Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2020, número de resolución KLAN201901105

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201901105
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución30 de Junio de 2020

LEXTA20200630-003 - Pr Recovery And Development Jv v. Rx Services

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

PR RECOVERY AND DEVELOPMENT JV, LLC
Apelantes
V.
RX SERVICES, INC. H/N/C FARMACIA VIDA; MELISSA MARIE FELICIANO BONILLA, su esposo FUNDADOR ROSARIO CORTES y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Apelado
KLAN201901105
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Sobre: Cobro de Dinero, Incumplimiento de Contrato, Ejecución de Gravamen Mobiliario y Ejecución de Hipoteca Casos Núm.: PO2018CV02142 (406)

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres

Rodríguez Casillas, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2020.

Comparece PR Recovery and Development JV LLC y nos solicita que revoquemos una sentencia parcial emitida el 13 de agosto de 2019 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (en adelante TPI).[1]

Allí, se desestimó la acción contra la Sociedad Legal Bienes de Gananciales por no emplazarse mediante ambos cónyuges.

Evaluado el recurso, procedemos a revocar la Sentencia Parcial apelada por los fundamentos que exponemos a continuación.

-I-

El 19 de diciembre de 2018 el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico (en adelante BDE) incoó demanda sobre cobro de dinero, incumplimiento de contrato, ejecución de gravamen mobiliario y ejecución de hipoteca contra RX Services, Inc. h/n/c Farmacia Vida (en adelante RX Services, Inc.); Melissa Marie Feliciano Bonilla, su esposo Fundador Rosario Cortés y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (en adelante SLG).[2]

El 19 de diciembre de 2018 el TPI emitió los emplazamientos de: Fundador Rosario Cortés —por sí y en representación de la sociedad legal de gananciales—, Melissa Marie Feliciano Bonilla —por sí y en representación de la sociedad legal de gananciales— y RX Services, Inc.

El 6 de febrero de 2019, la señora Melissa Marie Feliciano Bonilla y RX Services, Inc., comparecieron por derecho propio a través de Moción urgente en solicitud de prórroga. Allí, la señora Feliciano Bonilla hizo constar que el 20 de diciembre de 2018 fue emplazada en su carácter personal y como representante de RX Services, Inc. En consecuencia, solicitó una prórroga de treinta (30)

días para contestar la demanda y contratar representación legal.[3]

El 15 de febrero de 2019 el TPI les concedió a la señora Feliciano Bonilla y RX Services, Inc., hasta el 8 de marzo de 2019 para contestar la demanda. Les advirtió que el referido término era final e improrrogable.[4]

Por otra parte, el 8 de marzo de 2019 el apelante presentó: Moción sometiendo emplazamientos diligenciados y solicitando se expida emplazamiento por edicto.[5]

En síntesis, certificó el emplazamiento personal de la señora Feliciano Bonilla, la SLG y RX Services Inc.[6] En cuanto al señor Rosario Cortés, alegó que a pesar de todas las gestiones —realizadas con su esposa la señora Feliciano Bonilla y otras personas— conducentes a emplazarlo personalmente, resultaron infructuosas. Por lo que solicitó se expidiese una Orden para su emplazamiento mediante publicación de edicto.[7]

El 18 de marzo de 2019, el TPI autorizó expedición y publicación del emplazamiento por edicto del señor Rosario Cortés.[8] Así, dicho edicto fue expedido el 20 de marzo de 2019 por la secretaría del tribunal.[9]

Además, ese mismo 18 de marzo de 2019 —y notificada el 21 de marzo de 2019— el TPI emitió una Orden en la que les anotó la rebeldía a la señora Feliciano Bonilla y la corporación RX Services Inc., por no haber presentado contestación a la demanda.[10]

No obstante, el 19 de marzo de 2019 compareció la señora Feliciano Bonilla por derecho propio “por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales.” Allí, presentó contestación a demanda y defensas afirmativas.[11]

Por su parte, el 20 de marzo de 2019 RX Services Inc., compareció mediante representación legal y presentó contestación y defensas afirmativas.[12]

El 10 de abril de 2019 la corporación PR Recovery and Development JV LLC., (en adelante PR Recovery o apelante) presenta una moción para asumir representación legal y sustitución de parte (BDE) por la adquisición del crédito en disputa.[13] Así, el 11 de abril de 2019 el TPI autorizó la solicitud.[14]

El 12 de abril de 2019, el emplazamiento del señor Rosario Cortés fue publicado por edicto en un periódico de circulación general. El epígrafe incluyó a las partes demandadas y la SLG, pero el edicto solo fue dirigido al señor: FUNDADOR ROSARIO CORTES, sin incluir la SLG.[15] El 22 de abril de 2019, la apelante envió al señor Rosario copia del edicto, su publicación y la demanda por correo certificado con acuse de recibo. Cabe indicar que iba dirigida al señor: “Fundador Rosario Cortés, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales, compuesta por él y su esposa Melissa Marie Feliciano Bonilla”.[16]

El 14 de mayo de 2019 el señor Rosario Cortés presentó por derecho propio contestación a la demanda y defensas afirmativas. No incluyó a la SLG.[17]

El 21 de mayo de 2019, la señora Feliciano Bonilla y el señor Rosario Cortés, por sí y en representación de la SLG, presentaron Moción urgente solicitando desestimiento. En resumen, arguyeron que la SLG no había sido debidamente emplazada —a través del señor Rosario— por lo que el TPI debía desestimar la demanda por falta de parte indispensable.[18]

El 6 de junio de 2019, el apelante presentó Oposición a la moción de desestimiento. En síntesis, expuso que la señora Feliciano Bonilla —como coadministradora de la SLG— sometió a la SLG a la jurisdicción del TPI cuando el 19 de marzo de 2019 contestó la demanda por sí y en representación de dicha sociedad.[19]

El 13 de agosto de 2019, el TPI emitió Sentencia Parcial —aquí apelada—

desestimando la causa de acción en cuanto a la SLG por no haber emplazado a dicha sociedad a través de ambos cónyuges.[20]

Inconforme, el 29 de agosto de 2019, PR Recovery presentó

reconsideración ante el TPI, declarada sin lugar el mismo día.

Insatisfecho aún, el apelante acude ante nos y señala como errores:

(1)

ERRÓ

EL HONORABLE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL DESESTIMAR EL PLEITO ANTE SÍ EN CUANTO A LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES DETERMINANDO QUE NO SE HABÍA EMPLAZADO CORRECTAMENTE A LA MISMA.

(2)

ERRÓ

EL HONORABLE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL DESESTIMAR EL PLEITO ANTE SÍ EN CUANTO A LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES POR NO RECONOCER SU JURISDICCIÓN SOBRE LA MISMA YA QUE UNO DE LOS C[Ó]NYUGES HABÍA SOMETIDO LA MISMA A LA JURISDICCIÓN DEL TRIBUNAL.

-II-

-A-

A tono con nuestra jurisprudencia, se ha definido el término jurisdicción como el poder o la autoridad que posee un tribunal para considerar y decidir un caso o controversia.[21] Con relación a la jurisdicción in personam, un tribunal puede adquirirla de dos maneras: utilizando adecuadamente los mecanismos procesales de emplazamientos provistos en las Reglas de Procedimiento Civil, o mediante la sumisión de la parte demandada a la jurisdicción del tribunal.[22]

Esta sumisión puede ser explícita o tácita.[23] La parte que comparece...

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