Sentencia de Tribunal Apelativo de 2 de Octubre de 2019, número de resolución KLAN201900835
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201900835 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 2 de Octubre de 2019 |
| | APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Civil Núm.: K DP2016-0334 Sobre: Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Juez Surén Fuentes y el Juez Torres Ramírez
Surén Fuentes, Juez Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 2 de octubre de 2019.
Para disponer del presente recurso, prescindiremos de la comparecencia de la parte apelada, Plaza las Américas I, S.C. (Plaza las Américas o apelado), según nos faculta la Regla 7 del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 7. Por ser innecesario para disponer de la presente controversia, omitiremos los hechos fácticos del caso y nos limitaremos a exponer el tracto procesal.[1]
El 26 de junio de 2019, la parte apelante, la Sra.
Mayra Teresa Llavona Rivera (Sra. Llavona o apelante) presentó ante este Tribunal el recurso de apelación de epígrafe. Solicitó la revisión de la Sentencia Sumaria dictada el 18 de junio de 2019 y notificada el 26 del mismo mes y año, por el Tribunal de Primera Instancia (TPI). Por medio del dictamen apelado, el foro primario declaró Ha Lugar la Sentencia Sumaria presentada por Plaza Las Américas. Como resultado, se desestimó la acción de daños y perjuicios interpuesta por la apelante.
Conforme al trato procesal de este caso, el 31 de julio de 2019 mediante Comparecencia Especial, el Comisionado de Seguros presentó ante este Tribunal Moción Urgente sobre Comparecencia Especial en cuanto a la Paralización de los Procedimientos Debido a Proceso de Rehabilitación de Integrand Assurance Company. Señaló que Integrand Assurance Company (Integrand), quien había estado proveyendo la defensa de Plaza Las Américas, se encontraba en un proceso de rehabilitación, por lo que solicitaba que se paralizaran los procedimientos. Señaló que el 31 de mayo de 2019, el TPI había emitido Orden de Rehabilitación contra Intergrand, al amparo del Capítulo 40 del Código de Seguros, 26 LPRA, sec.4001.[2]
El 31 de julio este Tribunal emitió Resolución en la que otorgó un término de 10 días a las partes para que presentaran su posición.
El 9 de agosto de 2019 la Sra. Llavona presentó Moción en Solicitud de Prórroga. El 15 de agosto de 2019, el apelado presentó Moción en Cumplimiento de Orden solicitando que se paralizaran los procedimientos.
Finalmente, el 20 de agosto de 2019 la Sra. Llavona presentó Moción en cumplimiento de Orden en la que solicitó que continuaran los procedimientos, toda vez que el apelado contaba con otra compañía aseguradora, por lo podían sufragar los gastos de la tramitación del pleito.
El 26 de agosto de 2019 este tribunal emitió
Resolución, en la que dispuso lo siguiente:
Atendida la Moción Urgente sobre Comparecencia Especial en Cuanto a la Paralización de los Procedimientos Debido a Proceso de rehabilitación de Intergrand Assurance Company presentada por el Comisionado de Seguros, resolvemos: véase Sentencia de Desestimación Parcial del 5 de abril de 2018, notificada el 17 de abril de 2018.
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