Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Enero de 2020, número de resolución KLCE201901517

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201901517
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución17 de Enero de 2020

LEXTA20200117-008 - El Pueblo De PR v. Juan M. Rivera Vazquez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

EL PUEBLO DE
PUERTO RICO
Recurrido
v.
JUAN M. RIVERA VÁZQUEZ
Peticionario
KLCE201901517
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de SAN JUAN Civil. Núm.: K SI2019G0020 K SI2019G0021 K SI2019G0022 K SI2019G0023 K BD2019G0406 K BD2019G0407 K BD2019G0408 K LE2019G0317 Sobre: ART 130 (A) C.P. RECLS ART 133 (A) DEL C.P. (4C), ART 195 (A) DEL CP CP (3C) Y ART 56 LEY 246.

Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, el Juez Ramos Torres y la Juez Rivera Marchand

Coll Martí, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de enero 2020.

Comparece el Sr. Juan M. Rivera Vázquez (peticionario) mediante recurso de Certiorari y solicita que revisemos la Sentencia Enmendada dictada el 22 de octubre de 2019 y notificada el 24 de octubre de 2019. En la referida Sentencia el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, dictó una orden de No Ha Lugar a la Solicitud de Reconsideración para que se le acreditara al Sr.

Rivera Vázquez los días que estuvo privado de su libertad desde el 30 de junio de 2019 al 17 de octubre de 2019.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se DENIEGA el recurso de Certiorari.

I

El 24 de mayo de 2019, al Sr. Rivera Vázquez se le determinó causa para arresto por los siguientes delitos: Art. 130 y 195 (a) del Código Penal de Puerto Rico y Art. 59 de la Ley Núm. 246 del año 2011. Se le otorgó una fianza global de $310,000 de los cuáles $300,000 fueron satisfechos mediante fianza diferida y los restantes $10,000 se prestaron con el 1% a través de un fiador privado.

Ese mismo día, la Agencia Federal de Inmigración y Control de Aduanas (ICE)

arrestó al peticionario y fue ingresado sin derecho a fianza en el Metropolitan Detention Center de Guaynabo (MDC). El 30 de julio de 2019, el peticionario presentó una Moción solicitando se deje sin efecto la fianza. En la referida moción solicitaba además que, de salir culpable en el juicio, se le acreditara el tiempo que estuvo detenido en detención preventiva a la sentencia estatal.

El 2 de agosto de 2019, el tribunal estatal de origen declaró Ha Lugar la moción del peticionario y ordenó la cancelación de la fianza de Puerto Rico.

El 17 de octubre de 2019 se llevó a cabo la lectura de Sentencia del Sr. Rivera Vázquez en el tribunal estatal. Luego de que se dictara Sentencia, el peticionario solicitó al foro sentenciador que se le...

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