Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Agosto de 2019, número de resolución KLCE201901008
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201901008 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 27 de Agosto de 2019 |
LEXTA20190827-032 - Midland Credit Management PR v. Jesus M.
Ramos Pabon Demandado
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Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Cancio Bigas.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de agosto de 2019.
Comparece Midland Credit Managment Puerto Rico, LLC (Midland Credit), como agente de Midland Funding, LLC (Midland Funding), para disputar una Orden emitida el 5 de junio de 2019 por el Tribunal de Primera Instancia por medio de la cual le impuso el pago de una fianza de no residente para continuar con el caso de epígrafe. Expedimos el auto de certiorari solicitado y revocamos la Orden recurrida.
El caso de autos gira en torno a una demanda en cobro de dinero al amparo de la Regla 60 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 60 (Regla 60), presentada el 23 de mayo de 2019 por Midland Credit en contra de señor Jesús M.
Ramos Pabón (recurrido). Conforme a la demanda, el recurrido obtuvo una línea de crédito cuyo balance no se había pagado de acuerdo a los términos y condiciones acordados con su acreedor original. Posteriormente, Midland Funding adquirió la referida acreencia y por medio de su agente, Midland Credit, realizó gestiones de cobros extrajudiciales que fueron infructuosas. Ante ello, Midland Credit presentó demanda en cobro de dinero en contra del recurrido.
Luego de que se expidiera y diligenciaran las notificaciones-citaciones conforme a las disposiciones de la Regla 60, el Tribunal de Primera Instancia emitió motu proprio la Orden impugnada. Mediante la misma, ordenó a Midland Credit presentar fianza de no residente en el término de 60 días. Ante ello, Midland Credit presentó una solicitud de reconsideración en la cual alegó ser una corporación debidamente organizada, registrada y autorizada a realizar negocios en Puerto Rico. Además, indicó que en virtud de su relación contractual con Midland Funding estaba autorizada a llevar a cabo actividades de cobro y gestiones legales a su nombre.
Por otra parte...
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