Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Agosto de 2020, número de resolución KLRA202000119

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202000119
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución20 de Agosto de 2020

LEXTA20200820-011 - Elsie V. Toro Diaz Y/o Carlos Flores Ortiz v. Rafael Ortiz Bonilla

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

ELSIE V. TORO DÍAZ Y/O CARLOS FLORES ORTIZ
Recurrida
v.
RAFAEL ORTIZ BONILLA
Recurrente
KLRA202000119
REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella núm.: CAG-2018-0001214 Sobre: Condominios

Panel integrado por su presidenta la Jueza Cintrón Cintrón, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Rivera Torres.

Rivera Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 20 de agosto de 2020.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones el Sr.

Rafael Ortiz Bonilla, administrador interino del Condominio El Sol, (en adelante el recurrente) mediante el Recurso de Revisión de epígrafe solicitándonos que revoquemos la Resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (en adelante el DACo) el 7 de febrero de 2020, notificada ese mismo día. En el referido dictamen el DACo declaró Ha Lugar la querella y ordenó al recurrente reubicar una tubería sanitaria que discurre por el techo del apartamento del matrimonio recurrido compuesto por Carlos Flores Ortiz y Elsie V. Toro Díaz (en adelante el matrimonio Flores Toro) y realizar reparaciones al interior del mismo. Decretó además que, de no llevarse a cabo las reparaciones, se pagarían $10,195.53 al matrimonio Flores Toro para que estos efectúen las obras.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el recurso ante nuestra consideración por falta de jurisdicción ante su presentación prematura.

I.

El 12 de octubre de 2018 el matrimonio Flores Toro, propietarios del Apartamento A-2 ubicado en el Condominio El Sol, presentó una querella contra el recurrente alegando que existían filtraciones de aguas negras en varias áreas del mismo lo que les había causado graves daños y perjuicios. Adujeron que el 15 de marzo de 2018 la caída de las aguas provocó

que desprendiera el “gypsum board” instalado en el techo que cubre la tubería sanitaria.

El 13 de febrero de 2019 se notificó la celebración de una vista de inspección la cual se realizó el 10 de abril de 2019 en el Condominio. El recurrente estuvo presente, pero se marchó antes que culminara y no le permitió al inspector del DACo, el Sr. José F. Cardona Longo, revisar los apartamentos del segundo piso, los cuales se encuentran en la parte de arriba de la vivienda del matrimonio Flores Toro.[1]

El inspector Cardona Longo sometió el Informe de Inspección de Querella de Construcción el 8 de mayo de 2019. En el mismo este determinó que las tuberías sanitarias debían ser reubicadas fuera del apartamento debido a que se generaba un problema de salubridad afectando la salud de los dueños. Además, concluyó que el calentador tenía que reubicarse para seguridad de estos y ordenó que, una vez realizados los referidos trabajos en el apartamento, el mismo fuera pintado en su totalidad.[2] El inspector estimó el costo de las obras en $10,195.53. El documento le fue notificado al recurrente, quien no lo impugnó.[3]

El 24 de junio de 2019 se celebró una vista administrativa a la que comparecieron las partes acompañadas de sus representantes legales. De la Minuta surge que el 1 de abril de 2019, se llevó

a cabo una vista anterior donde se examinó la moción de desestimación de la querella por cosa juzgada radicada previamente por el recurrente.[4]

Se mencionó, además...

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