Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Mayo de 2021, número de resolución KLRA202100187

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100187
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2021

LEXTA20210528-032 - Angel Santiago Rodriguez v. Consejo De Titulares Condominio La Villa Gardens Apartments Querellada-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL V

ÁNGEL SANTIAGO RODRÍGUEZ, JUSTO ORTIZ RODRÍGUEZ Y YASSIN CRUZ RODRÍGUEZ
Querellante-Recurrente
Vs.
CONSEJO DE TITULARES CONDOMINIO LA VILLA GARDENS APARTMENTS
Querellada-Recurrida
KLRA202100187
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm. C-SAN-2020-0006193 Sobre: CONDOMINIOS

Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Grana Martínez.

Hernández Sánchez, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de mayo de 2021.

Comparecen Ángel Santiago Rodríguez, Justo Ortiz Rodríguez y Yassin Ortiz Rodríguez (los recurrentes) y solicitan la revocación de la Resolución emitida y notificada el 12 de marzo de 2021, por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO o la agencia recurrida), que de forma parcial, declaró Ha Lugar la Querella presentada por los recurrentes en cuanto a la compra de un generador de electricidad y denegó el resto de las alegaciones de la querella. Mediante la referida Resolución, el DACO validó el procedimiento de asamblea extraordinaria realizado por el Consejo de Titulares del Condominio La Villa Garden Apartments, (el Consejo o la parte recurrida), al amparo del Art. 44 de la Ley de Condominios, Ley 104 del 25 de junio de 1958, según enmendada, 31 LPRA sec. 1293h,[1]

para discutir y aprobar las ofertas de compensación de la aseguradora para la reconstrucción del inmueble tras el paso del Huracán María. Asimismo, la agencia recurrida validó el Plan de Distribución aprobado, con excepción de la compra de un generador de electricidad para el condominio, para lo cual DACO ordenó dar cumplimiento al Art. 38 (d)(3) de la Ley de Condominios, supra.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la resolución recurrida.

I

Los recurrentes son titulares de sus respectivos apartamentos en el Condominio La Villa Garden Apartments. El Sr. Ángel Santiago Rodríguez es titular del apartamento N-603; el Sr. Justo Ortiz Rodríguez del apartamento M-511 y el Sr. Yassin Ortiz Rodríguez del apartamento N-606.

El 19 de junio de 2019, la parte recurrida convocó al Consejo de Titulares del Condominio La Villa Garden Apartments a una Asamblea Extraordinaria a celebrarse el 6 de agosto de 2019 en primera convocatoria y 7 de agosto en segunda convocatoria.

Debido a la falta de quorum en la primera fecha convocada, la asamblea se celebró el 7 de agosto de 2019. Según la agenda circulada con la convocatoria el propósito de la asamblea era el siguiente:

“IV. Discusión y Aprobación de la Oferta de la compañía de seguros CHUBB Insurance ante la reclamación que fue presentada por el Consejo de Titulares por daños ocasionados por el Huracán María. Número de reclamación 80416675. Oferta por la suma neta de $3,543.113.17 dólares (descontando el deducible y anticipo ascendente a $1,352,130) y autorización al presidente para firmar el Proof of Loss. Se acompaña copia. V. Discusión y aprobación del Plan de distribución fondos de la Reclamación por $3,526,423 dólares netos.

Veáse Anejos I, II, III y IV

Junto con la convocatoria se circuló copia del Plan de Distribución y el proof of loss preparado por la aseguradora CHUBB Insurance Inc. Durante la asamblea el Consejo de Titulares acordó crear un comité que colaboraría con la Junta de Directores en la preparación de informes sobre la distribución de la compensación de la aseguradora y los recurrentes fueron seleccionados como integrantes del comité.

El Consejo de Titulares fue convocado nuevamente para la continuación de la asamblea y para presentar el plan de distribución. El 7 de diciembre de 2019 se llevó a cabo la continuación de la Asamblea Extraordinaria. Según la agenda de la convocatoria circulada a los titulares el 21 de noviembre de 2019, se atendería la “Continuación de discusión y aprobación de Plan de Distribución de los fondos pagados por el seguro por los daños sufridos consecuencia del paso del Huracán María. (Se aneja nuevo Plan de Distribución)

Durante la continuación de la Asamblea Extraordinaria celebrada el 7 de diciembre de 2019, el Consejo de Titulares aprobó el nuevo Plan de Distribución circulado con la convocatoria. Dicho Plan de Distribución aprobado contempla la adquisición de una fianza de fidelidad y la compra de un generador de electricidad para el Condominio La Villa Garden Apartments.

El 9 de enero de 2020, los recurrentes presentaron una Querella ante el DACO en contra del Consejo de Titulares del Condominio La Villa Garden Apartments.Mediante dicha querella, los recurrentes, impugnaron la continuación de la Asamblea Extraordinaria celebrada el 7 de diciembre de 2019, en la que se aprobó el nuevo Plan de Distribución, por entender que la Junta de Directores había incumplido con los requisitos establecidos en el Art. 44 de la Ley de Propiedad Horizontal, supra

En esencia los recurrentes alegaron en la querella que la Notificación de Acuerdos de la Asamblea celebrada el 7 de diciembre de 2019 en forma alguna mencionó ni hizo referencia al resultado de la labor del Comité Especial creado en la Asamblea del 7 de agosto de 2019, ni al informe rendido por dicho Comité y porque la Junta de Directores no adquirió ni prestó la fianza de fidelidad requerida...

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