Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Marzo de 2021, número de resolución KLRA202000578

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202000578
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2021

LEXTA20210309-011 - Abimael Zabala Figueroa v.

Departamento De Correccion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL X

ABIMAEL ZABALA FIGUEROA
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrido
KLRA202000578
REVISIÓN JUDICIAL procedente de la Administración de Corrección y Rehabilitación Querella Núm.: F3-219-19 Sobre: Decisión de Querella Administrativa

Panel integrado por su presidenta la Juez Ortiz Flores, la Juez Lebrón Nieves y el Juez Ronda Del Toro

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de marzo de 2021.

AbimaelZabalaFigueroa (Zabala Figueroa o recurrente), por derecho propio y de formain pauperis, presentó un recurso de Revisión Administrativa con fecha del 1ro de septiembre de 2020. Mediante este, solicita la revocación de la determinación tomada por el Comité de Clasificación, ya que la custodia de Seguridad Protectiva en donde se encuentra no es su área original. Señala que ha acudido a los diferentes mecanismos administrativos para que se le devuelva a la población general.

I.

El recurrente alega que extingue una sentencia de 99 años de prisión. Que el 12 de junio de 2008, ingresó al sistema correccional y desde entonces se mantuvo en población general hasta el año 2018. Indica que cuando fue removido de la población general a Seguridad Protectiva, solo quería un traslado para una institución más cercana a su núcleo familiar. Señala no tener ningún problema con estar en la población general, donde ha tenido todos sus logros y una buena rehabilitación. Refiere que en su custodia actual no se siente a gusto, su nivel de optimismo y superación es de poco rendimiento, lo cual puede comprometer su rehabilitación. Alega que ha agotado todos los recursos para que se le devuelva su custodia de Población General y no tuvo éxito.

Indicó que acudió al Tribunal de Primera Instancia, y dicho foro mediante vistas de video conferencia ordenó que acudiera a este Tribunal de Apelaciones.

Revisamos el expediente y no surge del escrito, ni de los documentos que le acompañan, ninguna determinación del foro de instancia que podamos revisar. Zabala Figueroa solo incluyó varios documentos del Departamento de Corrección, entre ellos: una solicitud de remedio administrativo del 20 de junio de 2019 en la causa F3-219-19, la Respuesta al Miembro de la Población Correccional del 29 de julio de 2019, la Solicitud de Reconsideración del 11 de agosto de 2019, una Respuesta de Reconsideración del 23 de septiembre de 2019.

Incluyó, además...

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