Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Marzo de 2020, número de resolución KLCE202000167

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202000167
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2020

LEXTA20200310-009 - v. Rginia Dib Olazabal -

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

VIRGINIA DIB OLAZÁBAL Demandante-Peticionaria Vs. PEDRO HERNÁNDEZ FRAGELA Demandado-Recurrido
KLCE202000167
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de SanJuan Caso Núm.: SJ2019CV06088 (807) Sobre: Liquidación de Comunidad de Bienes

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la JuezaRomero García y la Juez Méndez Miró

Méndez Miró, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de marzo de 2020.

La Sra. Virginia Dib Olazábal (señora Dib) solicita que este Tribunal revise ciertas Órdenes que emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI). En estas, el TPI: (a)ordenó a la señora Dib a autorizar a First Bank Puerto Rico (First Bank) a divulgar información financiera de ciertas entidades jurídicas; (b)declaró no ha lugar la solicitud de desacato de la señora Dib; (c)ordenó al Sr. Pedro Hernández Fragela (señor Hernández) a proveer la información que la señora Dib desconoce; y (d)extendió

el descubrimiento de prueba por 90 días.

Se deniega la expedición del Certorari.

I.Tracto Procesal

El señor Hernández y la señora Dib contrajeron matrimonio bajo el régimen de la Sociedad Legal de Gananciales. El 14 de mayo de 2019, el TPI decretó el divorcio del señor Hernández y la señora Dib.

Posteriormente, la señora Dib presentó una Demanda para la división de bienes post-gananciales. El señorHernández contestó.

Luego de varios trámites procesales, la señora Dib solicitó, entre otras cosas, una orden para que el Departamento de Estado proveyera una certificación de todas las entidades en las que participó el señorHernández entre el 5 de julio de 1980 y el 5 de junio de 2019. El TPI la denegó por ser demasiado amplia. Seguidamente, la señora Dib limitó la petición y el TPI la concedió.

Posteriormente, la señora Dib cursó una solicitud de Producción de Documentos al señor Hernández. Además, instó una Moción Solicitando Orden.

Pidió que se le ordenara a First Bank informar todas las transacciones y presentar todos los documentos atinentes a ciertas entidades jurídicas: Autogrupo Holdings, LLC; TAIF Motor, LLC y/o TAIF Motor Corporation; GPH Motor, LLC y/o GPH Motor Corporation; PVH Motor, LLC y/o PVH Motor Corporation; VMC Motor, Corp; y JPH Motor, LLC y/o JPH Motor Corporation. El TPI expidió la Orden.

Acto seguido, la señora Dib presentó varias Mociones Solicitando Imposición de Desacato. Sostuvo que envió ciertas citaciones para inspeccionar y fotocopiar documentos que fueron desatendidas por: Autogrupo Holdings, LLC; AG Administration Support, Corp.; JPH Motor, LLC; GPH Motor, LLC; MYMM Investment, LLC; y RPC Development, Inc. Posteriormente, añadió a Triangle Investment, Corp.

Por otra parte, la señora Dib instó una Moción Notificando Incumplimiento de la Demandante (sic) y en Solicitud de Orden y Sanciones.

Indicó que cursó un Primer Pliego de Interrogatorios y Solicitud de Producción de Documentos al señor Hernández. Añadió que objetó varias de las contestaciones del señor Hernández, más este se negó a enmendarlas o a producir ciertos documentos. Solicitó que se le ordenara al señorHernández contestar, bajo apercibimiento de sanciones y anotación de rebeldía.

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