Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Octubre de 2020, número de resolución KLAN202000166

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202000166
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2020

LEXTA20201026-004 - Air Con v. Gerardo R. Umpierre Ponton Y Otros Demandados

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL I

AIR CON, INC.
Demandante Apelado
v.
GERARDO R. UMPIERRE PONTÓN Y OTROS
Demandados Apelantes
KLAN202000166
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan
Civil Núm.:
SJ2019CV08428
Sala: 505
Sobre:
Cobro de Dinero (Regla 60)

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa y el Juez Pagán Ocasio.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de octubre de 2020.

Comparece Gerardo R. Umpierre Pontón (apelante) a fin de solicitar que revoquemos la Sentencia del 20 de diciembre de 2019 del Tribunal de Primera Instancia que declaró ha lugar una demanda en su contra sobre cobro de dinero al amparo de la Regla 60 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R.60 (Regla 60). Air Con, Inc. (apelada) presentó la referida demanda el 20 de agosto de 2019 y reclamó al apelante el pago de unos dineros adeudados producto de un contrato de ventas a crédito de piezas de aire acondicionado. En esa misma fecha, el tribunal a quo expidió la notificación y citación al apelante de conformidad con la Regla 60, supra. Mediante Orden de 10 de octubre de 2019, el Tribunal de Primera Instancia denegó la solicitud del apelante de convertir el procedimiento a uno ordinario. Durante el juicio en su fondo, la parte apelada presentó prueba documental y sentó a testificar a Wanda Rivera Meléndez, Oficial de Crédito y Cobros de la apelada. De la otra parte, declaró el propio apelante quien solicitó la desestimación de la demanda en cuanto a su esposa identificada como Jane Doe porque la apelada nunca enmendó la demanda para sustituir su nombre a pesar de conocerlo, ni solicitó la expedición de los emplazamientos en cuanto a ella. Aquilatada la prueba, el foro de instancia dictó Sentencia y formuló las siguientes determinaciones de hechos:

  1. La demandante suscribió un contrato de Compromiso de Pago, con el demandado el 20 de julio de 2016.

  2. Dicho contrato de aceptación de deuda y plan de pago se marcó como Exhibit 1 de la parte demandante.

  3. Al momento de la firma del Compromiso de Pago, el demandado paga a la demandante la cantidad acordada de $1000.00 por concepto de pago mínimo inicial y [l]e comenzó a hacer pagos [de] $500.00 mensuales, según acordado en el Compromiso de Pago que se marcó como...

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