Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Mayo de 2021, número de resolución KLCE202100281

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202100281
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2021

LEXTA20210510-003 - Madeline Morales Flores v.

Departamento De Transportacion Y Obras Publicas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

MADELINE MORALES FLORES
Peticionaria
v.
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
Recurrida
KLCE202100281
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Corozal Caso Núm.: DCAC2020-0026 Sobre: Revisiones boletos tránsito y obras públicas.

Panel integrado por su presidenta la Jueza Domínguez Irizarry, el Juez Vázquez Santisteban y la Jueza Álvarez Esnard.

Álvarez Esnard, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de mayo de 2021.

Comparece ante nos la parte peticionaria, Madeline Morales Flores (“Peticionaria” o “señora Morales Flores”), mediante petición de certiorari, presentada el 16 de marzo de 2021, para solicitar la revisión de Resolución sobre recurso de revisión de infracciones de tránsito emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Corozal, el 5 de febrero de 2021, notificada el 18 de febrero de 2021. Por virtud de la misma, el foro de instancia denegó el Recurso de Revisión por falta administrativa de tránsito de la Peticionaria.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, DESESTIMAMOSel presente recurso por falta de jurisdicción.

I.

Conforme al escrito presentado por la Peticionaria, el 19 de agosto de 2020, la Policía Municipal le expidió un boleto de tránsito por violación al Artículo 6.04 de la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, Ley Núm.

22-2000, 9 LPRA sec. 5001 et seq. El 4 de septiembre de 2020, la señora Morales Flores presentó Recurso de revisión por falta administrativa de tránsito. Tras celebrada una vista por videoconferencia, el 5 de febrero de 2021, el Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar el recurso de revisión, mediante Resolución sobre recurso de revisión de infracciones de tránsito notificado el 18 de febrero de 2021. El 3 de marzo de 2021, la señora Morales Flores solicitó

reconsideración, la cual fue declarada No Ha Lugar el 4 de marzo de 2021, mediante Resolución notificada en la misma fecha.

Inconforme, la señora Morales Flores recurrió ante nos, sin exponer señalamiento de error, para solicitar que revisemos la evidencia anejó al recurso y revoquemos la determinación emitida por el tribunal de instancia. El 25 de marzo de 2021, compareció el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) por conducto de la Oficina del Procurador General de...

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