Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Mayo de 2021, número de resolución KLCE202100462

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202100462
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2021

LEXTA20210519-001 - Emmanuel E. Huertas Leon – v. Autoridad De Edificios Publicos Y Otros Demandados -

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL XI

EMMANUEL E.
HUERTAS LEÓN
Demandante – Recurrido
V.
AUTORIDAD DE EDIFICIOS PÚBLICOS Y OTROS
Demandados - Peticionarios
KLCE202100462
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Caso Núm.: CA2020CV1356 (Sala 409) Sobre: Despido Injustificado

Panel integrado por su presidenta; la Juez Lebrón Nieves, la Jueza Soroeta Kodesh y el Juez Rodríguez Flores

Lebrón Nieves, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de mayo de 2021.

La Oficina del Procurador General de Puerto Rico, en representación de Melitza López Pimentel, (en adelante, señora López Pimentel o parte peticionaria), comparece ante este Tribunal de Apelaciones mediante el Recurso de Certiorari de epígrafe, y nos solicita la revisión de la Resolución emitida el 16 de febrero de 2021 y notificada el 17 de febrero de 2021, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina. Mediante la referida Resolución, el foro primario declaró No Ha Lugar la moción de desestimación de la peticionaria.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, se deniega el recurso de Certiorari.

I

El caso de marras tiene su génesis en una Querella incoada el 3 de julio de 2020, bajo el procedimiento sumario, por el señor Emmanuel E. Huertas León, (en adelante, Huertas León o recurrido) por despido injustificado, represalias y discrimen por impedimento, en contra de la Autoridad de Edificios Públicos (en adelante, AEP) y su Directora la señora López Pimentel, en su carácter personal.

El señor Huertas León alegó en la Querella que, el 14 de marzo de 2017, fue contratado por la AEP para un puesto de confianza como Director Regional de Carolina. Adujo que, cuando la señora López Pimentel asumió

el puesto de Directora Interina de la AEP, lo despidió mientras él agotaba sus días por enfermedad, es decir, el 15 de agosto de 2019.

Sostuvo el señor Huertas León en la Querella que su despido fue como represalias por reclamar su derecho a la licencia por enfermedad. Alegó, además, que fue discriminado por el impedimento de hemorroidectomía de la cual se estaba recuperando. Reclamó también, que fue discriminado políticamente por su propio partido, pues él era de la confianza del Gobernador Ricardo Roselló

Nevares y fue removido bajo la incumbencia de la Gobernadora Wanda Vázquez Garced. Por consiguiente, solicitó ser reinstalado en su puesto de confianza, el pago de los salarios y haberes que dejó de percibir desde que fue despedido, y que se le concedieran honorarios de abogados en una suma no menor al 25% de los $150,000 que...

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