Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Octubre de 2021, número de resolución KLCE202101113

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202101113
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2021

LEXTA20211026-012 - Jaime Franco Garay v. Cashmax Llc D/b/a Cashmax Title Loans

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

JAIME FRANCO GARAY
Recurrido
v.
CASHMAX LLC D/B/A CASHMAX TITLE LOANS
Peticionario
KLCE202101113
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil núm.: SJ2019CV04520 Sobre: Despido Injustificado (Ley núm. 80 de 30 de mayo de 1976; Ley núm. 2 de 17 de octubre de 1961; Reclamación de Salarios; Reclamación de Bono de Navidad (Ley núm. 148 de 30 de junio de 1969); Ley COBRA

Panel integrado por su presidenta la Juez Lebrón Nieves, el Juez Rivera Torres y la Jueza Santiago Calderón.

Rivera Torres, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 26 de octubre de 2021.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones CASHMAX, LLX h/n/c CashMax Title Loans (en adelante CashMax o el peticionario) mediante la Petición de Certiorari de epígrafe y nos solicita que revisemos una Orden de Fijación de Fianza emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (TPI), el 18 de agosto de 2021, notificada al día siguiente. En el referido dictamen, el foro primario le impuso a CashMax el pago de la fianza ascendente a $20,700 que incluye una cuantía equivalente a la compensación total a la cual tendría derecho el recurrido, más el 15 por ciento para honorarios de abogado al amparo del Artículo 11(b) de Ley núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, (29 LPRA sec. 185k).

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se desestima el recurso de epígrafe por falta de jurisdicción.

I.

El Sr. Jaime Franco Garay (en adelante el señor Franco Garay o el recurrido) presentó una Querella sobre despido injustificado contra su patrono, CashMax, al amparo de la Ley núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, conocida como Ley de Indemnización por Despido sin Justa Causa, 29 LPRA secs.

185a et seq. (Ley núm. 80) bajo el procedimiento sumario provisto por la Ley núm. 2 de 17 de octubre de 1961, según enmendada, 32 LPRA secs. 3118-3132 (Ley núm. 2). Además, incluyó otras causas de acción basadas en varias leyes laborables.

En lo aquí pertinente, el 28 de mayo de 2021 el señor Franco Garay presentó una Moción en solicitud de Fianza en la cual alegó que CashMax ha cerrado varias de sus sucursales, por lo que teme que este carezca de bienes suficientes para satisfacer la sentencia que pueda dictarse en su día. Por ende, solicitó la imposición de una fianza adecuada al palio del Artículo 11 de la Ley núm. 80, 29 LPRA sec. 185k. CashMax presentó su oposición en la cual adujo que la solicitud era improcedente debido a que el recurrido no ha demostrado que el negocio carece de bienes suficientes; y que al presente continúan operando siete sucursales en Puerto Rico. Asimismo, precisó que la imposición de la fianza requiere la celebración de una vista previa acorde con el ordenamiento jurídico.

Evaluados los argumentos, el 18 de agosto de 2021 el TPI dictó la orden aquí recurrida imponiéndole a CashMax una fianza total de $20,700 e indicó que “[d]ichas cantidades o fianza le serán devueltas a la Parte Querellada si se dictare sentencia final y firme a su favor.”[1] El 30 de agosto siguiente, CashMax solicitó la reconsideración de dicho dictamen. El 1 de septiembre de 2021, notificada al día siguiente, el TPI declaró No Ha Lugar el petitorio.

Aún inconforme, el 13 de septiembre de 2021, el peticionario recurre ante este foro apelativo imputándole al foro primario haber cometido los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR