Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Noviembre de 2021, número de resolución KLCE202101315

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202101315
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2021

LEXTA20211110-020 - Consejo De Titulares Del Condominio La Arboleda v. Triple-s Propiedad

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO LA ARBOLEDA
Peticionario
v.
TRIPLE-S PROPIEDAD, INC.
Recurrido
KLCE202101315
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Civil núm.: BY2020CV01945 (503) Sobre: Incumplimiento Contractual; Mala Fe; Cumplimiento Específico; Violaciones al Código de Seguros de Puerto Rico; y Daños

Panel integrado por su presidenta la Juez Lebrón Nieves, el Juez Rivera Torres y la Jueza Santiago Calderón

Rivera Torres, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de noviembre de 2021.

Comparece ante este tribunal apelativo el Consejo de Titulares del Condominio La Arboleda (en adelante el Consejo o el peticionario) mediante el recurso de Certiorari de epígrafe y solicita nuestra intervención a los fines de que dejemos sin efecto una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (el TPI) el 8 de septiembre de 2021, notificada el mismo día. Mediante dicho dictamen, el foro primario resolvió

varias controversias relacionadas con el descubrimiento de prueba.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se deniega la expedición del auto solicitado, por no satisfacer los criterios establecidos en la Regla 52.1 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 52.1.

I.

La causa de autos tuvo su origen el 26 de junio de 2020 con la presentación de una demanda por el Consejo contra la aseguradora Triple-S Propiedad, Inc. (en adelante Triple-S o la recurrida) sobre incumplimiento contractual, mala fe, violaciones al Código de Seguros y daños. En esencia, se alegó que la aseguradora incurrió en un manejo negligente y de mala fe al evaluar la reclamación relacionada a los daños ocasionados en el condominio por el paso del huracán María. Por lo que incumplió e infringió los términos y condiciones de la póliza de seguros expedida a su favor. El Consejo solicitó

resarcimiento de los daños sufridos por el inmueble y $916,121 por el incumplimiento contractual más unas sumas razonables por intereses, costas y honorarios de abogado.

Triple-S presentó la correspondiente contestación a la demanda negando la mayoría de las alegaciones.

Transcurridos varios trámites de rigor, y en lo aquí pertinente, el 15 de mayo de 2021 el Consejo presentó una Moción para compeler contestaciones al descubrimiento de prueba de conformidad con la Regla 34.2 de las de Procedimiento Civil. En síntesis, solicitó al TPI que ordenara a Triple-S proveer cierta información y documentos que le fueron requeridos mediante el Primer...

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