Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2019, número de resolución KLRA201900472

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900472
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2019

LEXTA20190829-017 - Angel Ramirez Maldonado v. Gustavo Berio Cruz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IV

Ángel Ramírez Maldonado, Restaurant Star Light Corporation Recurrida vs. Gustavo Berio Cruz, Providencia Vargas, Atilano Padua Plaza y otros
Titular Registral
José A. Rivera Plaza, Atilano Padua Plaza María Pérez Plaza
Recurrentes
KLRA201900472
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Estado Sobre: Cancelación de Marca Registro Núm.: 48296

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, el Juez Rivera Colón y el Juez Adames Soto.

Rivera Colón, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2019.

Comparecen José A. Rivera Plaza, Atilano Padua Plaza y María Pérez Plaza y solicitan que revisemos la Resolución emitida y notificada el 11 de junio de 2019, por el Departamento de Estado de Puerto Rico (Departamento). Mediante el referido dictamen, el Departamento declaró No Ha Lugar la solicitud de sentencia sumaria presentada por la parte recurrente.

A continuación, reseñamos el tracto fáctico y procesal pertinente, seguido del marco doctrinal que sostiene nuestra determinación.

-I-

El Departamento, tras examinar la solicitud de sentencia sumaria de la parte recurrente y su respectiva oposición sometida por Gustavo Berio Cruz y Providencia Vargas Ortiz, consignó en la Resolución recurrida las siguientes determinaciones de hechos:

  1. El 15 de agosto de 1967 los señores Gustavo Berio y Providencia Vargas comenzaron a operar un restaurante (en una instalación de su propiedad) bajo el nombre “Restaurant Star Light”, localizado en el barrio Saltillo de Adjuntas, Puerto Rico.

  2. El 13 de diciembre de 1986 el Sr. Ángel Ramírez y la Sra.

    Providencia Vargas otorgaron un contrato de arrendamiento del local comercial mencionado, donde el primero comenzó a operar desde entonces un restaurante bajo el nombre “Restaurant Star Light”. Nada se dispuso en el referido contrato sobre dicho nombre.

  3. El 2 de noviembre de 1988 el Sr. Ramírez y el Sr. Berio otorgaron un nuevo contrato de arrendamiento sobre la misma propiedad. Nuevamente, nada se dispuso en el contrato sobre el nombre “Restaurant Star Light”. La parte peticionaria continuó utilizando el referido nombre para identificar su negocio.

  4. El 10 de mayo de 2000 el Sr. Ramírez presentó ante el Departamento de Estado de Puerto Rico un certificado de incorporación para inscribir una corporación con fines de lucro bajo el nombre de “Restaurant Star Light Corporation”.

  5. El 6 de noviembre de 2000 el Sr. Berio presentó ante el Departamento de Estado de Puerto Rico una solicitud de registro de marca de servicio que identificó como “Restaurant Star Light”, “para operar una barra, restaurante, salón de actividades y para servir comidas de todas clases”.

  6. Surge del expediente que la solicitud de registro de la referida marca, con fecha de 6 de noviembre de 2000 y el 13 de diciembre de 2000 contiene la palabra impreso e iniciales a manuscrito. La segunda presentación del mismo documento se hizo en una de las oficinas regionales de la agencia.

  7. En la referida solicitud se indicó que la marca se utiliza en el comercio de Puerto Rico desde el año 1967 como barra restaurante y salón de actividades para servir comida de todas clases.

  8. El 30 de noviembre de 2000 los señores Berio y Vargas vendieron el local al Sr. Atilano Padua Plaza.

  9. En febrero de 2001 el Sr. Ramírez mudó su negocio a otra estructura a varios pies de distancia del local original, propiedad ahora del Sr. Atilano Padua Plaza, bajo el nombre de “Restaurant Star Light”.

  10. En diciembre de 2001 el Sr. José Rivera Plaza comenzó a operar un restaurante en el local que adquirió el Sr. Atilano Padua Plaza de los señores Berio y Vargas, también bajo el nombre de “Restaurant Star Light”.

  11. El 17 de enero de 2001 la directora del Registro de Marcas y Nombres Comerciales expidió una copia certificada del registro de la marca de servicio “Restaurant Star Light”.

  12. El 17 de mayo de 2004 el Sr. Berio y la Sra. Vargas vendieron la marca Restaurant Star Light al Sr. Rivera Plaza por $15,000.00 y presentaron el documento de traspaso de la referida marca ante el Registro de Marcas y...

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