Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Noviembre de 2020, número de resolución KLRA202000340

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202000340
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución16 de Noviembre de 2020

LEXTA20201116-011 - Professional Consulting Pshycoeducational Services v. Departamento De Correccion Y Rehabilitacion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

PROFESSIONAL CONSULTING PSHYCOEDUCATIONAL SERVICES, LLC
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrida
PHYSICIAN CORRECTIONAL
Licitador Agraciado
KLRA202000340
Revisión Judicial procedente de la Secretaría Auxiliar en Programas y Servicios del Departamento de Corrección y Rehabilitación Sobre: Solicitud de Propuesta: Servicios de Salud Mental Psiquiátricos y Terapia Ocupacional para el Programa de Rehabilitación y Tratamiento y para el Programa de Instituciones Juveniles Caso Número:

Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Domínguez Irizarry y la Jueza Rivera Marchand

Domínguez Irizarry, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de noviembre de 2020.

La parte recurrente, Professional Consulting Phsycoeducational Services, LLC, comparece ante nos y solicita que dejemos sin efecto la notificación emitida por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (Departamento), el 15 de septiembre de 2020. Mediante la misma, el referido organismo notificó a la parte recurrente su determinación de descartar sus propuestas sobre servicios mentales y de rehabilitación para la población correccional adulta y juvenil.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el presente recurso de revisión judicial.

I

El 15 de mayo de 2020, la parte recurrente sometió a la consideración del Departamento una Propuesta Proyecto de Servicios de Salud Mental 2020-2021.

Mediante la misma, pretendió la renovación de un contrato de servicios de salud mental que hasta entonces proveyó al Programa de Rehabilitación y Tratamiento para la población correccional adulta, y al Programa de Instituciones Juveniles. Así las cosas, mediante una misiva con fecha del 8 de junio del año en curso, la parte recurrente notificó al Departamento haber advenido al conocimiento de que otra entidad, a saber, Physician Correctional, estaba siendo considerada para ofrecer los servicios en controversia, ello sin que se cumplieran las formalidades de un proceso competitivo.

El 16 de junio de 2020, el Departamento envió una carta a la entidad recurrente en la que le notificó que, en efecto, otro proveedor de servicios expresó su interés de someter una propuesta sobre sus ofrecimientos. En su comunicación, la agencia indicó que, toda vez ello, se ordenaba a la recurrente separar sus propuestas para los respectivos programas de rehabilitación antes indicados, todo “con el propósito de realizar un análisis y estudio de las mismas”.[1] Añadió que, dado a que esta no sometió su ofrecimiento de servicios profesionales de manera individual, resultaba meritorio efectuar la correspondiente evaluación “bajo los mismos parámetros de los cuales ambos proponentes deben tener conocimiento.”[2]

De este modo, el Departamento reafirmó su determinación en cuanto a que la parte recurrente debía entregar por separado cada propuesta de servicios para los programas en controversia y expuso los criterios a cumplirse a fin de que fueran consideradas. Transcribimos in extenso los mismos:

[…] Descripción de servicios de Salud Mental para (PIJ):

1.

Servicios psicológicos y consejería en prevención, uso y abuso de sustancias durante el ingreso y seguimiento.

2.

Evaluaciones individualizadas y grupales según la necesidad del menor.

3.

Reuniones de Comités de Tratamiento con equipos interdisciplinarios de profesionales y formulación de estrategias al tratamiento del menor.

4.

Elaboración de un plan individualizado de servicios.

5.

Terapia Ocupacional para Programa Puertas y Niñas.

6.

Coordinación y supervisión de los servicios de salud mental.

7.

Evaluaciones psiquiátricas por especialistas en niños y adolescentes.

8.

Evaluaciones psicológicas forenses solicitadas por los tribunales, comparecencia lo cual incluye y no se limita a comparecencia.

9.

Soporte y asesoría para el cumplimiento de las estipulaciones federales que no se regulan según la acción civil CC 94- 2080.

10.

Prestación de servicios de emergencia y servicios on-call 24/7 (manejo en crisis).

11.

Capacitación al personal de seguridad y servicio directo a los menores según la acción civil CC94-2080.

12.

Coordinación de los servicios de salud mental en clínicas externas o facilidades de hospitalización.

13.

Reuniones con el consultor y monitora federal de salud mental y discusiones de casos según la acción civil CC94- 2080.

14.

Coordinación, redacción de los acuerdos colaborativos con universidades para la práctica clínica e investigaciones. Supervisar los internos en el área clínica.

15.

Entrevistas, evaluaciones psicológicas y consejería en salud mental y sustancias para los menores y su familia en los centros de servicios multifamiliares. Talleres para familia y menores. Discusiones de casos con las instituciones y referidos existen agencias externas entre otras.

16.

Evaluación y servicio en prevención de sustancias a familia y menores.

17.

Realización e interpretación de pruebas de sustancias psicoactivas y pruebas de alcohol.

18.

Asesoría y apoyo a los procedimientos y normas de salud mental de la agencia.

19.

Consultoría con la Oficina del Monitor Federal y el Departamento de Justicia Federal para el fiel cumplimiento de las estipulaciones federales del caso civil CC 94-2080.

20.

Reunión y elaboración de estrategias con el equipo de modificación de conducta.

21.

Llevar a cabo evaluaciones psicométricas a participantes activos e inactivos, ofrecer terapias de servicios relacionados, terapias ocupacionales y psicológicas requeridas por el área educativa.

22.

Discusiones de casos en la División de Evaluación y Clasificación en Nivel Central.

Servicios, cantidad de los recursos y horas servicios directos para el Negociado de Instituciones Juveniles:

Servicio
Cantidad de recursos
Horas de servicio directo semanal
Total de horas al año a base de 52 semanas
Coordinadora de salud mental
1
40 hrs.
2,080
Psicólogos (uno de Psicólogo debe poseer experiencia en Psicología Forense)
3
105 hrs.
5,460
Consejera en sustancias CDTS Villalba
1
40 hrs.
2,080
Consejero en sustancias CDTS Ponce
1
40 hrs.
2,080
Terapista Ocupacional
1
30 hrs.
1,560
Psicólogo de Multifamiliares
2
16 hrs.
832
Psiquiatra
2
50 hrs.
2,600
Consejera en sustancias en los multifamiliares
2
16 hrs.
832
Total
13
312 hrs.
17,524

Descripción de Servicios directos:

·

Evaluaciones iniciales.

·

Evaluaciones de seguimiento.

·

Terapias grupales e individuales.

·

Evaluación e identificación de conducta de riesgo.

·

Redacción de informes y documentación en el expediente electrónico.

·

Adiestramientos.

·

Coordinación y referidos externos.

·

Emergencias y llamadas on call.

·

Reunión de equipo.

·

Discusiones de casos.

·

Comité

de Tratamiento.

·

Consultas médicas.

·

Realización de Pruebas toxicológicas e interpretación.

·

Discusión de caso, equipo y familia.

El proponente deberá tomar en consideración todo lo necesario para cumplir con los servicios de salud mental requerido para (PIJ) y no limitarse exclusivamente a las horas establecidas en la tabla ante señaladas de servicios directos.

[…] Una de las responsabilidades del PRT es ofrecerle los servicios de salud mental, desglosaremos los requerimientos para el ofrecimiento de los mismos:

Descripción de servicios de salud mental requeridos para PRT:

1.

Coordinación y supervisión de servicios de salud mental.

2.

Coordinación de servicios con otras agencias, públicas y privadas, de acuerdo con las necesidades del participante, así como la disponibilidad de recursos para ofrecer charlas y orientaciones a los participantes.

3.

Coordinación, redacción de acuerdos colaborativos con universidades para los internados clínicos.

4.

Supervisión de internos en psicología clínica.

5.

Evaluaciones y reevaluaciones psicológicas.

6.

Administración de pruebas, inventarios, cuestionarios entre otros instrumentos, la corrección e interpretación de las mismas. Deben tener los protocolos, pruebas y demás instrumentos a utilizar, en acuerdo con el PRT podrán utilizar el programa de corrección de las MMPI-2.

7.

Entrevistas.

8.

Evaluaciones psicológicas y consejería en salud mental para los residentes y su familia en los centros (Hogar Intermedio para Mujeres y Centro de Tratamiento Residencial).

9.

Evaluaciones psicológicas forenses solicitadas por el tribunal para la resolución de los procesos del sistema judicial. Éstas son una herramienta donde se analiza, investiga, evalúa, predice y diagnostica la conducta o comportamiento de la persona con el objetivo de dar contestación a las solicitudes previamente presentada por los jueces, fiscales, abogados, etc. La misma será utilizada para los casos donde se deben evidenciar a través de entrevistas, pruebas psicológicas diagnósticas y la ponderación del perito (psicólogo), conduciendo a la redacción del informe que servirá como apoyo para el proceso judicial.

Además, se solicitará la comparecencia del perito en el proceso judicial para explicar el informe al tribunal. Algunas de las solicitudes de dichos informes irán conducidos a: la evaluación del riesgo de reincidencia, valoración y evaluación del estado psicológico, evaluación de la peligrosidad criminal, establecimiento de medidas de seguridad, evaluación de la credibilidad del testimonio, valoración psicológica de la capacidad para ser juzgado, valoración de la imputabilidad.

10.

Tratamiento individual dirigido a trabajar áreas identificadas en el Plan de Tratamiento Individualizado.

11. Tratamiento grupal con un enfoque psico educativo, ofrecida por psicólogos clínicos, en grupos de no más de 17 participantes en programas de comunidad, instituciones y otras facilidades gubernamentales.

12. Redactar las recomendaciones pertinentes en cuanto al...

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