Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Diciembre de 2019, número de resolución KLRA201900722

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900722
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2019

LEXTA20191217-050-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

JOSÉ NEGRÓN PADILLA Y OTROS
Recurrente
v.
AUTORIDAD DE CARRETERAS Y TRANSPORTACIÓN
Recurrido
KLRA201900722
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Autoridad de Carreteras y Transportación Caso Núm: 1995-ACT-005 Sobre: Reclamación de Pago de Vacaciones Regulares

Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz

Flores García, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de diciembre de 2019.

I. Introducción

La parte recurrente, un grupo de empleados y ex empleados de la Autoridad de Carreteras y Transportación comparecen a esta segunda instancia judicial mediante un recurso de revisión judicial para impugnar la Resolución emitida por la parte recurrida, la Junta de Apelaciones de la Autoridad de Carreteras y Transportación. Mediante la referida determinación el foro administrativo desestimó y ordenó el cierre y archivo de la reclamación promovida por los recurrentes.

Veamos los méritos de la causa.

II. Relación de Hechos

Según surge de las determinaciones de hechos de la lacónica resolución recurrida, la parte recurrente presentó el 29 de abril de 1997 una reclamación solicitando el pago por ciertos días de vacaciones regulares.

El 28 de marzo de 2019 se celebró una audiencia sobre el estado de los procedimientos en la que se le ordenó al abogado de la parte recurrente informar el estado de los recurrentes que finalmente formarían parte del caso.

El representante legal no proveyó la lista solicitada.

El 9 de mayo de 2019 se clarificó parte de la lista de recurrentes, sin embargo se le concedió un término de veinte (20) días para que terminara de conformar la lista y el trámite de la reclamación. El abogado no proveyó la información en el término solicitado.

El 23 de agosto de 2019 se celebró una tercera vista en la que la parte recurrente no presentó la información solicitada.

El 16 de septiembre de 2019, el foro administrativo emitió una resolución desestimando la reclamación y ordenando el cierre y archivo. En la misma, la Jueza Administrativa sostuvo:

La Parte Apelante ha incumplido en reiteradas ocasiones las órdenes emitidas por esta Junta, ello a pesar de que, en la última vista celebrada, se le apercibió al licenciado Morales Cordero que si no cumplía con el término provisto, el caso se desestimaría.

El Artículo 19, Sección 19.6(h) del...

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