Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Agosto de 2021, número de resolución KLRA202100302

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA202100302
Tipo de recursoKLRA
Fecha de Resolución17 de Agosto de 2021

LEXTA20210817-011 - Departamento De Correccion v. Edmanuel Guerra Guzman

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

DEPARTAMENTO DE CORRECCIÓN Y REHABILITACIÓN
Recurrido
v.
EDMANUEL GUERRA GUZMÁN
Recurrente
KLRA202100302
Revisión Judicial procedente del Departamento de Corrección y Rehabilitación Sobre: Remedio Administrativo Caso Número: ICG-522-2021

Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, el Juez Vázquez Santisteban y la Juez Álvarez Esnard

Domínguez Irizarry, jueza ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de agosto de 2021.

La parte recurrente, Edmanuel Guerra Guzmán, miembro de la población correccional de la Institución Correccional Guerrero 304 en Aguadilla, comparece ante nos y solicita nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto el pronunciamiento emitido por el Departamento de Corrección y Rehabilitación el 6 de abril de 2021. Mediante la aludida determinación, la entidad recurrida le informó al recurrente que se habían hecho los trámites para que fuera evaluado en el Programa de Re-inserción Comunitaria. Referente a los programas de desvío, como Hogares Creas, el Programa Religioso y el Pase Extendido con Monitoreo Electrónico se le indicó que, en el año 2018, le denegaron la oportunidad de disfrutar de los mismos por no cumplir con los criterios de elegibilidad dispuestos en la reglamentación pertinente.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la decisión recurrida.

I

El 25 de noviembre de 2013, el recurrente fue sentenciado a cumplir una sentencia de quince años por la comisión de los delitos de agresión sexual y actos lascivos al amparo del Código Penal de 2004, 33 LPRA secs. 4770 y 4772.

El 30 de marzo de 2021, el recurrente presentó una Solicitud de Remedio ante el Departamento de Corrección y Rehabilitación. En la misma, expresó que le faltaban tres años y nueve meses para cumplir el mínimo de su sentencia y que había cumplido con todas las terapias que le habían sido requeridas. Por igual, sostuvo que estaba estudiando y trabajando como barbero y que contaba con el apoyo de su familia. Destacó que estaba dispuesto a cumplir con todas las normas que le impusieran para poder disfrutar de cualquier privilegio que le concedieran, todo ello conforme al compromiso constitucional en favor de la rehabilitación de las personas privadas de libertad. Por lo cual, solicitó a la entidad recurrida que se le permitiera beneficiarse de algún privilegio, tales como: pases extendidos, supervisión electrónica, el Programa de Desvío Comunitario como el Programa REDES (Programa de Reinserción Comunitaria y Nuevas Oportunidades del DCR Arecibo) o algún otro programa dirigido a ayudar en su rehabilitación y reinserción a la comunidad.

El 6 de abril de 2021, el Departamento de Corrección y Rehabilitación emitió

una Respuesta a la referida solicitud. En esta, expuso que el 15 de marzo de 2021 el recurrente fue a una cita de seguimiento en el área sociopenal y allí

solicitó beneficiarse del Programa de Re-inserción Comunitaria. Se le informó que su solicitud había sido tramitada y estaban en espera de la contestación correspondiente. Sobre los programas de desvío, como Hogares Creas, el Programa Religioso, y el Pase Extendido con Monitoreo Electrónico se le indicó que, en el año 2018, le denegaron la oportunidad de beneficiarse de...

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