Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2021, número de resolución KLRA202100151
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA202100151 |
Tipo de recurso | KLRA |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2021 |
Departamento De Correccion
| | Revisión Administrativa procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Núm. B-1087-20 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Barresi Ramos y la Jueza Mateu Meléndez
Rivera Marchand, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de junio de 2021.
Comparece ante nosotros por derecho propio, el Sr.
Eliezer Santana Báez (señor Santana Báez o recurrente) y solicita que revoquemos la Respuesta de Reconsideración al Miembro de la Población Correccional de la División Remedios Administrativos del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) emitida el 16 de febrero de 2021, notificada el 4 de marzo de 2021.
Adelantamos que luego de examinar el recurso, confirmamos la determinación administrativa recurrida. Veamos.
El señor Santana Báez se encuentra confinado en la Institución Correccional Bayamón 501. El 1 de diciembre de 2020, presentó una Solicitud de Remedio Administrativo (Número: B-1087-20) con el propósito de notificar que su cita con el médico internista programada para el 5 de noviembre de 2020 no se llevó a cabo, por tanto, no le renovaron el medicamento Neorontin y lo dejaron desprovisto de su tratamiento médico.[1] Sin embargo, el 28 de diciembre de 2020, notificada el 26 de enero de 2021, la División de Remedios Administrativos emitió una Contestación de Remedio Administrativo mediante la cual decretó: Sr. Santana, su medicamento ya fue entregado como ordenado por el m[é]dico.[2]
En desacuerdo, el 5 de febrero de 2021, el recurrente presentó una Solicitud de Reconsideración ante la División de Remedios Administrativos del DCR mediante la cual admitió que le suministraron el medicamento y alegó que le redujeron la dosis de 400mg a 300mg sin notificación previa y sin su consentimiento.[3]
Con fecha de 16 de febrero de 2021, notificada el 4 de marzo de 2021, la División de Remedios Administrativos emitió una Respuesta de Reconsideración al Miembro de la Población Correccional mediante la cual denegó
la solicitud de reconsideración del señor Santana Báez y dispuso:
Al examinar la totalidad del expediente administrativo concluimos confirmar la contestación suministrada por la Dra. Gladys Quiles...
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