Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Noviembre de 2021, número de resolución KLCE202101151

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202101151
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2021

LEXTA20211108-004 - Carmen D. Carrasquillo Perez v.

Asociacion Y/o Consejo De Titulares Del Cond.

Del Parque 352 Y Otros

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL III

CARMEN D. CARRASQUILLO PÉREZ Y OTROS
Recurridos
V.
ASOCIACIÓN Y/O CONSEJO DE TITULARES DEL COND. DEL PARQUE 352 Y OTROS
Peticionarios
KLCE202101151
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Caso Núm.: SJ2019CV13204 Sobre: Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, la Juez Brignoni Mártir y el Juez Ronda Del Toro

Ronda Del Toro, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de noviembre de 2021.

Este Recurso de Certiorari fue presentado el 22 de septiembre de 2021, por Condominium Administration & Accounting Services, Corp, (en adelante, peticionario o Condominium Administration).

La parte peticionaria solicita revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (en adelante TPI), emitida el 23 de agosto de 2021 y notificada esa misma fecha. En dicha Resolución el TPI declaró No Ha Lugar la Moción Reiterando Desestimación presentada por la parte aquí peticionaria, Condominium Administration.

Por las razones que exponemos a continuación, expedimos el auto de certiorari y confirmamos la Resolución recurrida.

I.

El 30 de julio de 2015 Carmen D. Carrasquillo y otras personas, presentaron una demanda en daños y perjuicios, asignada a la causa KDP2015-0120, contra la Asociación y/o Consejo de Titulares Condominio del Parque #352 y otros. La Corporación del Fondo del Seguro del Estado [en adelante, Fondo] fue incluida como parte interventora. Alegaron que el 7 de abril de 2014, su hermano, José Carrasquillo Pérez, empleado de Condominium Administration alegadamente cayó de la azotea del Condominio del Parque 352 y falleció.

El 20 de noviembre de 2015 la parte interventora Corporación del Fondo del Seguro del Estado (en adelante, “Fondo”), presentó una Moción Solicitando Paralización de los Procedimientos, por razón de que la reclamación del obrero lesionado se encontraba ante su consideración en el caso #14-6444213.

Ante ello, el foro primario dictó sentencia el 18 de diciembre de 2015, notificada el 30 de diciembre de 2015 donde expresó:

Se emite sentencia decretando paralización de los procedimientos en el presente caso, ordenando su archivo para fines administrativos, sin perjuicio y sin imposición de costas, gastos ni honorarios de abogado.

Expresamente reservamos jurisdicción para decretar la reapertura y reinstalación a solicitud de parte interesada. La parte interesada deberá

acudir ante este foro dentro del año siguiente a esta Sentencia a establecer la razón que proceda para la continuación de los procedimientos en este caso. De no comparecer en ese término se entenderá que la presente sentencia será de archivo sin perjuicio de la acción.

El caso administrativo continuó su curso. Así las cosas, el 21 de septiembre de 2016, notificada el 3 de noviembre de 2020 la Comisión Industrial de Puerto Rico emitió una Resolución Interlocutoria. En esta decretó

ordenar el archivo del trámite apelativo pendiente y devolver el expediente a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado al Fondo para que el Administrador emitiese una decisión sobre dependencia.

Entretanto, el 4 de noviembre de 2016, el Fondo presentó una Moción Solicitando Permiso para Desistir de la Demanda de Subrogación, tras advertir que los demandados eran patronos no asegurados.

Luego de los trámites de rigor, el 5 de septiembre de 2018, notificada el 20 de septiembre de 2018, la Comisión Industrial emitió una resolución en la que determinó “aceptar la Solicitud de Desistimiento presentada en Sala el 31 de agosto de 2018, sobre Dependencia (Muerte).

ORDENAR el cierre y archivo con perjuicio del recurso apelativo.”[1]

Así las cosas, el 10 de enero de 2019, en la causa KDP2015-0120, los demandantes presentaron una Moción Solicitando Reapertura de Caso.[2]

El 23 de enero de 2019, notificada el 25 de enero de 2019, el Tribunal denegó la solicitud de reapertura del caso, más ordenó a las demandantes a presentar un nuevo pleito.[3]

Según instruido, el 27 de diciembre de 2019, Carmen D. Carrasquillo Pérez, Ramona Navedo Pérez y encarnación Ayala Pérez, por si y en representación de José A. Carrasquillo Pérez instaron una nueva demanda en daños y perjuicios contra Asociación y/o Consejo de Titulares Condominio del Parque #352 y otros, asignado el caso al alfanumérico SJ-2019-CV-13204.

El 27 de febrero de 2020 la Cooperativa de Seguros Múltiples de Puerto Rico contestó la demanda.

El 9 de octubre de 2020 la Junta de Directores y el Consejo de Titulares del Condominio presentaron una Moción de Desestimación por alegada prescripción de la reclamación. Entretanto, el 4 de noviembre de 2020 el Condominium Administration Services contestó la demanda. En cuanto a la solicitud de desestimación, el 9 de noviembre de 2020, la parte demandante presentó una Moción en Cumplimiento de Orden, en la que arguyó que la petición de desestimación era errónea.[4]

El 30 de noviembre de 2020 el Junta de Directores y el Consejo de Titulares del Condominio presentaron la Réplica a...

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