Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Diciembre de 2020, número de resolución KLAN202000785

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202000785
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2020

LEXTA20201218-028 -

Prospero Tire Export v. Edgardo Velazquez Sanchez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL X

PRÓSPERO TIRE EXPORT, INC., JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ
SÁNCHEZ, AMARYLIS FONTÁNEZ ROBERTO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandantes/Reconvenidos-Apelados
v.
EDGARDO VELÁZQUEZ SÁNCHEZ, JANE DOE Y LA
SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, MULTI RECYCLING & MANUFACTURING, CORP.,
CE RECYCLING LLC; ROSTAM PIRASTEH, MINOUH PIRASTEH Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; GRETCHEN GRONAU SANTIAGO,
JOHN DOE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Demandados
ROSTAM PIRASTEH, MINOUH PIRASTEH Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; CARIBE VIVA RECYCLING, INC.; EDGARDO VELÁZQUEZ SÁNCHEZ Y MULTI-RECYCLING & MANUFACTURING CORP.
Reconvinientes-Apelantes
KLAN202000785
Consolidado con
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Trujillo Alto Civil Núm.: TJ2019CV00041 Sobre: Sentencia declaratoria, Incumplimiento de contrato, Violación al deber de fiducia y lealtad, Conflicto de intereses, Fraude y engaño, Conspiración para defraudar, Cobro de dinero, Enriquecimiento injusto, Daños y perjuicios; Transferencia fraudulenta de activos en Fraude de acreedores; Conspiración para transferir activos en fraude de acreedores
ROSS PIRASTEH Y SU ESPOSA MINOUH PIRASTEH; CARIBE VIVA RECYCLING, INC.
Peticionarios
v.
JOSÉ ÁNGEL RODRÍGUEZ
SÁNCHEZ, AMARYLIS FONTÁNEZ ROBERTO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; PROSPERO TIRE EXPORT, INC.; PROSPERO TIRES RECYCLING, INC.; PROSPERO TIRES, INC.
Recurridos
KLCE202000987
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Civil Núm.: CA2018CV02635 Sobre: Injunction preliminar, Injunction permanente, cumplimiento específico de contrato, incumplimiento de contrato, daños y perjuicios, disolución de corporación sindicatura

Panel integrado por su presidenta, la Juez Ortiz Flores, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Lebrón Nieves

Ortiz Flores, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de diciembre de 2020.

Comparecen ante este Tribunal de Apelaciones, los apelantes, Rostam Pirasteh (Pirasteh), Minouh Pirasteh (Sra. Pirasteh), la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos, Caribe Viva Recycling, Inc., (Caribe), Edgardo Velázquez Sánchez (Velázquez) y Multi Recycling & Manufacturing Corp.

(Multi Recycling) mediante un recurso de Apelación con el alfanumérico KLAN202000785 y nos solicitan que revoquemos una Sentencia, emitida, en el caso civil número TJ2019CV00041(caso TJ2019CV00041), por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Trujillo Alto (TPI-Trujillo), el 27 de abril de 2020 y notificada el mismo día. Mediante el referido dictamen se desestimó una Reconvención presentada por los aquí

apelantes en la que se resolvió que no procedía un relevo de sentencia (sentencia final y firme previamente emitida en el caso civil CA2018CV02635)

y que al no cumplirse con los requisitos de la Regla 49.2 de Procedimiento Civil, lo que procedía era la desestimación de la demanda y de la reconvención de los aquí apelantes en el caso civil número TJ2019CV00041.

También comparecen ante este Tribunal de Apelaciones, los peticionarios Pirasteh, Sra. Pirasteh y Caribe, mediante un recurso de Certiorari con el alfanumérico KLCE202000987 y nos solicitan que revoquemos una Orden emitida, en el caso civil número CA2018CV02635 (caso CA2018CV02635) por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina (TPI-Carolina), el 21 de julio de 2020 y notificada el mismo día. Mediante la referida orden se autorizó la ejecución de la sentencia emitida en el citado caso CA2018CV02635.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, adelantamos que confirmamos la Sentencia apelada en el recurso KLAN202000785 y denegamos la expedición del auto de Certiorari en el KLCE202000987.

I

Según surge del relato de hechos de los expedientes ante nuestra consideración, para el año 2006, Pirasteh llegó a Puerto Rico en busca de oportunidades de inversión en el negocio de generación de energía y disposición de desperdicios sólidos. Estableció con José Ángel Rodríguez Sánchez (Rodríguez)

y Velázquez, una empresa común (Negocio) para desarrollar y expandir el negocio de reciclaje y venta de neumáticos desechados de Próspero Export, Inc.

(Próspero), compañía que se encontraba prácticamente insolvente. En agosto 2018, antes de que Pirasteh pudiera cosechar beneficios de su labor y recobrar lo invertido, se alega que Rodríguez unilateralmente y por la fuerza, tomó

control del Negocio. Se alegó que Rodríguez hizo esto tomando ventaja y aprovechando el hecho de que muchos de los acuerdos llegados por los socios en la empresa común, no fueron realizados por escrito y raramente se utilizaron formalidades corporativas.

El 24 de septiembre de 2018, se presentó una Demanda en el TPI-Carolina, en la que, en síntesis, se pretendía recobrar y ejercer la titularidad del Negocio y evitar que Rodríguez se apropiara ilegalmente de cuantiosas sumas de dinero.

Específicamente, se solicitó en la demanda, que se ordenara a la parte demandada a transferir el título de todos los activos de Próspero a Caribe, que pagaran una deuda de $2,300,000 a favor de los demandantes, entre otras instancias y en la alternativa, solicitaron que se ordenara la disolución de la corporación.

El 5 de diciembre de 2018, luego de varios incidentes procesales, los apelantes presentaron, ante el TPI-Carolina, en el caso CA2018CV02635, un Acuerdo de Transacción, el cual buscaba poner fin a todas las controversias entre las partes. El Acuerdo de Transacción fue aprobado mediante la Sentencia emitida por el TPI-Carolina. Esa sentencia advino final y firme. Conforme al Acuerdo de Transacción aprobado mediante la citada sentencia, entre otras cosas, Rodríguez y Próspero acordaron pagar a Pirasteh $800,000.00, según fueran recibiendo pagos de la Junta de Calidad Ambiental (JAC), como sigue:

(a)

Un primer pago de $200,00 a la firma del Acuerdo de Transacción

(b) Pagos sucesivos del 40% de ingreso recibido de la JCA por Próspero hasta pagar la suma total estipulada en el Acuerdo de Transacción de $800,000.

Dichos pagos sucesivos vencían cinco días después de que Próspero recibiera el pago de la JCA. Además, el acuerdo incluía múltiples relevos irrevocables, entre estos, se incluyó uno en el cual Rodríguez y Próspero acordaron renunciar a cualquier reclamación que pudieran comenzar contra Pirasteh o Caribe como resultado de sus relaciones de negocios con los mismos.

Sin embargo, aun con la existencia del Acuerdo de Transacción, el 19 de febrero de 2019, Próspero, juntamente con Rodríguez y su esposa Amarilis Fontánez Roberto, y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos (apelados en el KLAN202000785; recurridos en el KLCE202000987), presentaron una Demanda en el TPI-Trujillo Alto, correspondiente al caso TJ2019CV00041. En síntesis, alegaron confabulación por parte de los apelantes, en el KLAN202000785, para defraudar a Próspero y favorecer a Pirasteh y a otras entidades pertenecientes a éste. Solicitaron que se dictara una Sentencia Declaratoria en la que se declarase a Próspero, dueño del 50% de las acciones comunes de Multi-Recycling, y, que se condenara a los aquí apelantes en el KLAN202000785 y peticionarios en el KLCE202000987, al pago solidario de $5,673,750.00 que incluye una partida en daños, entre otros.

El 6 de marzo de 2019, los apelados presentaron una Moción de Consignación y Solicitud de Remedio Provisional. El 23 de abril de 2019, presentaron otra Moción de Consignación. En ambas, depositaron dinero en el Tribunal, cuantías que describieron como relacionados al Acuerdo de Transacción. Los apelantes se opusieron a ambas mociones y explicaron que el depósito no podía considerarse como un pago, ya que, entre otros defectos, ni tan siquiera se hizo una oferta de pago a los apelantes, según lo requerido por ley y la jurisprudencia.

Por otro lado, el 8 de abril de 2019, los apelados también incluyeron como terceros demandados a Pirasteh y la Sra. Pirasteh en el caso R4 Enterprises Corporation v. José Ángel Rodríguez Sánchez y otros, caso civil núm.

CA2019CV00191, un tercer caso, sobre el cual también se emitió una sentencia que advino final y firme.[1]

Allí reclamaron que estos habían conspirado con la demandante, R4 Enterprise Corporation y otros para defraudar a Rodríguez y a Próspero. Antes de que los Pirasteh fueran emplazados, los apelados enmendaron su demanda para eliminar las reclamaciones contra estos.

El 1 de mayo de 2019, los apelados presentaron Moción sobre Satisfacción de la Sentencia y Solicitud de Eliminación de Orden a la Junta de Calidad Ambiental en el caso CA2018CV02635 (relacionado al recurso KLCE202000987). En esta, informaron...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR