Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Diciembre de 2019, número de resolución KLRA201900582

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900582
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2019

LEXTA20191212-028-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

NELSON RAMOS BRAVO Y/O BLANCA I. HERNÁNDEZ TORRES
RECURRIDO
V.
JUNTA DE DIRECTORES CONDOMINIO EL DORADO CLUB
RECURRENTE
KLRA201900582 Revisión Administrativa Querella Núm.: C-SAN-2019-0004219 Sobre: Condominio (Ley Núm. 104 de 25 de junio de 1958, según enmendada)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Colom García, la Jueza Soroeta Kodesh y el Juez Sánchez Ramos

Colom García, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de diciembre de 2019.

La Junta de Directores del Condominio El Dorado Club [en adelante, Junta de Directores] acude ante nosotros, solicita la revocación de una Resolución Sumaria emitida el 19 de julio de 2019 por el Departamento de Asuntos del Consumidor [en adelante, DACO]. En la misma se declaró Ha Lugar la querella presentada por Nelson Ramos Bravo y/o Blanca I.

Hernández Torres [en adelante, los recurridos].

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la resolución sumaria recurrida.

ANTECEDENTES

Según consta del expediente, el 17 de enero de 2019, los recurridos presentaron una querella ante el DACO contra la Junta de Directores. En la misma, sostuvieron que el 16 de noviembre de 2018 habían solicitado a la Junta de Directores una documentación y la misma les fue denegada mediante carta suscrita por su presidente, el Sr. Abel Carmona. La documentación requerida se relacionaba con: el informe de casos referidos sometido por el Bufete Myriam González Pérez C.P.; citaciones al Condominio El Dorado Club a comparecer a vistas, juicios y casos ante el DACO; copias de querellas, violaciones al reglamento y acciones tomadas; copias del estado mensual de pagos e ingresos del presupuesto de 2018-2019; y copia de la minuta de la asamblea ordinaria de 2017. Como propietarios del apartamento 2304 del Condominio el Dorado Club, alegaron tener derecho a recibir copia de ello.

El 13 de febrero de 2019, la Junta de Directores contestó la querella y expuso que los documentos reclamados eran de un volumen significativo, por lo que le tomaría mucho tiempo localizarlos y fotocopiarlos. Además, arguyó que de conceder lo solicitado, los servicios de administración serían acaparados por los recurridos, dejando a los demás titulares sin esos servicios. De otra parte, adujo que a los recurridos se les dio la alternativa de pagar por servicios adicionales de administración, pero lo rechazaron. Indicó que lo requerido era vago, impreciso y podía catalogarse en un abuso de derecho.

Celebrada la vista administrativa, el 19 de julio de 2019, el DACO dictó Resolución Sumaria, mediante la cual declaró

Ha Lugar la querella. En la misma realizó las siguientes determinaciones de hecho:

  1. El querellante, quien es titular del apartamento 2304 hizo una solicitud de los siguientes documentos para su entrega:

    1. Informes de casos referidos sometido por el Bufete Myriam González Pérez.

    2. Como parte interesada, de toda cita (o) citación a El Dorado Club, su presidente y/o cualquier momento de la junta a vista, juicio en corte y casos ante el Departamento de Asuntos al [sic] Consumidor (DACO).

    3. Copias actualizadas de todas las querellas, violaciones al...

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