Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2020, número de resolución KLRA201900796

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201900796
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución30 de Junio de 2020

LEXTA20200630-011 - Mmm Healthcare v. Autoridad De Energia Electrica De PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL

TA 2020-001

MMM HEALTHCARE, LLC. (MMM)
Recurrente
Vs.
AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE PUERTO RICO
Recurrida
KLRA201900796
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Adjudicación de Subastas del RFP-97716 de la Autoridad de Energía Eléctrica Sobre: Determinación sobre Solicitud de Propuesta 97716 Administración del Programa de Beneficios de Salud de Empleados y Jubilados del 21 de noviembre de 2019 y la Notificación Enmendada del 12 de diciembre de 2019

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Méndez Miró.

Hernández Sánchez, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2020.

Comparece ante nuestra consideración, el MMM Healthcare, LLC (en adelante, MMM) y nos solicita que revisemos la determinación de la Autoridad de Energía Eléctrica, (en adelante, AEE) de acoger la Propuesta de Triple S, para administrar el Programa de Beneficios de Salud de Empleados y Jubilados, luego que la AEE hiciera la Solicitud de Propuesta Núm. 97716.

Por los fundamentos que expresamos a continuación, se desestima el recurso por falta de jurisdicción por prematuridad.

I

Los hechos relevantes a esta controversia se refieren a la Solicitud de Propuesta Núm. 97716, para recibir propuestas de aseguradoras de salud, dirigido a adjudicar la administración del Programa de Beneficios de Salud de Empleados y Jubilados de la AEE. A esos efectos, el 10 de abril de 2019, la AEE publicó la solicitud de propuestas digitalmente y solicitó la participación de: Constelation Health, First Medical Plan, Humana Insurance Puerto Rico, Inc., MAPFRE Life Insurance Company of Puerto Rico, MCS Life Insurance, MMM Healthcare Inc., Panamerican Life Insurance Group, Plan de Salud Menonita y Triple S Advantage. Así las cosas:

La AEE recibió tres propuestas dentro de la fecha límite establecida, presentadas por las siguientes entidades: MMM (en conjunto con First Medical Health Plan), MCS (Medical Card System), Triple S y Plan de Salud Menonita (quien no cotizó precio).

Luego de que transcurriera la fecha límite para la presentación de las propuestas, un Comité Evaluador comenzó el proceso de evaluación de las propuestas. Concluida la revisión inicial de las propuestas, el Comité

Evaluador determinó que todas estaban completas. Así, el Comité Evaluador procedió a requerir aclaraciones de las propuestas a cada proponente para comenzar las negociaciones.[1]

Durante este proceso, en lo pertinente, se le solicitaron aclaraciones y documentos adicionales a MMM en múltiples ocasiones. Esta compareció a presentarlas en todas las ocasiones. Con todo ante su consideración, la AEE procedió a evaluar las propuestas a la luz de los criterios que se desprenden de la sección 3 de la Solicitud de Propuesta. A saber: criterios generales, capacidad financiera, evaluación técnica, manejo clínico y de casos, reportes, precio propuesto, gastos administrativos, estructura de tarifas de los proveedores, calificación de los Centers for Medicare and Medicaid Services, costo por tipo de cobertura y red de farmacias, droguerías, formularios.

Además, de la misma solicitud de propuesta se desprendía que la AEE se reservaba su derecho a incluir o considerar cualquier otro criterio, según los mejores intereses de la AEE y los participantes.

Luego de que el Comité Evaluador considerara los criterios ante mencionados, adjudicó las puntuaciones a cada propuesta. A esos efectos, MMM obtuvo una puntuación total de 147% quedando así en segundo lugar, respecto a Triple S que obtuvo 150% quien quedó en primer lugar. Consecuentemente, el 21 de noviembre de 2019, el Comité Evaluador adjudicó laSolicitud de Propuesta Núm. 97716 a la aseguradora Triple S. Como parte de la notificación, la determinación incluyó

una descripción “de las tres compañías licitadoras, sus propuestas, los costos de cada una y el porcentaje total otorgado a cada una, junto con la clasificación general.”[2]

Inconforme, MMM presentó una Solicitud de Revisión Judicial ante este Tribunal de Apelaciones el 9 de diciembre de 2019, denominada KLRA201900759. En su recurso, sostuvo que erró el Comité Evaluador de la AEE al acoger la propuesta de Triple S, a pesar de que esta era 5 millones más costosa que la propia, quedando esta en segundo lugar. Además, señaló que el Comité Evaluador erró al emitir una notificación inadecuada e incompleta. Dicho recurso fue acompañado por una moción en Auxilio de Jurisdicción en la que se solicitó la paralización de la adjudicación de la propuesta. Posteriormente:

[…] a AEE compareció mediante escrito tituladoMoción de desestimación por academicidad.Informó que en esa misma fecha había cursado una notificación enmendada la cual [incluía] las tablas que [reflejaban] las puntuaciones porcentuales otorgadas a cada licitador. En atención a ello, la AEE sostuvo que el recurso presentado por MMM se había tornado académico.

El 13 de septiembre de 2019, Triple-S presentó una moción en la cual, entre otras cosas, se opuso a la moción en auxilio de jurisdicción por esta no haberle sido notificada simultáneamente a su presentación.

El 17 de diciembre de 2019, MMM presentó un escrito de oposición a la solicitud de desestimación presentada por la AEE. Sostuvo que la notificación enmendada no subsanaba los errores presentados en su recurso de revisión judicial.[3]

Con todo ello ante su consideración, el 20 de diciembre de 2019, nuestro panel hermano dictó Sentencia y desestimó el recurso por falta de jurisdicción al concluir que su presentación fue...

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