Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Noviembre de 2019, número de resolución KLAN201601172

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201601172
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2019

LEXTA20191115-001 - Hba Contractors v. Autoridad De Edificios Publicos

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN-CAGUAS

Panel Especial

HBA CONTRACTORS, INC.
Apelado
v.
AUTORIDAD DE EDIFICIOS PÚBLICOS
Apelante
KLAN201601172
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de San Juan Caso Núm. K AC2010-0125 Sobre: Incumplimiento de Contrato, Daños y Cobro

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Adames Soto[1]

Adames Soto, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de noviembre de 2019.

Comparece ante nosotros la Autoridad de Edificios Públicos (apelante o AEP), solicitando que modifiquemos una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI), del 19 de julio de 2016, notificada el 20 del mismo mes y año.

Sin embargo, previo a la consideración de los méritos de los planteamientos efectuados, nos resulta necesario atender una moción presentada por la apelante en la que sostiene que procede la paralización automática de los procedimientos seguidos ante nosotros por causa de haberse acogido al proceso de quiebras concebido en el Título III de la legislación federal conocida como PROMESA, infra.

I. Recuento procesal y fáctico pertinente

El 16 de diciembre de 2002, la AEP y HBA Contractors, Inc. (apelada o HBA) suscribieron el Contrato de Construcción Número C-00016 (2002-2003) con respecto a la construcción de la Escuela Superior Vocacional de San Lorenzo. El proyecto acordado consistió en la construcción de ocho (8) edificios, a terminarse en 913 días, a un costo de $15,926,000.00.

Adjudicada la obra, se emitieron treinta (30) órdenes de cambio debido al rediseño de asuntos mecánicos, eliminación de edificios, relocalización de la cancha, rediseño de sistemas pluviales —incluyendo la descarga de aguas al Río Grande de Loíza—, entre otros. Lo anterior conllevó demoras a la obra.

A raíz de lo anterior, el 15 de enero de 2010, HBA presentó una demanda en contra de la AEP por incumplimiento de contrato, daños, perjuicios y cobro de dinero. Luego de que la AEP contestó la demanda, mediante Orden de 7 de diciembre de 2011, el TPI designó Comisionado Especial al Lcdo. Jorge P.

Sala.

Así las cosas, el 16 de septiembre de 2013, la AEP presentó una solicitud de sentencia sumaria parcial a la cual se opuso HBA. El Comisionado Especial dejó pendiente tales mociones y celebró vista en su fondo en dieciséis (16) fechas durante el año 2014.

El 12 de febrero de 2016, el Comisionado Especial rindió su Informe mediante el cual denegó la solicitud de sentencia sumaria de la AEP. Concedió a HBA: $237,600 por los gastos de remoción de material inestable y la importación de material de mejor calidad; $329,131 por el número de días extendidos compensables como gastos operacionales; $44,643 por los costos incurridos por HBA entre la fecha de terminación sustancial y la entrega del proyecto; $213,357 por concepto del incremento en costos operacionales de la Oficina Central debido a las demoras atribuibles a AEP; $28,939 por los gastos en el campo desde la terminación sustancial hasta la entrega final; $83,477 como compensación adicional por mantenimiento de áreas verdes y $163,964 como reclamación de pintura, más su correspondiente beneficio de 15% equivalente a $41,977 aplicable...

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