Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Noviembre de 2019, número de resolución KLRA201900345

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900345
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2019

LEXTA20191108-007 - Integrate Community Health System v.

Departamento De Salud Agencia

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

INTEGRATE COMMUNITY HEALTH SYSTEM, INC. H/N/C CENTRO DE CIRUGÍA AMBULATORIA METRO PAVÍA
Recurrida
v.
DEPARTAMENTO DE SALUD
Agencia Recurrida
v.
AGUADILLA MEDICAL SERVICES, INC.
Recurrente
INTEGRATE COMMUNITY HEALTH SYSTEM, INC. H/N/C CENTRO DE CIRUGÍA AMBULATORIA METRO PAVÍA
Recurrida
v.
HOSPITAL SAN CARLOS, INC.
Recurrente
AGUADILLA MEDICAL SERVICES, INC. Y HOSPITAL SAMARITANO
Recurrida
KLRA201900345
Consolidado
KLRA201900348
REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Salud Caso Núm.: 18-12-004(RM) Sobre: Solicitud de Certificado de Necesidad y Conveniencia para Establecer un Centro de Cirugía Ambulatoria de Tres (3) Salas en la Subregión de Aguadilla REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Salud Caso Núm.: 18-12-004(RM) Sobre: Solicitud de Certificado de Necesidad y Conveniencia para Establecer un Centro de Cirugía Ambulatoria de Tres (3) Salas en la Subregión de Aguadilla

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, el Juez Ramos Torres y el Juez Bonilla Ortiz.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de noviembre de 2019.

Las partes recurrentes, Aguadilla Medical Services, Inc. y el Hospital San Carlos Inc., solicitan la revisión de la Resolución emitida el 8 de abril de 2019 y notificada por correo el 10 de abril de 2019, por la Secretaría Auxiliar para Reglamentación y Acreditación de Facilidades de Salud del Departamento de Salud. Mediante dicha Resolución, el Secretario de Salud otorgó a Integrate Community Health System, Inc. un Certificado de Necesidad y Conveniencia para establecer un centro de cirugía ambulatoria de tres (3) salas — Centro de Cirugía Ambulatoria Metro Pavía Clinic Aguadilla — a ubicarse en las inmediaciones de Metro Pavía Clinic Aguadilla, Carretera 107 del Barrio Camaseyes, Km. 06 del municipio de Aguadilla.

Luego de examinar los escritos de las partes comparecientes, los documentos que obran en los apéndices y la transcripción de la vista celebrada, procedemos a resolver.

I

El 30 de enero de 2018, Integrate Community Health System, Inc. presentó ante la Secretaría Auxiliar para la Reglamentación y Acreditación de Facilidades de Salud (SARAFS) una Solicitud para Certificado de Necesidad y Conveniencia (CNC) con el propósito de establecer un centro de cirugía ambulatoria de tres (3) salas —

Centro de Cirugía Ambulatoria Metro Pavía Clinic Aguadilla — a ubicarse en las inmediaciones de Metro Pavía Clinic Aguadilla, Carretera 107 del Barrio Camaseyes, Km. 06 del municipio de Aguadilla.

Entre otros documentos, la solicitud estuvo acompañada de un Estudio de Viabilidad Económica preparado por el perito CPA José A. Silva.

Tras la publicación en el periódico del anuncio general sobre la solicitud, así como la notificación por correo a las partes afectadas dentro de la milla radial del área de servicio propuesta, las siguientes entidades notificaron a SARAFS su interés en participar como opositores: Aguadilla Medical Services, Inc., Hospital San Carlos, Inc. y Hospital Buen Samaritano. A este último, Hospital Buen Samaritano, se le permitió participar como persona con derecho a ser oída, por no haber presentado su escrito en oposición dentro del término reglamentario.

La vista se celebró los días 18 al 21 de junio de 2018. La parte proponente presentó los testimonios de la licenciada María Teresa Rosa Ortiz (Directora Ejecutiva de Metro Pavía Clinic Arecibo, Metro Pavía Clinic Aguadilla y el Centro de Cirugía Ambulatorio de Arecibo)[1], la señora Elizabeth Márquez Rodríguez (vicepresidenta de Recursos Humanos de Metro Pavía Clinic)[2], el ingeniero Jorge Enrique Pérez Ruiz (quien se desempeña como tal para Metro Pavía)[3], el señor Juanchiélix Santiago Rivera (administrador de Metro Pavía Clinic de Arecibo y Aguadilla)[4], el licenciado Eduardo Artau Gómez (accionista principal y presidente de la proponente, Integrate Community Health System, Inc.)[5] y el perito CPA José A. Silva[6]

(quien preparó el Estudio de Viabilidad Económica para la propuesta).

El opositor Hospital San Carlos, Inc., presentó los testimonios de la licenciada Rosaida Crespo Cordero (Directora Ejecutiva del Hospital San Carlos)[7] y el señor Henry Rivera Besa[8] (oficial de finanzas del Hospital Buen Samaritano). Por su parte, Aguadilla Medical Services, Inc. presentó los testimonios periciales del ingeniero Alberto M. Figueroa Medina[9]

y el doctor Jaime Del Valle Caballero[10] (quien evaluó el informe del CPA José A. Silva y emitió su propio informe).

El 5 de abril de 2019, el Oficial Examinador emitió su Informe. En particular, resolvió que la propuesta cumplía con los requisitos generales de necesidad y conveniencia, por lo que recomendó que el Departamento de Salud expidiera a favor de Integrate Community Health System, Inc. el CNC solicitado. Esencialmente, determinó que la prueba pericial de la parte proponente había demostrado que en la subregión de Aguadilla[11] existía una demanda insatisfecha que justificaba el establecimiento de las tres (3) salas de cirugía ambulatoria propuestas, aun tomando en cuenta las salas utilizadas para cirugías ambulatorias en los hospitales San Carlos, Inc. y Buen Samaritano. Igualmente, señaló que la prueba pericial de la parte proponente había establecido que la propuesta sería de beneficio para la población de pacientes de la subregión, que actualmente no contaban con una oferta suficiente y eficiente, como la que se ofrecen en centros especializados.

A su vez, el Oficial Examinador concluyó que la propuesta cumplía con los criterios particulares establecidos para el establecimiento de centros de cirugía ambulatoria.

En cuanto a la solicitud de desestimación instada por Aguadilla Medical Services, Inc., fundamentada en la falta de notificación de la propuesta una presunta parte afectada — Centro de Cirugía Ambulatoria de San Sebastián — el Oficial Examinador dedujo que el 27 de octubre de 2015 se le había autorizado a dicho centro un cierre temporero de doce (12) meses (CNC15-139), y que al no haberse anunciado la reapertura dentro del referido término, o solicitado la extensión del cierre temporero, se activaba la presunción de que el cierre era permanente. Por consiguiente, denegó la solicitud de desestimación.

Acogida la recomendación del Oficial Examinador, a tenor con lo contenido en el referido Informe, el Secretario del Departamento de Salud emitió la Resolución recurrida el 8 de abril de 2019, y otorgó el CNC solicitado por Integrate Community Health System, Inc.

El 30 de abril de 2019, el Hospital San Carlos, Inc. solicitó la reconsideración del dictamen. Dicha solicitud fue denegada por el Secretario de Salud mediante Orden dictada el 8 de mayo de 2019 y notificada el 9 de mayo de 2019.

Así, el 10 de junio de 2019, Aguadilla Medical Services, Inc. y el Hospital San Carlos, Inc.

presentaron sus respectivos recursos, en los que formularon los siguientes señalamientos de error:

Aguadilla Medical Services, Inc. (KLRA20190345):

Erró el Secretario de Salud al no desestimar la propuesta al no haber sido notificada la misma a una parte afectada de conformidad con lo dispuesto en su reglamentación aplicable.

Erró el Secretario de Salud al conceder el certificado de necesidad y conveniencia basado en una prueba pericial a la cual no le debió haber brindado credibilidad.

Hospital San Carlos, Inc. (KLRA20190348):

Erró el Secretario de Salud al abusar de su discreción para otorgar en CNC solicitado en contravención de la prueba presentada.

Erró el Secretario de Salud al otorgar el CNC solicitado sin que se notificara a una parte afectada.

El Hospital San Carlos, Inc. acompañó su recurso con la transcripción de la prueba oral.

Mediante Resolución emitida por este Foro el 18 de junio de 2019, se ordenó la consolidación de los recursos de revisión judicial KLRA20190345 y KLRA20190348, por procurar la revisión de la misma determinación, emitida el 8 de abril de 2019, por el Secretario de Salud. De tal manera, se informó que el apéndice del recurso KLRA201900348 se uniría al recurso KLRA201900345.

Asimismo, se concedió término a las partes para presentar sus objeciones a la transcripción de la prueba oral ofrecida por el Hospital San Carlos, Inc.

El 10 de julio de 2019, la parte recurrida, Integrate Community Health System, Inc. presentó su Oposición a recurso de revisión judicial.[12]

En igual fecha, instó una Moción de desestimación por falta de jurisdicción. En síntesis, razonó que procedía la desestimación de ambos recursos por dos (2) fundamentos: (1) ausencia de notificación del recurso KLRA20190348 — por haber recibido la portada, el índice legal y de materia, y el apéndice; pero no el escrito de revisión judicial en sí — así como tampoco de la transcripción de la prueba oral, y (2) falta de notificación del apéndice del recurso KLRA20190345, a pesar de la prórroga concedida para ello.

En oposición a la solicitud de desestimación del recurso KLRA20190348, el 29 de julio de 2019, el Hospital San Carlos, Inc. presentó seis (6) recibos de correo certificado, que acreditan la notificación de la presentación del recurso a todas las partes el 10 de junio de 2019, todos en igual precio en el costo del envío. Puesto que la única parte que reclamó no haber recibido copia de la totalidad del recurso, el Hospital San Carlos, Inc.

aseveró que la alegación de Integrate Community Health System, Inc. no era cierta. Además, el Hospital San Carlos, Inc. avisó que, en la fecha de la presentación de la Oposición a desestimación por falta de jurisdicción, estaría notificando a Integrate Community Health System, Inc. copia de la transcripción de la prueba oral de la vista administrativa del caso. También aclaró que las mencionadas transcripciones no eran desconocidas por la parte recurrida, ya que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR