Sentencia de Tribunal Apelativo de 2 de Octubre de 2019, número de resolución KLAN201900737

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201900737
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2019

LEXTA20191002-005 - Popular Auto v. Mazda 65 Inc.; Universal Insurance Company; Marcos Antonio Comas Ramirez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XII

POPULAR AUTO, LLC
Demandante-Apelado
Vs.
MAZDA 65 INC.; UNIVERSAL INSURANCE COMPANY; MARCOS ANTONIO COMAS RAMÍREZ, DAISY RODRÍGUEZ MELÉNDEZ, SU ESPOSO, FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandado-Apelante
KLAN201900737
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil. Núm. K AC2016-1160 (803) Sobre: INSCRIPCIÓN DE TÍTULO, RECLAMO DE FIANZA, CUMPLIMIENTO ESPECÍFICO DE CONTRATO, INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Méndez Miró.

Hernández Sánchez, Juez ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 2 de octubre de 2019.

Comparece ante nuestra consideración, Universal Insurance Company (en adelante, Universal) y nos solicita que revoquemos la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, el 10 de mayo de 2019. Mediante esta, el foro primario declaró con lugar la Demanda presentada por Popular Auto LLC (en adelante, Popular Auto) sobre inscripción de título, reclamo de fianza, cumplimiento específico de contrato, cobro de dinero e incumplimiento de contrato.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, desestimamos el recurso por falta de jurisdicción.

I

Los hechos relevantes a esta controversia comenzaron el 7 de enero de 2014, cuando Daisy Rodríguez Meléndez (en adelante, recurrida o Rodríguez Meléndez) adquirió un vehículo de motor en Mazda Inc. (en adelante, Mazda) que fue financiado por Popular Auto. Para formalizar este negocio, Rodríguez Meléndez y Mazda otorgaron un contrato de compraventa por la cantidad de $32,069.50.

Transcurrido el tiempo, el 23 de noviembre de 2016, Popular Auto presentó la Demanda que dio lugar a este recurso contra Mazda, Rodríguez Meléndez, Marcos Antonio Comas Ramírez (en adelante, Comas Ramírez) y Universal (en adelante, conjuntamente, los recurridos).[1] En esta, solicitó que se determinara que el titular del vehículo es Popular Auto, y que se ordenara el traspaso de la titularidad del vehículo a favor de Popular Auto. Además, solicitó que se ordenara al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a inscribir la titularidad y el gravamen sobre el vehículo y se ordenara a Rodríguez Meléndez, su esposo y la Sociedad legal de gananciales compuesta por ambos, a pagar la cantidad restante del financiamiento del vehículo ($26,530.17). De otra parte, solicitó que se condenara a Mazda y Universal al pago de $32,069.50 o se ordenara la venta del vehículo en subasta pública. Así también solicitó que se condenara a los codemandados al pago de costas, gastos y honorarios de abogado.

El 10 de enero de 2017, Comas Ramírez presentó su Contestación a la demanda y solicitó que se desestimara la demanda en su contra.[2] Más tarde, presentó una Contestación a la demanda enmendada y solicitó que se declarara sin lugar la demanda y se impusiera costas, gastos y honorarios de abogado.[3] De otra parte, el 5 de mayo de 2017, Popular Auto presentó una Moción en la que solicitó que se anotara rebeldía a Mazda.[4] De la misma forma, solicitó que se anotara rebeldía contra Rodríguez Meléndez y se dictara sentencia parcial contra esta, condenándola a pagar la suma de $29,530.17.[5] El 11 de mayo de 2017, se anotó la rebeldía a Mazda y a Rodríguez Meléndez. Además, y el 23 de mayo de 2017, se dictó una Sentencia Parcial desestimando sin perjuicio la demanda contra la pareja de Rodríguez Meléndez y la Sociedad legal de gananciales codemandada, por no existir un matrimonio entre ellos.

Así las cosas, el 7 de junio de 2017, se celebró la Conferencia Inicial en la que se discutió que Rodríguez Meléndez era la esposa del dueño de Mazda y que desconocía el paradero del vehículo en controversia.

Por su parte, Comas Ramírez, detalló que adquirió el vehículo por medio de un pago en efectivo, por lo cual tenía posesión de este. Al respecto, Comas Ramírez declaró que tuvo problemas para obtener la licencia y título de propiedad del vehículo, por lo cual tuvo que acudir al Departamento de Asuntos del Consumidor, quien terminó ordenando la entrega de dichos documentos.

El 6 de julio de 2017, Popular Auto presentó una Moción de sentencia sumaria parcial[6] y solicitó:

… que se determine que Popular Auto es titular de buena fe conforme a la doctrina de prescripción adquisitiva; que Mazda incumplió su contrato con Popular Auto al no haberle entregado un título sobre el vehículo libre de gravámenes que pudiese ser inscrito, que la fianza de Universal responde por dicho incumplimiento; y que se le concedan las costas, gastos y honorarios de abogado a su favor.[7]

Esta moción se dio por sometida sin oposición, luego que las partes no comparecieran en el término concedido para ello. Seguidamente, Universal presentó una Moción de desestimación que, al no cumplir con los requisitos de la Regla 36.3 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, ni exponer fundamentos al amparo de la Regla 10.2 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, se acogió como una oposición a la sentencia sumaria, presentada a destiempo.[8]

Así las cosas, el...

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