Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Agosto de 2021, número de resolución KLRA202100393
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA202100393 |
Tipo de recurso | KLRA |
Fecha de Resolución | 25 de Agosto de 2021 |
| | Revisión Judicial procedente de la Administración de Servicios Generales y Departamento de Educación Sobre: Impugnación de Adjudicación de Solicitud de Propuesta Caso Número: Solicitud de Propuesta de DE Núm. 2021-011; Solicitud de Propuesta de ASG Núm. 21-0922 |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, la Juez Rivera Marchand y el Juez Salgado Schwarz
Domínguez Irizarry, jueza ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2021.
La parte recurrente, K Toro Garratón, Inc. (KTG) y Advanced Healthcare Logistics Corp., comparece ante nos para que revisemos la adjudicación de la Solicitud de Propuesta y/o Cotización Bajo la OE-2021-021 efectuada y autorizada, respectivamente, por las entidades recurridas, el Departamento de Educación y la Administración de Servicios Generales de Puerto Rico.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el presente recurso de revisión judicial.
El 16 de marzo de 2021, se emitió la Orden Ejecutiva OE-2021-021, Orden Ejecutiva del Gobernador de Puerto Rico, Hon. Pedro R. Pierluisi, a los Fines de Derogar y Sustituir el Boletín Administrativo Núm. OE-2021-015, de Decretar un Estado de Emergencia en las Escuelas Públicas de Puerto Rico y Activar la Disposiciones de la Ley Núm. 20-2017 para Expeditar los Trabajos de su Acondicionamiento. En virtud de la misma, se declaró un estado de emergencia para atender el acondicionamiento de las escuelas del sistema público de Puerto Rico. En la consecución de ello, se autorizó el empleo de un proceso expedito de emergencia para contratar y administrar los trabajos requeridos a tal fin. A su vez, la Orden Ejecutiva OE-2021-021 sujetó el ejercicio de las facultades arrogadas a la autoridad contratante a ciertos parámetros en su gestión de atender las propuestas pertinentes. En lo atinente, en su Sección 6ª, expresamente dispuso que [t]oda propuesta de contrato de compra de emergencia u orden de compra [ ] con un valor agregado total de $10 millones o más, deberá presentarse para su aprobación previo a su otorgamiento ante la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico [ ] de conformidad con su Política de Revisión de Contratos.
En atención a lo anterior, el 19 de mayo de 2021, el Departamento de Educación publicó una Solicitud de Propuesta y/o Cotización Bajo la OE-2021-021. Mediante la misma, convocó la presentación de propuestas para la adquisición de emergencia de 28,000 purificadores de aire para las escuelas públicas y ciertas dependencias de la agencia. A tenor con sus términos, y en cumplimiento con lo previsto en la OE-2021-021, el Departamento de Educación extendió un plazo de cinco (5) días para que los proveedores interesados sometieran sus...
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