Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Noviembre de 2019, número de resolución KLCE201901103

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201901103
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019

LEXTA20191112-007 - Mcneil Healthcare Llc v. Municipio De Las Piedras; Hon. Miguel A. Lopez Rivera

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL III

mcneil healthcare llc
Recurrida
v.
MUNICIPIO DE LAS PIEDRAS; HON. MIGUEL A. LÓPEZ RIVERA, ALCALDE DE LAS PIEDRAS, EN SU CARÁCTER OFICIAL; Y CATHY NEGRÓN HERNÁNDEZ, DIRECTORA DE FINANZAS, EN SU CARÁCTER OFICIAL
Peticionaria
KLCE201901103
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao Civil Núm.: HSCI201600701 Sobre: Deficiencia de patentes municipales.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.

Jiménez Velázquez, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de noviembre de 2019.

El Municipio de Las Piedras (Municipio) presentó ante nosotros un recurso de certiorari el 15 de agosto de 2019. En este, cuestionó dos órdenes emitidas el 24 de abril y notificadas el 26 de abril de 2019, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao. Mediante los referidos dictámenes el foro primario denegó una moción de redeterminación de deficiencia y se dio por enterado en cuanto a una solicitud de contestación enmendada a la demanda, ambas presentadas por el Municipio.

A continuación, reseñamos el trámite procesal que culminó con el dictamen recurrido. Veamos.

I

El 27 de junio de 2016, el Municipio expidió a McNeil Healthcare LLC (McNeil) notificaciones finales de deficiencia para los años 2014-2015 y 2015-2016[1]. Según surge del expediente, las deficiencias se basaban en que McNeil: (1) no tenía derecho a la tasa reducida de 0.25% en patentes municipales para el año fiscal 2015-2016; y (2) McNeil había excluido indebidamente ingresos de su volumen de negocios, específicamente una partida clasificada en ingreso bruto (revenues) como Reimbursed Cost from Affiliate.

Posteriormente, McNeil instó una demanda en la que impugnó las notificaciones cursadas por el Municipio. En síntesis, señaló que las presuntas deficiencias son inválidas e improcedentes. Añadió que las cantidades señaladas no constituyen volumen de negocio tributable para efectos de las patentes municipales. En consecuencia, solicitó que fueran canceladas las deficiencias notificadas por concepto de patentes municipales. Además, requirió el pago de costas, gastos y desembolsos incurridos en la tramitación del litigio.[2]

En lo pertinente a la controversia que nos ocupa, el 15 de marzo de 2018, McNeil presentó Solicitud de Enmienda a las Alegaciones y una Demanda Enmendada. En ella, eliminó la causa de acción mediante la cual alegaba que tenía derecho a una tasa reducida de patentes municipales al amparo de un Decreto Municipal. El 27 de marzo de 2018, el Municipio presentó su oposición a la solicitud de McNeil.[3]

Luego de varios incidentes procesales, el 27 de febrero de 2019, el Municipio presentó una Solicitud de Redeterminación del Monto de la Deficiencia a tenor con las disposiciones de la sección 16e de la Ley de Patentes Municipales y la Enmienda a las Alegaciones. En ella, señaló que procedían deficiencias adicionales y que McNeil había excluido deliberadamente ingresos de su volumen de negocios. Sostuvo que, toda vez que el ingreso por concepto de Reimbursed of costs from Affiliates constituye ingreso ordinario y que no goza de exención alguna, procedía que el foro primario: (1) redeterminara el monto de la deficiencia notificada por el Municipio para los periodos 2014-2015 y 2015-2016, para incluir deficiencias adicionales; y (2) se añadieran a las deficiencias notificadas la penalidad por fraude dispuesta en la Sec. 24(b) de la Ley de Patentes Municipales[4]. A su vez, Municipio también solicitó que se le autorizara a presentar una contestación enmendada a la demanda.

El 19 de marzo de 2019, McNeil presentó una Oposición a la Solicitud de Redeterminación de Deficiencia y a Enmienda a las alegaciones y Solicitud de Orden al Municipio para que devuelva fianza prestada bajo protesta. Sobre la solicitud de enmienda a las alegaciones, alegó que el Municipio había renunciado a la defensa afirmativa de fraude y que su solicitud era tardía. Con respecto a la...

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