Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2020, número de resolución KLRA202000005

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202000005
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2020

LEXTA20200228-048 - Rosalina Diaz Torres v. Negociado De Seguridad De Empleo (nse)

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL IX

ROSALINA DÍAZ TORRES
Recurrente
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO (NSE)
Recurrido
KLRA202000005
Revisión administrativa procedente del Negociado de Seguridad de Empleo Caso Núm. SJ-01967-19S Sobre: Inelegibilidad a los Beneficios de Compensación por Desempleo, Sección 4(b)3 de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Grana Martínez.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2020.

Comparece ante nos Rosalina Díaz Torres, en adelante la recurrente, solicitando revoquemos una decisión del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Oficina de Apelaciones ante el Secretario, en la cual descalifica a la recurrente de recibir los beneficios de compensación por desempleo conforme a lo dispuesto en la sección 4(b)3 de la Ley de Seguridad en el Empleo, Ley Núm.

74 de 26 de junio de 1956, 29 LPRA sec. 701 et seq., (Ley 74).

Evaluados los méritos del recurso, confirmamos la resolución recurrida.

I.

Surge del recurso de revisión que atendemos, que la recurrente trabajó para el Municipio de San Juan. Con fecha del 22 de mayo de 2019, la Oficina de Secretaría Municipal emitió una carta en la que destituyó a la recurrente del puesto de Trabajadora de Limpieza y Ornato del Departamento de Operaciones y Ornato del Municipio de San Juan. Ante dicha destitución, la recurrente solicitó los beneficios de desempleo ante el Negociado de Seguridad de Empleo de Puerto Rico.

El 20 de junio de 2019, el Departamento del Trabajo (en adelante Departamento)

a través del Negociado de Seguridad de Empleo denegó los beneficios de compensación por desempleo. Insatisfecha con la decisión, la recurrente presentó un recurso de apelación ante la correspondiente División de Apelaciones, quien confirmó la denegatoria a los beneficios de compensación por desempleo.

Inconforme aún, la recurrente apeló ante la Secretaria del Trabajo y Recursos Humanos. El 1 de octubre de 2019, la Secretaria del Trabajo y Recursos Humanos confirmó la Resolución del Árbitro. Descontenta aún, el 9 de enero del presente año la recurrente presentó el presente recurso.

II.
  1. La Ley de Seguridad de Empleo en Puerto Rico.

    La Ley de Seguridad en el Empleo de Puerto Rico, supra, fue aprobada con el fin de promover la seguridad de empleo facilitando las oportunidades de trabajo por medio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR