Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Julio de 2021, número de resolución KLCE202100683

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202100683
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución30 de Julio de 2021

LEXTA20210730-003 - Healthy Air Masters v. Motopac Corp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL I

Healthy Air Masters, Inc.
Recurrido
v.
Motopac Corp.
Peticionario
KLCE202100683 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm. BY2020CV01598 Sobre: Interferencia Torticera con Relaciones Contractuales, Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Candelaria Rosa, y el Juez Pagán Ocasio

Pagán Ocasio, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de julio de 2021.

I.

El 3 de junio de 2021, Motopac, Corp. (Motopac o parte peticionaria)

presentó una petición de certiorari en la que solicitó que revoquemos una Resolución[1] emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (TPI), el 10 de marzo de 2021. Mediante ésta, el TPI declaró “No Ha Lugar” una Moción Solicitando Desestimación[2]

presentada por la parte peticionaria. Motopac alegó que procedía la desestimación del pleito dado que Vital Solutions, Inc. era una parte indispensable que no fue acumulada en el caso. En desacuerdo con la determinación recurrida, Motopac solicitó reconsideración. El 4 de mayo de 2021, el TPI declaró “No Ha Lugar” dicha solicitud.[3]

En atención a la petición de certiorari, emitimos una Resolución en la que concedimos a Healthy Air Masters, Inc. (HAM o parte recurrida) un término de diez (10) días para mostrar causa por la que no debíamos expedir el auto de certiorari y revocar la Resolución recurrida.

Tras concederle varias prórrogas, la parte recurrida presentó una Moción en Cumplimiento de Orden para Mostrar Causa. Solicitó que desestimemos el recurso por académico, en vista de su compromiso de solicitar autorización al TPI para enmendar la demanda y acumular a Vital Solutions, Inc., o que dictáramos sentencia ordenándole acumular dicha parte en el caso.

Luego de evaluar la moción, emitimos una Resolución en la cual ordenamos HAM proveer evidencia de que solicitó autorización al TPI para enmendar la demanda e incluir a Vital Solutions, Inc. en el caso. Advertimos que el único error señalado por la parte peticionaria era la falta de acumulación de Vital Solutions, Inc. en el pleito y que, de haberse solicitado la acumulación de dicha parte, la petición de certiorari se tornaría académica.

Tras varios trámites, HAM presentó una Moción para Acreditar Cumplimiento de Orden. Informó e incluyó...

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