Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Enero de 2020, número de resolución KLAN201900311

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201900311
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución28 de Enero de 2020

LEXTA20200128-002 - Marilyn Morales Bonilla v. Jose Victor Medina Alvarado

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

MARILYN MORALES BONILLA y OTROS Apelante v. JOSÉ VÍCTOR MEDINA ALVARADO y OTROS Apelado
KLAN201900311
APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Orocovis Civil Núm.: B4CI2011-00313 Deslinde Judicial, Reivindicación y Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Surén Fuentes y la Jueza Cortés González.

Cintrón Cintrón, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de enero de 2020.

Comparecen Marilyn Morales Bonilla, Danny Vega Fuentes y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (apelantes) para que revoquemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Orocovis (TPI) el 19 de febrero de 2019, notificada el 20 de febrero de 2019. En esta se desestimó la demanda de deslinde al amparo de la Regla 39.2 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, y se decretó el archivo sin perjuicio de la reclamación.

Oportunamente, FirstBank Puerto Rico, Inc. (apelado) presentó su alegato en oposición, con cuyo beneficio resolvemos confirmar el dictamen apelado.

I

El 22 de julio de 2011 los apelantes presentaron una acción de deslinde judicial, reivindicación y daños y perjuicios contra el antiguo titular del terreno, Sr. José Víctor Medina Alvarado, la Sra. Minerva Rodríguez Colón y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (matrimonio Medina Rodríguez).

Solicitaron que se ordenara establecer los linderos correctos de cada parta, destruir cualquier construcción que afectara los linderos, la devolución y reivindicación de cualquier terreno ocupado. Además, se condenara al matrimonio Medina Rodríguez el pago de $20,000 por concepto de daños y perjuicios, $50,000 por las graves angustias mentales y sufrimiento morales y $5,000 por concepto de honorarios de abogado.

Tras varios incidentes procesales, el 8 de marzo de 2017 el TPI emitió Resolución mediante la cual ordenó a los apelantes proveer Certificación Registral que demostrara la señora Morales Bonilla era titular del inmueble en controversia. Además, solicitó que informaran en la vista del 21 de marzo de 2017 la prueba pericial que habrían de utilizar. El 15 de marzo de 2017 las partes presentaron ante el TPI Moción conjunta informando desistimiento de causas de acción. En esta los apelantes desistieron voluntariamente con perjuicio de la causa de acción de daños y perjuicios y reivindicación radicada en la demanda. A su vez, el matrimonio Medina Rodríguez desistió voluntariamente con perjuicio de la reconvención instada contra los apelantes. El 21 de marzo de 2017 el TPI dictó Sentencia Parcial y acogió la solicitud.

El 21 de abril de 2017 los apelantes presentaron demanda enmendada en la cual incluyeron a FirstBank como parte demandada por ser acreedor hipotecario de la finca que le pertenecía al matrimonio Medina Rodríguez. Consecuentemente se incluyó a FirstBank como parte demandada al haberse ejecutado la hipoteca que gravaba la finca del matrimonio Medina Rodríguez.

La conferencia con antelación al juicio se señaló para el 13 de julio de 2017...

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