Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Abril de 2021, número de resolución KLCE202100116
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE202100116 |
Tipo de recurso | KLCE |
Fecha de Resolución | 14 de Abril de 2021 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm. PO2018CV001125 (605) Sobre: Reclamación Póliza de Seguros Incumplimiento de Contrato Daños a la Propiedad Daños y Perjuicios | |
Rodríguez Flores, juez ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 14 de abril de 2021.
La parte peticionaria, MAPFRE Pan American Insurance Company (MAPFRE o la aseguradora), incoó el presente recurso el 5 de febrero de 2021. Solicita que revisemos la Resolución emitida el 18 de diciembre de 2020, y notificada el 23 de diciembre de 2020, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce. Mediante el referido dictamen, el foro primario denegó la solicitud de sentencia sumaria presentada por MAPFRE, por el fundamento de que existían hechos materiales en controversia respecto a si se constituyó el elemento cognoscitivo que requiere la jurisprudencia para que aplicara la doctrina de pago en finiquito.[1]
Luego de evaluar los méritos del recurso, y con el beneficio de la comparecencia de las partes, denegamos la expedición del auto de certiorari.
El 20 de septiembre de 2018, la Sra. Ina Coll Vázquez, el Sr. Francisco González Santiago y la sociedad legal de gananciales compuesta por estos (en conjunto, Sra. Coll), incoó ante el Tribunal de Primera Instancia una demanda contra MAPFRE en la que alegó incumplimiento con los términos contractuales de varias pólizas de seguro[2]
expedidas a su favor para proveer cubierta a sus propiedades y negocios.
En la demanda, se alegó
que, tras el paso del huracán María por Puerto Rico el 20 de septiembre de 2017, las propiedades aseguradas sufrieron severos daños, por los que la Sra.
Coll presentó varias reclamaciones ante MAPFRE. Presuntamente, la aseguradora pagó una fracción del valor real de los daños asegurados por las pólizas. Por lo anterior, la Sra. Coll solicitó que se declarara con lugar la demanda y se condenara a MAPFRE a pagarle por los daños a la propiedad, una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, más gastos, costas y honorarios de abogado. El 11 de diciembre de 2018, se enmendó la demanda, a los fines de incluir como demandantes a Francheska González Coll y Alisheann Santiago Coll.
En cuanto a estas, se alegó que son cotitulares de una de las propiedades objeto de reclamación.
En su Contestación a Demanda Enmendada, MAPFRE negó las...
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