Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Octubre de 2019, número de resolución KLRA201900515

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900515
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2019

LEXTA20191030-013 - Jose I. Medina Gonzalez v.

Departamento De Correccion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

JOSÉ I. MEDINA GONZÁLEZ
RECURRENTE
V.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
RECURRIDO
KLRA201900515 Revisión Administrativa Caso Adm.: ICG-487-2019 Sobre: Revisión Judicial

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Jueza Soroeta Kodesh y el Juez Sánchez Ramos

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de octubre de 2019.

Comparece por derecho propio, en forma pauperis, Jorge I. Medina González [en adelante, Medina González o recurrente], quien se encuentra confinado bajo la custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación en la Institución Guerrero en Aguadilla.

Nos solicita que revisemos la Resolución emitida el 30 de julio de 2019, por la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación [en adelante, División de Remedios]. Mediante dicha Resolución, se determinó que pertenece al Grupo C, del Acuerdo de Transacción en el caso Morales Feliciano v. Gobernador, cuyo beneficio de descuento en la Comisaría es de 15% por un año.

Por los fundamentos que exponemos, REVOCAMOS el dictamen recurrido.

TRASFONDO PROCESAL Y FÁCTICO

El 20 de mayo de 2019 el recurrente presentó ante la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación, la Solicitud de Remedio Administrativo Núm. ICG487-2019. Reclamó el quince por ciento (15%) de descuento en las compras en la comisaría por el término de cinco (5) años. Alegó que su número de cuenta es 86982, que ubica en la clasificación del Grupo “B”, por haber estado confinado entre el año 1988 y 1994. Sostuvo que su primer ingreso fue en Oso Blanco en Río Piedras y también en la 352 para el año 1990.

El 17 de junio de 2019 el Programa de Remedios Administrativos contestó que el “reclamo del 15% del descuento en compras se le ha escrito a la Sra. Janet Rivera Rosado, Jefa de Negociado de Inst.

Correccionales y Damaris Rosa, Directora de las tiendas de comisaría y no he tenido respuesta alguna.”

El 26 de junio de 2019, Medina González solicitó reconsideración. Alegó que nunca recibió el beneficio del 15% en la comisaría. Reiteró su petición de ajuste de Grupo B, que concede un beneficio de cinco (5) años, en su número de cuenta 86982. La División de Remedios acogió la petición de reconsideración y el 30 de julio corriente, emitió la Respuesta en Reconsideración que revisamos. El coordinador regional determinó que,

el descuento del beneficio del 15% en las compras en artículos de Comisaría procede, pero no por el tiempo de cinco (5) años, sino por el período de un (1) año conforme la certificación emitida por el Sr. Alejandro Colón López, Jefe de la División de Documentos. El tiempo servido en prisión fue de 3 años, 3 meses y 16 días, esto según la relación de ingresos y...

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