Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Noviembre de 2019, número de resolución KLCE201901567

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201901567
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2019

LEXTA20191126-002 - John William Kapon v. Dasha Alexander

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

ORDEN ADMINISTRATIVA TA-2019-234

JOHN WILLIAM KAPON
RECURRIDO
V.
DASHA ALEXANDER
PETICIONARIA
KLCE201901567 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caso Número: SJ2019RF01061 Sobre: Custodia, Relaciones Paterno/Materno Filiales

Panel Especial integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, el Juez Bonilla Ortiz y el Juez Cancio Bigas

Colom García, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 26 de noviembre de 2019.

La Sra. Dasha Alexander recurre ante nosotros en Certiorari, solicita la revisión y revocación de una orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan en el día de ayer. Mediante la misma, señaló una vista urgente para evaluar y autorizar un viaje de los menores con su padre, en ocasión del fin de semana de Acción de Gracias.

Según surge del expediente, el presente caso inició el 21 de octubre de 2019 con la presentación de una demanda sobre custodia y relaciones filiales por parte del recurrido, padre de los menores, contra la peticionaria. Con posterioridad, el recurrido presentó un escrito con el propósito de realizar un viaje con los menores a New York, los días 21 al 24 de noviembre de 2019. Así las cosas, mediante orden emitida el 14 de noviembre de 2019, el TPI autorizó el viaje.

En desacuerdo, la peticionaria solicitó auxilio a este Tribunal, donde argumentó su oposición al referido viaje. El 20 de noviembre de 2019, un panel de este Tribunal dejó sin efecto la autorización para el viaje y ordenó la celebración de una vista evidenciaria en o antes del 22 de noviembre de 2019, en la que se determinara si el bienestar y seguridad de los menores se encontraban debidamente protegidos antes de autorizar el viaje a New York.

La vi|sta ordenada por este Tribunal no se celebró, por lo que el viaje tampoco. Ante ello, la peticionaria anunció al TPI que el mismo 20 de noviembre de 2019, antes de conocer la determinación de este tribunal, se había expedido una orden de protección entre las partes, vigente del 20 de noviembre al 19 de diciembre de 2019. El recurrido se allanó a la orden de protección, en la que no se alegó actuación violenta de su parte. Nos llama sobremanera la atención, que en ella el Tribunal Municipal interviene en la controversia de custodia, cuando la misma está...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR