO ALGARÍN, ET ALS.
Peticionarios
v.
HOSPITAL HIMA SAN PABLO CAGUAS, ET ALS.
Recurridos
KLCE201801719
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil Núm.: E DP2014-0185 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Juez Surén Fuentes y la Jueza Cortés González

Surén Fuentes, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de agosto de 2019.

Comparecen Oscar D. Suero Algarín; Juan Gustavo Suero Algarín, Francisco Suero Algarín, José Suero Algarín (los peticionarios), y solicitan la revocación de la Resolución emitida el 7 de junio de 2018, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (TPI o foro primario), enmendada Nunc Pro Tunc el 9 de julio de 2018 y notificada el 12 de julio de ese año. Mediante la Resolución recurrida, el foro primario declaró No Ha Lugar la solicitud de autorización para enmendar demanda en Daños y Perjuicios por Impericia Médica presentada por los peticionarios contra el Dr. Luis Aponte López, su cónyuge y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, contra el Centro Médico del Turabo, Inc. (CMT), h/n/c HIMA San Pablo Caguas Turabo Vascular Group, P.S.C., y SIMED (los recurridos).

Por los fundamentos que pasamos a exponer, denegamos la expedición del auto de Certiorari en cuanto al reclamo de los peticionarios contra el Centro Médico del Turabo, Inc. (CMT), h/n/c HIMA San Pablo Caguas y otros, y ordenamos el archivo por desistimiento en cuanto a los recurridos; Turabo Vascular Group, P.S.C., SIMED y el Dr. Luis Aponte López, su cónyuge y la Sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, por existir un acuerdo transaccional entre dichas partes que termina todas las controversias entre ellos.[1]

I

El 18 de julio de 2014 Oscar D. Suero Algarín, Juan Gustavo Suero Algarín, Francisco Suero Algarín y Ángeles Algarín Castro, presentaron Demanda en Daños y Perjuicios por Impericia Médica contra los recurridos por los daños propios sufridos a raíz de una alegada impericia médica que causó el fallecimiento del Sr. Oscar Suero Durán, padre de los peticionarios y esposo de la Sra. Ángeles Algarín Castro.

El 25 de junio de 2015 los peticionarios presentaron Segunda Demanda Enmendada para sustituir a la viuda Ángeles Algarín Castro, quien falleció. En dicha Segunda Demanda Enmendada comparecieron el co demandante José Suero Algarín y sus hermanos, aquí peticionarios en sustitución de su madre, Ángeles Algarín Castro y reclamando los daños sufridos por ésta tras el fallecimiento del Sr. Oscar Suero Durán.

Culminado el descubrimiento de prueba, el 27 de noviembre de 2017 los peticionarios presentaron Moción Solicitando autorización para Enmendar Demanda en la que solicitaron la sustitución de parte para que se permitiera incluir a José Suero Algarín como co-demandante, reclamando los daños de su padre, el Sr. Oscar Suero Durán. Señalaron que no existe motivo para éste fuese excluido como co-demandante reclamando los daños heredados de su padre fallecido por los sufrimientos de éste.

Tras varios incidentes procesales, mediante Resolución Enmendada Nunc Pro Tunc emitida originalmente el 7 de junio de 2018 y enmendada el 9 de julio de ese año, el foro primario declaró No Ha Lugar la solicitud de autorización para enmendar demanda presentada por los aquí peticionarios.

Concluyó el TPI que no existe una reclamación de causa heredada en relación al Sr. Oscar Suero Durán y que los peticionarios ya habían comparecido reclamando sus propios daños.

El 25 de julio de 2018 los peticionarios presentaron Moción Solicitando Reconsideración de Resolución Enmendada Nunc Pro Tunc, la cual fue denegada por el foro primario.

Inconformes, los peticionarios recurren ante este Tribunal de...

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