Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Enero de 2021, número de resolución KLAN202000439

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202000439
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución29 de Enero de 2021

LEXTA20210129-005 - Invision Engineering Corp. v. Cro Solutions Group

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

INVISION ENGINEERING CORP.
Recurrida
v.
CRO SOLUTIONS GROUP, CORP.; FRANCISCO RODRÍGUEZ OCHOA, en su capacidad como oficial de CRO SOLUTIONS GROUP CORP., y por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales que existe entre éste y MENGANA DE TAL; CARLOS SANTANA SANTANA, en capacidad de oficial de CRO SOLUTIONS GROUP, CORP., y por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales que existe entre éste y FULANA DE TAL; RONDY LÓPEZ CONCEPCIÓN, en su capacidad como oficial de CRO SOLUTIONS GROUP, CORP., y por sí y en representación de la Sociedad Legal de Gananciales que existe entre éste y SUTANA DE TAL; SMART INTEGRATED ENGINEERING SOLUTIONS, INC.; HÉCTOR X. TORRES, en su capacidad como oficial de SMART INTEGRATED ENGINEERING SOLUTIONS, INC.
Peticionarios
KLAN202000439
Apelación, acogido como Certiorari, procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas Civil. Núm.: CG2018CV02758 (702) Sobre: Apropiación indebida de Secretos Comerciales; Interdicto Preliminar y Permanente; Incumplimiento de Contrato; Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz

Flores García, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de enero de 2021.

Comparece la parte peticionaria, compuesta por CRO Solution Group Corp., Smart Integrated Engineering Solutions Inc., Francisco Rodríguez Ochoa, Carlos Santana Santana, Rondy López Concepción, Héctor X. Torres y las respectivas sociedades de bienes gananciales de aquellos demandados que están casados y fueron emplazados, y solicita la revisión de una Sentencia Parcial y una Resolución, emitidas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas.

Por medio del primer dictamen, se declaró No ha lugar una solicitud de desestimación contra la prueba presentada por la parte peticionaria y Ha lugar una solicitud de interdicto preliminar presentada por la parte recurrida, Invision Engineering Corp. (Invision). Mediante el segundo dictamen, se denegó

una solicitud de recusación presentada por la parte peticionaria contra la Juez del Tribunal de Primera Instancia que atiende el caso de autos.

Advertimos que la Sentencia Parcial aquí recurrida no contiene las advertencias requeridas por la Regla 42.3 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap.

V, R. 42.3, por lo que se trata de una resolución interlocutoria. En vista de que el recurso presentado, titulado Apelación, pretende la revisión de dos resoluciones interlocutorias, lo acogemos como un Certiorari pero mantenemos su clasificación alfanumérica por motivos de economía procesal.

Veamos la procedencia del recurso promovido.

II. Relación de Hechos

El 31 de octubre de 2018, Invision presentó una demanda sobre apropiación indebida de secretos comerciales, interdicto preliminar y permanente, incumplimiento de contrato y daños y perjuicios en contra de la parte peticionaria. En esencia, alegó que la parte peticionaria se apropió

indebidamente de secretos comerciales de Invision, en violación a la Ley Núm.

80-2011, infra. Además, adujo que varios codemandados incumplieron sus contratos de empleo al no proteger y al divulgar información confidencial propiedad de la recurrida y al competir contra esta mientras estaban empleados allí.

El 20 de diciembre de 2018, el foro primario emitió una orden de entredicho provisional, ordenándole a la parte peticionaria el cese y desista inmediato de divulgar y utilizar los secretos comerciales, información confidencial y propiedad de Invision.

Contestada la demanda, se celebró la vista relacionada a la solicitud de interdicto preliminar y permanente los días 9, 15 y 16 de enero, 4 y 5 de marzo, 3 de mayo, 18 de julio y 10 de septiembre de 2019. Las partes estipularon determinada prueba documental y ciertos hechos y durante la vista se admitió prueba documental y testifical.[1]

Culminado el desfile de prueba de Invision, la parte peticionaria solicitó la desestimación en contra de la prueba (non suit) y el foro primario concedió un término a las partes para presentar la solicitud y la correspondiente oposición. Evaluada la prueba testifical y documental presentada, el tribunal de...

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