Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Junio de 2021, número de resolución KLRA202100115

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100115
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución21 de Junio de 2021

LEXTA20210621-011 - Luis R.

Muñoz Muñoz v. Departamento De Correccion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VII

LUIS R. MUÑOZ MUÑOZ
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrido
KLRA202100115
Revisión Administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Caso Número: PA-1110-20 Sobre: Uso de Servicio de Biblioteca

Panel integrado por su presidenta, la Juez Ortiz Flores, el Juez Ramos Torres y el Juez Ronda Del Toro.

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de junio de 2021.

Comparece el señor Luis R. Muñoz Muñoz (Sr. Muñoz Muñoz o recurrente)

mediante un recurso de revisión judicial en el que solicita que revoquemos una resolución emitida por el Coordinador de la División de Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación (agencia recurrida o recurrida) el 11 de febrero de 2021 y notificada el día 17 de febrero de 2021. Mediante la referida resolución, el Coordinador concluyó que el Área de Biblioteca cumple con el Protocolo de COVID-19 vigente, por lo que denegó una solicitud de remedio administrativo presentada por el recurrente.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la resolución recurrida.

I

Según relata el Sr. Muñoz Muñoz, aquí recurrente, el 15 de diciembre de 2020 presentó una solicitud de remedio administrativo en el que alegó que llevaba tres (3) semanas sin los servicios de biblioteca legal y sin acceso para redactar recursos legales. Expuso además que la única razón que le dan es por el protocolo requerido para el manejo del COVID-19.

Continúa indicando que tiene la necesidad de brindar servicios legales, pero no especifica un solo evento particular que le haya causado daño al aplicarle dicho protocolo al horario de acceso a la biblioteca legal.

En respuesta a ello, el 11 de enero de 2021 el evaluador de la recurrida, Sr.

Geraldo R. Santos Rivera contestó con la Respuesta del Área Concernida/Superintendente y en su escrito indica:

“Desde el 20 de noviembre de 2020, en a delante (sic) después de unas vacaciones en él mes de octubre de 2020, los servicios de biblioteca se están corriendo normalmente.”

Al recibir esa respuesta el recurrente presentó una Solicitud de Reconsideración el 9 de febrero de 2021 y en la misma expresó que la deficiencia y poco acceso al servicio de biblioteca legal continuaba debido a que solo se le permitía asistir a la biblioteca una vez a la semana por una hora, entre otros planteamientos.

En la reconsideración el recurrente reitera que se ordenara a la recurrida que permitiera la normalización del acceso a servicios de biblioteca legal en la forma a los que él tiene derecho.

El 11 de febrero de 2021, notificada al recurrente el 17 de febrero de 2021, el Coordinador Ciul Cedeño Bianchi emitió la Respuesta al Miembro de la Población Correccional (por parte de la recurrida) en la que determinó y citamos: “Se deniega la petición de Reconsideración… Se confirma respuesta del área concernida. Se desprende del Área de la Biblioteca que se cumple con el protocolo de COVID-19.”

De esa...

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