Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Marzo de 2021, número de resolución KLCE202100145

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202100145
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2021

LEXTA20210330-006 - Benjamin Figueroa Ortiz v. Steel Servicies & Supplies

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

BENJAMÍN FIGUEROA ORTIZ
Recurrida
v.
STEEL SERVICIES & SUPPLIES, INC.
Peticionaria
KLCE202100145
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Caso Núm.: CA2020CV01420 Sobre: Despido injustificado, Ley Núm. 80.

Panel integrado por su presidenta la Jueza Domínguez Irizarry, el Juez Vázquez Santisteban y la Jueza Álvarez Esnard.

Álvarez Esnard, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de marzo de 2021.

Comparece ante nos Steel Services & Supplies, Inc. (“Steel Services” o “Peticionaria”) mediante Petición de Certiorari presentada el 12 de febrero de 2021, para solicitar que revoquemos la determinación emitida y notificada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 2 de febrero de 2021. En esta determinación, el foro de instancia denegó la solicitud de descubrimiento de prueba presentada por la Peticionaria.

Por los fundamentos expuestos a continuación, DENEGAMOS la expedición del recurso de epígrafe.

I.

Benjamín Figueroa Torres (“Recurrido”) inició labores en Steel Services, el 19 de noviembre de 2018, como Gerente de Ingeniería. Así las cosas, el 20 de noviembre de 2019, el director de Recursos Humanos, el señor Freddie Ayuso Rosa, notificó al Recurrido mediante comunicación escrita que cumplió satisfactoriamente su periodo probatorio y que, efectivo ese mismo día, era empleado regular.

El 11 de marzo de 2020, el Recurrido formalizó una solicitud sobre revisión salarial para los empleados del Departamento de Ingeniería, mediante correo electrónico enviado al Chief Executive Officer (CEO) de Steel Services, el señor Francisco “Paco” García Alonso, con copia al señor Ayuso Rosa. En respuesta a ello, el señor Ayuso Rosa le comunicó lo siguiente: “brincaste la cadena de mando escribiendo directamente a Don Paco”, sin embargo, estaría revisando los expedientes y programaría el asunto para una reunión. Véase Querella, Exhibit 3, Apéndice, pág. 3. No obstante, el 23 de marzo de 2020, el Recurrido fue despedido.

En vista de lo anterior, el 9 de julio de 2020, el Recurrido presentó Querella en contra de Steel Services por despido injustificado y represalias, al amparo de la Ley de Procedimiento Sumario de Reclamaciones Laborales, Ley Núm. 2 de 17 de octubre de 1961 (“Ley 2”). En síntesis, el Recurrido alegó que fue despedido en represalia por haber solicitado revisión salarial. El 27 de julio de 2020, la Peticionaria presentó Contestación a Querella.

Así las cosas, las partes iniciaron el descubrimiento de prueba. En lo pertinente al recurso que nos ocupa, el 17 de diciembre de 2020, por medio de videoconferencia, se le tomó deposición al Recurrido. Durante la misma, se le cuestionó si revisó algún documento en preparación para la deposición. El Recurrido contestó en la afirmativa y explicó que evaluó sus apuntes, contenidos en una libreta en la que asentaba a diario los sucesos que acontecían en el trabajo, desde que inició labores en Steel Services. Además, admitió que esta incluía notas sobre los hechos relacionados al caso. Al advenir en conocimiento sobre esta libreta (en adelante “libreta” o “diario”), la Peticionaria solicitó el descubrimiento de esta al amparo de la Regla 23.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 23.1.

En vista celebrada el 20 de enero de 2021, la representación legal del Recurrido expresó reparos sobre el requerimiento, tanto por lo que concierne la intimidad del Recurrido como la falta de pertinencia del documento. Ante la ausencia de una petición formal, el foro de instancia determinó conceder un término de diez días para que la Peticionaria estableciera la pertinencia y los fundamentos por cuales el Tribunal debía ordenar el descubrimiento.

Por consiguiente, el 1ro de febrero de 2021, Steel Services presentó

Moción solicitando orden para descubrir el diario del querellante. En resumen, expuso que el diario era evidencia pertinente en tanto contenía apuntes sobre los hechos del caso, según admitió el Recurrido en deposición. Además, señaló

que el diario no era materia privilegiada. El 2 de febrero de 2021, el foro de instancia emitió y notificó Orden mediante la cual denegó la solicitud de descubrimiento del diario.

En apretada síntesis, el Tribunal de Primera Instancia determinó que la evidencia no era pertinente y, además, el descubrimiento violentaría la intimidad del Recurrido. Específicamente, dispuso lo siguiente:

De hecho, la mejor prueba que tiene la parte querellada es el expediente de personal del querellante así como el testimonio directo del querellante tomado mediante deposición. Las reflexiones del mismo y sus posibles pensamientos sobre la relación laboral...

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