Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2021, número de resolución KLAN202000702

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202000702
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2021

LEXTA20210331-004 - Gabriel Mora Monclova v. Gabriel Madera Melendez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

GABRIEL MORA MONCLOVA; JAFIA NOMARIS VÉLEZ FONSECA; MICHAEL JOSUÉ COLÓN VÉLEZ; JOSEPH EMMANUEL COLÓN VÉLEZ; ERICK OMAR RODRÍGUEZ VÉLEZ; JAFIA BETHZAIDA FONSECA ORTIZ,
Apelada,
v.
GABRIEL MADERA MELÉNDEZ, FULANA DE TAL y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos; JOSÉ ROLÓN SANTIAGO, SUTANA DE TAL y la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos; AUTORIDAD DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE PUERTO RICO; DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS DE PUERTO RICO; ACE INSURED; ACE INSURANCE COMPANY; XYZ ASEGURADORA; ASEGURADORA CORPORATION; JOHN DOE y RICHARD ROE,
Apelante.
KLAN202000702
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama. Caso núm.: G DP2017-0115. Sobre: daños y perjuicios.

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas[1], la Jueza Romero García y la Juez Méndez Miró.

Romero García, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2021.

La parte apelante, la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE), instó el presente recurso de apelación el 14 de septiembre de 2020. En este, solicita la revisión de la Sentencia Parcial en Rebeldía emitida el 28 de julio de 2020, y notificada el 7 de agosto de 2020[2], por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama. Mediante el referido dictamen, el foro primario concluyó que la AEE había incurrido en responsabilidad solidaria con los restantes demandados. En síntesis, la apelante arguyó que la determinación del Tribunal de Primera Instancia era nula e inoficiosa debido a que el caso se encontraba paralizado en virtud de lo establecido en el Título III del Puerto Rico Oversight, Management, and Economic Stability Act (PROMESA).

Por los fundamentos que expondremos a continuación, revocamos la Sentencia Parcial en Rebeldía, y ordenamos la paralización de los procedimientos, así como el archivo administrativo del caso.

I

La controversia ante nuestra consideración se ciñe al planteamiento articulado por la parte apelante a los efectos de que la Sentencia Parcial en Rebeldía que dictó el foro primario es nula e inoficiosa, toda vez que el caso estaba paralizado por operación de las disposiciones de PROMESA. Así pues, en nuestro análisis, nos ceñiremos a los hechos y trámites pertinentes a la controversia, y no nos adentraremos en los méritos de esta.

La presente controversia inició a raíz de una demanda de daños y perjuicios presentada el 21 de diciembre de 2017 en contra de, entre otros, la AEE[3]. Ello, tras un accidente ocurrido el 25 de diciembre de 2016, cerca de las 11:00 pm, en la carretera número 3, en Guayama. Surge de la demanda que el codemandado Gabriel Madera Meléndez conducía su vehículo de motor a exceso de velocidad, por lo que impactó al señor Gabriel Mora Monclova y a la joven Joelys Colón Vélez, quienes cruzaban la vía. Como consecuencia del impacto, el señor Mora Monclova sufrió graves daños y la joven Joelys Colón falleció a consecuencia de...

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