Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Abril de 2021, número de resolución KLCE202001146

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202001146
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2021

LEXTA20210409-007 - Rebecca Irizarry Rodriguez v. Farmacia Lorraine

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

REBECCA IRIZARRY RODRÍGUEZ Y OTROS
Peticionaria v.
FARMACIA LORRAINE, INC. Y OTROS
Recurridos
KLCE202001146
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm. PO2019CV03446 Sobre: Daños y Perjuicios Medicamento Mal Despachado

Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Domínguez Irizarry y la Jueza Rivera Marchand.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de abril de 2021.

I.

El 3 de octubre de 2019 la Sra. Rebecca Irizarry Rodríguez y su hija Kimberly Irizarry, presentaron Demanda por daños y perjuicios contra la Farmacia Lorraine, Inc. Alegaron que la Farmacia Lorraine despachó en tres ocasiones distintas los medicamentos de manera incorrecta y que dicha actuación les causó daños. El 10 de diciembre de 2019 la Sra. Irizarry Rodríguez y su hija Kimberly Irizarry presentaron una Moción Solicitando Autorización para Enmendar la Demanda junto con una Demanda Enmendada en la cual incluyó como parte demandada a la aseguradora de la Farmacia Lorraine, Triple-S Propiedad.

El 27 de diciembre de 2019 Farmacia Lorraine presentó su Contestación a Demanda Enmendada. El 29 de diciembre de 2019 Triple-S presentó

su Contestación a Demanda Enmendada. Ambos aceptaron que los medicamentos fueron despachados de manera incorrecta y asumieron negligencia por dichos actos. Luego de comenzado el descubrimiento de prueba, el 4 de agosto de 2020, la Farmacia Lorraine et als., presentaron una Moción Solicitando Sentencia Sumaria. Adujeron que ellos emitieron un pago y que la Sra. Rebecca Irizarry firmó un relevo de responsabilidad.

El 5 de agosto de 2020 se celebró una Vista sobre el Estado Procesal. Subsiguientemente, el Foro de Instancia le concedió término de 30 días a la Sra. Irizarry Rodríguez y su hija Kimberly Irizarry para presentar su oposición a la Moción Solicitando Sentencia Sumaria. Dicho plazo transcurriría a partir del recibo de la transcripción de la deposición de la Lcda. Lilliam De Jesús.

El 13 de octubre de 2020 las partes se reunieron para discutir controversias en cuanto al descubrimiento de prueba. En dicha reunión la Farmacia Lorraine et als., objetó que en la deposición de la Lcda. Lilliam De Jesús se le formularan preguntas sobre el despacho incorrecto de medicamentos y negligencia. Arguyeron que ya se habían admitido y contestado esas preguntas, tanto en la Contestación a la Demanda Enmendada, como en un Interrogatorio y tres requerimientos de admisiones. El 14 de octubre de 2020 la Farmacia Lorraine et als., presentaron una Moción Solicitando Orden Protectora sobre Alcance Testimonio de la Deposición de la Dra. Lilliam de Jesús Bajo la Regla 23.2 (b) de Procedimiento Civil de Puerto Rico. El 16 de octubre de 2020 la Sra. Irizarry Rodríguez y su hija Kimberly Irizarry presentaron una Urgente Moción en Solicitud de Vista y en Oposición a Orden Protectora Presentada por las Partes Demandas.

Mediante Orden de 17 de...

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