Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Octubre de 2021, número de resolución KLAN202100597

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202100597
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución12 de Octubre de 2021

LEXTA20211012-009 - Serenity By The Sea v. Oriental Bank

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL X

SERENITY BY THE SEA, INC.
Apelante
v
ORIENTAL BANK, antes SCOTIABANK DE PUERTO RICO
Apelada
KLAN202100597
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Sobre: Incumplimiento de Contrato; Daños y Perjuicios y otros Caso Núm.: D AC2012-3035 según consolidado con el caso K AC2014-0163, proveniente del TPI de San Juan

Panel integrado por su presidente, el Juez Rodríguez Casillas, la Jueza Soroeta Kodesh y la Juez Méndez Miró

Rodríguez Casillas, juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de octubre de 2021.

Comparece ante nos Serenity By The Sea, Inc. (en adelante, Serenity) para que revoquemos la Sentencia Parcial emitida el 12 de abril de 2021 por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI), Sala Superior de Bayamón.[1]

Allí, se desestimó la causa de acción de incumplimiento de contrato, incoada por Serenity en contra de Oriental Bank antes Scotiabank de Puerto Rico (en adelante, Oriental).

Examinados los escritos de las partes y derecho aplicable, resolvemos desestimar el presente recurso por prematuro. Veamos.

-I-

El 12 de abril de 2021, el TPI emitió la Sentencia Parcial aquí apelada,[2] mediante la cual desestimó sin perjuicio la segunda causa de acción por incumplimiento de contrato incoada por Serenity en la Demanda en contra de Oriental.[3]

Inconforme, el 6 de mayo de 2021, Oriental presentó una SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DE SENTENCIA SUMARIA Y DE RESOLUCIÓN, en la que solicitó que la desestimación fuera con perjuicio.[4]

Por su parte, el 9 de mayo de 2021, Serenity presentó su SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DE SENTENCIA SUMARIA Y DE RESOLUCIÓN, en la que se opuso a la desestimación de su segunda causa de acción por incumplimiento de contrato.[5]

Ante la reconsideración de Serenity, el 2 de junio de 2021 Oriental presentó una oposición que intituló: OPOSICIÓN DE ORIENTAL A LA MOCIÓN SOLICITANDO ENMIENDAS Y DETERMINACIONES ADICIONALES DE HECHOS Y SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN.[6]

A su vez, el 10 de junio de 2021, Serenity presentó una RÉPLICA A SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN DE ORIENTAL BANK A SENTENCIA SUMARIA Y DE RESOLUCIÓN.[7]

Sin embargo, el 2 de julio de 2021,[8] el TPI emitió la Resolución recurrida, en la que solo atendió la moción de reconsideración de Serenity, al resolver lo siguiente:

Se declara No Ha Lugar la “MOCIÓN DE ENMIENDAS Y DETERMINACIONES ADICIONALES DE HECHOS Y DE DERECHO Y SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN” presentada por la parte demandante [Serenity].[9]

Es decir, nada dispuso en cuanto a la moción de reconsideración presentada por Oriental el 6 de mayo de 2021.

Inconforme, Serenity presenta ante nos un recurso de apelación, en el que planteó que el TPI cometió los siguientes errores:

Erró el TPI-Bay al dictar...

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