Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Agosto de 2019, número de resolución KLRA201900437

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900437
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Agosto de 2019

LEXTA20190827-041 - William Rivera Santiago v. Departamento del Trabajo Y Recursos Humanos

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

WILLIAM
RIVERA SANTIAGO
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO
DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS; NEGOCIADO DE SEGURIDAD
DE EMPLEO
Recurrido
KLRA201900437
Revisión Administrativa procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Número: CO-1208-19A Sobre: Sección 4 (B)(2) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico

Panel integrado por su presidenta, la Juez Ortiz Flores, la Juez Domínguez Irizarry, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Lebrón Nieves.

Ortiz Flores, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de agosto de 2019.

Comparece ante nosotros, por derecho propio, el señor William Rivera Santiago (Sr. Rivera Santiago, recurrente), a través de un recurso de revisión judicial, sobre una Decisión de la Secretaria del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Secretaria), emitida el 17 de junio de 2019, notificada el 19 de junio de 2019. Mediante la referida determinación administrativa, se confirmó la inelegibilidad del recurrente para recibir los beneficios de compensación por desempleo.[1]

Luego de analizar el recurso sometido y los documentos que lo acompañan, a la luz del derecho aplicable, resolvemos confirmar la decisión recurrida.

I

Surge del recurso ante nosotros que el Sr. Rivera Santiago trabajó para el patrono Advance Services Professional, Inc., como empleado de mantenimiento, hasta el 18 de enero de 2019. El recurrente renunció a su empleo debido a que su vehículo de motor se dañó, lo que le impide llegar a su trabajo. La falta de transportación imposibilitó que pudiera cumplir con su jornada laboral.

Así las cosas, el recurrente solicitó los beneficios de compensación de seguro por desempleo. Luego de los trámites correspondientes, la Oficina Local del Negociado de Seguridad de Empleo (NSE) emitió el 15 de abril de 2019 una determinación mediante la cual decretó que el recurrente abandonó su trabajo adecuado por razones personales y no atribuibles al patrono, por lo que adjudicó que fue sin justa causa. Por lo antes expuesto, el NSE denegó los beneficios de compensación por desempleo al Sr. Rivera Santiago, desde el 10 de marzo de 2019 e indefinidamente, a menos que el recurrente trabaje por un periodo de cuatro semanas o más y gane diez veces el beneficio semanal. El NSE fundamentó su decisión en la Sección 4 (B) (2) de la Ley de Seguridad de Empleo en Puerto Rico, infra.

Inconforme con la determinación del NSE, el 22 de abril de 2019, el Sr. Rivera Santiago solicitó una vista ante un árbitro.[2] La audiencia, celebrada el 16 de mayo de 2019, fue presidida por el árbitro Carlos Collazo Gotay. El 22 de mayo de 2019 se emitió por el árbitro una Resolución, notificada el día 24 siguiente, mediante la cual se confirmó la determinación del NSE, sobre la inelegibilidad del recurrente.

El recurrente presentó oportunamente una solicitud de reconsideración de la decisión del árbitro ante la Secretaria del Trabajo y Recursos Humanos (Secretaria). Luego de un examen detenido de las alegaciones y en el ejercicio de su discreción, la Secretaria emitió una decisión el 17 de junio de 2019, notificada el día 19, en la que adoptó las determinaciones formuladas por el árbitro Collazo Gotay y confirmó la Resolución impugnada.

Finalmente, el recurrente presentó una solicitud de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR