Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2021, número de resolución KLRA202100136

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100136
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2021

LEXTA20210331-037 - Daniel Rivera Colon v. Departamento De Correccion

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL III

DANIEL RIVERA COLÓN
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrido
KLRA202100136
REVISIÓN JUDICIAL procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Reconsideración Núm. PA-1123-20

Panel integrado por su presidente el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2021.

I.

Introducción

La parte recurrente, el señor Daniel Rivera Colón, acude ante este foro apelativo y solicita la revocación de una resolución emitida por la División de Remedios Administrativos, en adelante División, del Departamento de Corrección y Rehabilitación mediante la cual desestimó su Solicitud de Remedio Administrativo.

Veamos la procedencia del recurso promovido.

II.

Relación de Hechos

Según surge del recurso promovido, el recurrente actualmente se encuentra confinado en el módulo 4U-114 de la Institución Correccional Guayama Adultos 1000, en el municipio de Guayama. El recurrente narró que el 30 de noviembre de 2020 radicó una Solicitud de Remedio Administrativo solicitando tratamiento para el acné en su rostro; al momento de presentar su solicitud, el recurrente se encontraba en la Institución Correccional Ponce 1000. Aduce que, antes de presentar la solicitud, había solicitado en diversas ocasiones que se atendiera su inquietud médica. Añadió

que es paciente de condiciones crónicas, las cuales no especificó, y que no ha sido atendido en dos (2) años por un neurólogo, ortopeda, fisiatra, cardiólogo o internista.

El 31 de diciembre de 2020, la evaluadora María Cruz Martínez emitió al recurrente la respuesta del director médico del complejo correccional de Ponce, el doctor Joan Manuel Rodríguez Soto, en la se le indicó

lo siguiente: “Respondo a su solicitud de remedio administrativo indicándole que solicite nuestros servicios clínicos y discuta todas sus inquietudes con el médico de su institución para la búsqueda de alternativas”. El recurrente solicitó reconsideración.

El 18 de febrero de 2021, el coordinador Siul Cedeño Bianchi, denegó la petición de reconsideración del recurrente. Expuso que:

Se recibe información del área Médica Complejo Correccional Guayama en la cual informan que tiene cita en la Clínica de Condiciones Crónicas en el mes de abril de 2020 [sic]. Además, ha sido atendido en el área médica en los meses de enero y febrero, sus medicamentos le fueron renovados.

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