Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Febrero de 2021, número de resolución KLCE202100064

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202100064
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2021

LEXTA20210222-011 - Melvin Torres Berrios v. Res-care

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL X

MELVIN TORRES BERRÍOS
Peticionario
V.
RES-CARE, INC.
Recurrido
KLCE202100064
Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Comerío Sobre: Despido Injustificado, Ley 2, Ley 80 del 30 de mayo de 1976 Ley Núm. 115 de 20 de diciembre de 1991 Caso Núm.: AI2020CV00112

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró[1].

Rodríguez Casillas, juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 22 de febrero de 2021.

Comparece ante nos el Sr. Melvin Torres Berríos (en adelante, Torres Berríos o peticionario) mediante el presente recurso de certiorari para que revisemos la Orden emitida el 29 de diciembre de 2020[2]

por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI), Sala de Comerío. Allí, se le denegó la “Moción en solicitud de desistimiento voluntario, sin perjuicio, por acuerdo de acuerdo de arbitraje” presentada por el peticionario.

Junto con la presentación del recurso, el señor Torres Berríos incoó una moción en auxilio de jurisdicción, la cual denegamos mediante Resolución de 21 de enero de 2021.

Considerados los escritos de las partes, así como los documentos que los acompañan, expedimos el auto de certiorari solicitado y confirmamos.

Veamos.

-I-

El 23 de marzo de 2020 el señor Torres Berríos instó una querella por despido injustificado y represalias al amparo de la Ley Núm. 2-1961[3], contra su antiguo patrono, Res-Care, Inc. (en adelante, Res-Care o recurrido).

Así, Res-Care compareció y presentó su contestación a la querella oportunamente. Luego, el 24 de agosto de 2020 el TPI —a petición del recurrido—

convirtió el caso al trámite ordinario.

Como parte del descubrimiento de prueba, el 9 de septiembre de 2020 el señor Torres Berríos le cursó un primer pliego de interrogatorio y requerimiento de documentos a Res-Care.

El 21 de septiembre de 2020, las partes presentaron el informe para el manejo del caso y el 29 de septiembre del mismo año, participaron de la Conferencia Inicial. Finalmente, el 2 de noviembre de 2020 Res-Care respondió

al pliego de interrogatorio y requerimiento de documentos cursado por el peticionario.

El 14 de diciembre de 2020 el señor Torres Berríos presentó una “Moción en solicitud de desistimiento voluntario, sin perjuicio, por acuerdo de arbitraje”. Allí —por primera vez— adujo la existencia de un acuerdo de arbitraje compulsorio entre las partes el cual impedía al TPI ejercer su jurisdicción sobre el pleito. En su defensa, arguyó que advino en conocimiento de la existencia de dicho acuerdo cuando Res-Care envió sus contestaciones al interrogatorio y requerimientos de documentos el 2 de noviembre de 2020. Así

pues, el señor Torres Berríos solicitó el desistimiento voluntario de la causa de acción, sin perjuicio, con el fin de someterse al procedimiento de arbitraje.

En oposición, Res-Care argumentó que el señor Torres Berríos siempre tuvo conocimiento del acuerdo de arbitraje...

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