Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Octubre de 2019, número de resolución KLRA201900423

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900423
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2019

LEXTA20191017-020 - Cesar Madera Santos P/c Maria Del C. Bernard Alicea v. Empresas De Autos Carlos Padilla Dba Car Store

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

CÉSAR MADERA SANTOS P/C MARÍA DEL C. BERNARD ALICEA
Recurrido
v.
EMPRESAS DE AUTOS CARLOS PADILLA DBA CAR STORE, INC.; RELIABLE FINANCIAL SERVICES INC., LT AUTOS LLC D/B/A TOYOTA MONUMENTAL TOYOTA DE PUERTO RICO
Recurrente
KLRA201900423
Revisión Judicial procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Caso Núm.: PON-2017-0000384 Sobre: Compraventa de Vehículo de Motor

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Martí, el Juez Ramos Torres y la Jueza Rivera Marchand.

Ramos Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 17 de octubre de 2019.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones Empresas de Autos Carlos Padilla d/b/a Car Store, Inc. (en adelante, Car Store o recurrente) mediante el presente recurso de revisión judicial. Nos solicita la revocación de la Resolución emitida el 7 de junio de 2019 y archivada en autos el 12 de junio de 2019 por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo).

Mediante el referido dictamen, el DACo declaró con lugar la querella instada por el señor Cesar Madera Santos (en adelante, señor Madera) y la señora María del C. Bernard Alicea (en adelante, señora Bernard, en conjunto los recurridos).

Tras examinar los escritos de las partes comparecientes, se confirma la aludida Resolución. A continuación, reseñamos el trámite administrativo que culminó con la determinación recurrida.

I

El 1 de agosto de 2017, los recurridos presentaron una querella ante el DACo contra Car Store y otros. En la misma, indicaron que, el 26 de octubre de 2015, el señor Madera compró en Car Store un vehículo usado marca Toyota Corolla de 2014. Alegaron que poco tiempo después de haberlo comprado la unidad presentó problemas en encender, por lo que se llevó a servicio en dos ocasiones, pero siguió con el mismo problema. En consecuencia, solicitaron que Car Store arreglara la unidad o de lo contrario entregarían la misma[1].

Posterior a ello, el DACo inspeccionó el vehículo en tres ocasiones.

En la primera inspección, llevada a cabo el 6 de febrero de 2017, el DACo informó que la unidad presentó problemas encendiendo y le tuvieron que hacer varias pruebas para poder diagnosticar el problema[2]. En la segunda inspección, el vehículo volvió a presentar problemas para encender, además se encontró que la unidad había sido chocada anterior a la compra de dicho vehículo[3]. En la tercera y última inspección, el vehículo no encendía y se volvió a observar que la unidad había sido impactada en el área del soporte superior al radiador[4].

Así las cosas, el DACo celebró una vista administrativa, el 30 de enero de 2019. A la misma, comparecieron los recurridos, el recurrente y otros[5]. Una vez celebrada la vista, el DACo emitió una resolución en la cual determinó probados los siguientes hechos:[6]

1. La parte querellante, Sr. Cesar Madera Santos, residente en Ponce, es titular del vehículo Toyota Corolla 2014 tablilla IOO-051 que se compró en Car Store Inc. (orden de compra expone JF Motor) y autorizó a la señora María Bernard a realizar toda clase de gestión ante DACO.

2. La Sra. María del C[.] Bernard es quien posee, utiliza el vehículo y realiza los pagos mensuales. Ambos fueron al dealer porque la Sra. María Del C[.] Bernard estaba interesada en comprar un vehículo.

3. En el dealer vieron el vehículo objeto de la presente querella, el Sr. Cesar Madera vio el Toyota Corolla 2014 en buena condición; al sacarlo del dealer funcionó bien. (conforme a orden de compra: 18,180 millas).

El empleado del dealer guió el vehículo, distancia corta a modo de prueba y le acompañaron el Sr. Cesar Madera y la Sra. María del C[.]

Bernard quienes decidieron comprar el vehículo.

4. Al par de meses, declara el Sr. Cesar Madera, su cuñada María Del C[.] Bernard le informa que vehículo se le apagó corriendo y de ahí en adelante se estuvo llevando al dealer para la garantía.

5. El Sr. Cesar Madera declaró que nunca le dieron documento que especificara la condición del carro, no le mostraron el baúl ni el motor solo le dieron una vueltita y pasaron a la Oficina, hicieron la papelería y allí mismo firmó la compraventa, el financiamiento, los documentos.

6. El Sr. Cesar Madera es cuñado de la Sra. María Del Carmen Bernard Alicea. Ambas partes figuran como partes querellantes y comparecieron a la vista administrativa representados por abogados.

7. La Sra. María Del Carmen Bernard es ama de casa y reside en el pueblo de Adjuntas, fue con su Cuñado Cesar Madera a Car Store, chequearon por encima el carro, le gustó y lo compran a nombre de su cuñado por tener esta dificultad con su crédito.

8. En la vista administrativa, la parte querellante desistió de su reclamo en cuanto a Toyota de Puerto Rico.

9. LT Autos LLC h/n/c Toyota Monumental figuró como concesionario que brindó servicio de reparación.

10. Empresas de Auto Carlos Padilla que hace negocios como Car Store INC., es dealer vendedor.

11. Conforme a Orden de Compra del 28 de octubre de 2015 a nombre de Cesar Madera Santos se expone:

Precio unidad: $17, 495.00 – Crédito $1,000.00 Balance a financiar: $16,495.00

Marca: Toyota Corolla Año 2014 Tablilla: IOO-051

Millaje: 18,180

Financiadora, Reliable

1 Pago: $520.87

71 Pago: $346.00

12. En Contrato de Ventas al Por Menor a Plazos, 28 de octubre de 2015 a nombre de César Madera Santos expone:

Precio de venta: $17,495.00. Crédito $1,000. Cantidades por Licencia-inscripción $147.50. Seguros y productos: $2,854.00 (doble interés y $456.00 por seguro de protección GAP). Balance a financiar: $16,495.00.

Cantidad Financiada $19,496.50. Precio de Venta Total: $26,086.87 Plazos: 1 Pago: $520.87 71 Pago: $346.00.

13. En conduce de entrega con impreso EMPRESAS DE AUTOS CARLOS PADILLA DBA CAR STORE INC., número 15027 el 26 de octubre de 2015 firmado por y a nombre de María del C[.] Bernard se hace constar la entrega del Toyota Corolla 2014 tablilla IOO-051.

14. LT Autos LLC presentó Contestación a Querella y expone que: (i) querellante acude por primera vez para servicio el 5 de marzo de 2016 siendo la queja fallo al encender, luz de check engine encendida. Se realizó reemplazo de batería y cilindro en garantía fabricante. (ii) Regresa el 7 de marzo de 2016 y en diagnóstico se encuentra fallo en cilindro #4 y problemas con la computadora de motor. Presentó características de que fue impactada, con áreas soldadas y dobladas con moho en la parte delantera. Se orientó al cliente en la condición de la unidad. (iii) Regresa el 10 de marzo de 2016 al 11 de marzo de 2016 (invoice # 17841) con luz de check engine encendida nuevamente. Se reemplazó el engine control module, causa EMC con circuito abierto.

Trabajo en garantía. (iv) Regresa del 14 de marzo al 14 de abril de 2016 (invoice # 17785) con luz check engine nuevamente encendida. Prende al tercer intento en la mañana. Se encontró un problema [con el] Fuel...

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