Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Noviembre de 2019, número de resolución KLAN201900866

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201900866
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2019

LEXTA20191127-006 - PR Telephone Company v. Municipio Autonomo De Salinas Y Su Alcaldesa Hon.

Karilyn Bonilla Colon

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

Puerto Rico Telephone Company, INC
Apelante
v.
Municipio Autónomo de Salinas y su alcaldesa Hon. Karilyn Bonilla Colón
Apelada
KLAN201900866
APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Salinas Civil Núm.: G4CI201800022 Sobre: Sentencia Declaratoria

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Juez Surén Fuentes y el Juez Torres Ramírez

Surén Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de noviembre de 2019.

I.

Comparece la Puerto Rico Telephone Comany, Inc. (en adelante, “PRTC” o “parte apelante”), solicitando que revoquemos una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, “TPI”), Sala de Salinas, el 17 de junio de 2019. Dicha Sentencia desestimó sin perjuicio su Demanda en Solicitud de Sentencia Declaratoria, la cual buscaba impugnar una Ordenanza del Municipio de Salinas. El TPI resolvió que PRTC carecía de legitimación activa al no haber establecido un daño concreto y particular.

El 15 de agosto de 2019, emitimos una Resolución instruyendo a la parte apelada, el Municipio Autónomo de Salinas y su alcaldesa, Hon. Karilyn Bonilla Colón, a someter su alegato. El 6 de septiembre de 2019, la parte apelada presentó su Alegato.

Contando con la comparecencia de las partes, procedemos a reseñar los hechos esenciales a la apelación presentada.

II.

El 24 de agosto de 2017, la Legislatura Municipal de Salinas aprobó la Ordenanza número 6, Serie 2017-2018 para regular la instalación y/o construcción de antenas de telecomunicaciones en los límites territoriales del Municipio Autónomo de Salinas. Posteriormente, el 28 de agosto la alcaldesa del Municipio de Salinas, Karilyn Bonilla Colón, firmó dicha Ordenanza. No fue hasta el 10 de enero que se le dio publicidad a la Ordenanza en el periódico Primera Hora mediante un Aviso de Aprobación de Ordenanza.

Dados estos hechos, el 29 de enero de 2018, la Puerto Rico Telephone Company presentó una Demanda en Solicitud de Sentencia Declaratoria para impugnar la Ordenanza núm. 6, solicitando que se declarara nula e ilegal. Sostuvo que la Ordenanza en cuestión era contraria a las disposiciones de la Ley Núm. 89 de junio de 2000, conocida como la Ley sobre la Construcción, Instalación y Ubicación de torres de Telecomunicaciones de Puerto Rico, 27 LPRA §§ 321 et seq. y el Reglamento 7951 de 30 de noviembre de 2010, conocido como el Reglamento Conjunto de Permisos para Obras de Construcción y Usos de Terrenos.

El 23 de mayo de 2018, el Municipio de Salinas contestó la Demanda y alegó que estaba facultado para legislar sobre todo lo que tuviera inherencia dentro de sus límites territoriales en virtud de la Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

El 4 de marzo de 2019, el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, “TPI”) celebró una Vista de Estado de los Procedimientos, en la cual ambas partes estipularon los documentos sobre los cuales no existía controversia. Después de escuchar los argumentos de las partes, el TPI solicitó que ambas presentaran escritos dispositivos y ordenó que la parte apelante sometiera una Moción de Sentencia Sumaria y que, de entenderlo necesario, el Municipio presentara su réplica u oposición.

El 4 de abril de 2019, conforme a lo ordenado, la PRTC presentó una Solicitud de Sentencia Sumaria. En ella, alegó que las secciones 4ta, 5ta, 6ta, 7ma, 9na y 11ma de la Ordenanza Núm. 6 estaban en contravención de las leyes y reglamentos federales y estatales que ocupan el campo de la instalación de torres de telecomunicaciones en Puerto Rico por imponer condiciones más restrictivas y prohibiciones contrarias a dichos estatutos. Las referidas secciones incluyen prohibición de la instalación de torres en distritos residenciales, históricos o turísticos del municipio, dentro de un radio de 100 pies de carreteras municipales, 250 pies de carreteras o paisajes escénicos, 300 metros de una iglesia o institución educativa; entre otros. La ordenanza también dispone la realización de vistas públicas antes de emitir comentarios finales sobre proyectos propuestos y la obligación de realziar un depósito para costear la remoción de torres abandonadas. Se indicó en la Solicitud y por declaración jurada del gerente de Planificación estratégica de PRTC, Carlos Torres Mora, que la parte apelante tenía en curso un proyecto para establecer una estación radio base celular en el sector Vázquez del Municipio de Salinas.

El 28 de mayo de 2019, el Municipio de Salinas sometió su Oposición a la Solicitud de Sentencia Sumaria. El Municipio expresó que no había controversia sobre la prueba presentada por la PRTC, de manera que incorporó la prueba documental presentada por PRTC. La posición esbozada alega que la controversia giraba en torno a la legitimación activa de PRTC para demandar porque, a su entender, la parte apelante no había sufrido un daño claro y palpable. Por lo tanto, argumentó que la controversia no era justiciable.

El 17 de junio de 2019, el TPI dictó Sentencia, notificada el 21 de junio de 2019, y dispuso que el daño invocado por PRTC no era concreto ni particular, sino generalizado y compartido con el resto de la ciudadanía. Cabe destacar que, en su determinación, sobre los daños que sufriría la parte apelante según alegados en la Moción de Sentencia Sumaria, el TPI aseveró que estas alegaciones nunca fueron incluidas en la demanda original ni mediante enmienda. Tales determinaciones impedían que se configurara la legitimación activa que PRTC requiere para promover la Solicitud de Sentencia Declaratoria presentada. Por lo tanto, la demanda no era justiciable. La Sentencia emitida por el TPI declaró no ha lugar la Moción de Sentencia Sumaria, no ha lugar la Demanda en Solicitud de Sentencia Declaratoria, con lugar la Oposición a la Solicitud de Sentencia Sumaria y desestimó sin perjuicio el caso.

Ante esto, el 8 de julio, la PRTC presentó una Moción de...

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