Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Noviembre de 2021, número de resolución KLAN202100474

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202100474
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2021

LEXTA20211129-005 - Sucn. Blanca Rosa Bermudez Crespo v.

Walter Rodriguez Velez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL II

SUCN. BLANCA ROSA BERMÚDEZ CRESPO
Apelada
v.
WALTER RODRÍGUEZ VÉLEZ
Apelante
CARLOS ANTONIO MALDONADO BERMÚDEZ
Apelado
KLAN202100474
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de UTUADO Caso Núm.: L AC2015-0038 Sobre: Incumplimiento de Contrato

Panel integrado por su presidente el Juez Bermúdez Torres, la Jueza Rivera Marchand, la Jueza Barresi Ramos y la Jueza Mateu Meléndez.

Mateu Meléndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de noviembre de 2021.

Comparece el Sr. Walter Rodríguez Vélez (señor Rodríguez Vélez o el apelante) y solicita la revocación de la Sentencia emitida el 3 de mayo de 2021 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado, (TPI o foro primario), notificada el 5 de mayo del corriente año.

Mediante la referida Sentencia, el foro primario desestimó la Reconvención presentada por el apelante en el pleito sobre incumplimiento de contrato presentado en su contra por la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, posteriormente sustituida por el Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez y la Sra. Blanca Maldonado Bermúdez, actuales miembros de la Sucesión Blanca Rosa Bermúdez Crespo. En la aludida Sentencia, concluyó el TPI, que no se emplazó a tiempo a la Sra. Blanca Maldonado Bermúdez y esta es parte indispensable en la Reconvención presentada por el apelante el 23 de septiembre de 2015, en contra de la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, por lo que el TPI, además, de desestimar la Reconvención presentada por el apelante ordenó su archivo sin perjuicio.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, confirmamos la Sentencia apelada.

I

El trasfondo fáctico y procesal que motivó la presentación del recurso de epígrafe se inició el 27 de julio de 2015, cuando la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, presentó Demanda sobre Incumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios en contra del señor Rodríguez Vélez. En esencia, alegó que, “representada por su apoderado”, había suscrito un contrato de arrendamiento con el apelante, mediante el cual le arrendó un local comercial con la intención de operar un negocio de ventas de piezas de vehículos de motor y accesorios de autos. Adujo que el señor Rodríguez Vélez le entregó el local antes del vencimiento del contrato y, además, había realizado varias obras en el mismo que le ocasionaron daños.

El 23 de septiembre de 2015, el apelante sometió su Contestación a la Demanda y Reconvención. En ésta, negó que hubiese suscrito un contrato con la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, y señaló que con quien había contratado era con el Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez, en calidad de dueño de la propiedad y no de apoderado. Además, en su Reconvención, adujo que, del TPI entender que la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo tenía “standing” en el pleito, quien incumplió fue ésta y le causó daños por una suma no menor de $50,000.00. A su vez, solicitó que se le impusiera a la parte demandante una suma de $5,000.00 por concepto de honorarios de abogado.

El 3 de noviembre de 2015, la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo presentó Réplica a Reconvención. Allí alegó que contrató con el apelante a través de su apoderado, el Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez, el cual comparece como su apoderado y firmó el contrato con el apelante como apoderado de ésta.[1]

El 25 de noviembre de 2015 el señor Rodríguez Vélez presentó, además, una Demanda contra Tercero en contra del Sr.

Carlos Antonio Maldonado Bermúdez. Allí alegó que contrató con éste, el contrato que es objeto de la reclamación de la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo en la Demanda.

El 19 de junio de 2018, la representante legal del Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez informó que la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo había fallecido.

El 14 de noviembre de 2018 el TPI emitió Sentencia Parcial mediante la cual desestimó sin perjuicio la Demanda, por incumplimiento de contrato incoada por la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo contra el apelante y desestimó la Reconvención que instó el apelante contra ésta. Concluyó el TPI que el Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez, tercero demandado, no estaba obligado a realizar la sustitución de parte respecto a la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, parte demandante, a pesar de ser su hijo, y aclaró que nunca ordenó al Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez realizar la sustitución de parte. Determinó el TPI en la Sentencia Parcial de 14 de noviembre de 2018 que, al fallecer la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, y a pesar de que el señor Rodríguez Vélez instó una Reconvención, éste tampoco presentó la sustitución dentro del término de noventa (90) días contemplado en la Regla 22.1 de las de Procedimiento Civil. En esa ocasión, el foro primario determinó que continuaría el litigio en relación a la Demanda contra Tercero presentada por este en contra del Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez.

El señor Rodríguez Vélez presentó Reconsideración la cual fue denegada mediante “Resolución” emitida por el TPI el 10 de diciembre de 2018.

De dicha denegatoria, el aquí apelante presentó Apelación ante este Tribunal de Apelaciones el 8 de enero de 2019.

Mediante Sentencia emitida el 25 de febrero de 2019, en el caso designado alfanuméricamente KLAN201900075, un Panel Hermano de este Tribunal de Apelaciones determinó que erró el TPI al desestimar la Demanda y la Reconvención. En esencia, concluyó este Tribunal de Apelaciones que lo correcto era ordenar al Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez, en calidad de representante de la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo por virtud del poder, someter el certificado de defunción de esta, parte demandante en el caso, y hacer la correspondiente sustitución de parte o en su defecto, debió

así ordenarlo expresamente al señor Rodríguez Vélez sin que ello ocurriera. Finalmente, en la Sentencia emitida en el caso KLAN201900075, este Tribunal de Apelaciones concluyó que el foro a quo erró

al desestimar la Demanda y la Reconvención sin ordenarle al Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez hacer la sustitución de parte o sin brindarle la oportunidad al señor Rodríguez Vélez de hacerlo. Dispuso expresamente la Sentencia en el caso KLAN201900075 que “[e]l TPI actuó incorrectamente al desestimar la demanda y la reconvención sin haberle dado la oportunidad a los litigantes con interés de sustituir la parte demandante en el pleito.” El Mandato en el caso KLAN201900075 fue remitido al foro primario el 22 de abril de 2019.

Tras varios incidentes procesales, el 19 de septiembre de 2019, el TPI emitió Orden al Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez (parte demandante-reconvenida y tercero demandado) para que acumulara en el pleito y sustituyera a la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, por su otra heredera, la Sra. Blanca Maldonado Bermúdez.

El 8 de noviembre de 2019 el señor Rodríguez Vélez presentó Urgente Moción en Torno Reiterado Incumplimiento Con Orden de Sustitución de Parte por Muerte ante el TPI. Tras Orden del TPI de 12 de noviembre de 2019, el 6 de diciembre de 2019 el aquí apelante presentó Tercera Moción en Torno Reiterado Incumplimiento Con Orden de Sustitución de Parte por Muerte.

El 3 de enero de 2020 el Sr. Carlos Maldonado Bermúdez presentó

escrito intitulado En Solicitud de Sustitución de Parte, en el que solicitó al foro primario la sustitución de la parte demandante por la Sra. Blanca Maldonado Bermúdez y el Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez, herederos de la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo. El 13 de enero de 2020 el TPI emitió Orden, notificada el 4 de febrero de 2020 mediante la cual realizó la sustitución de parte.[2]

El 18 de septiembre de 2020 el señor Rodríguez Vélez presentó ante el foro primario Moción en Torno a Estado de los Procedimientos Pendientes. Allí señaló que el Sr.

Carlos Antonio Maldonado Bermúdez no había emplazado a la heredera Blanca Maldonado Bermúdez; ésta no había sido acumulada formalmente en el pleito y por disposición del tribunal el Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez debía acumular en el pleito a la heredera que no había sido traída al mismo como parte apropiada.[3]

Así las cosas, mediante Orden de 16 de octubre de 2020, notificada el 22 de octubre de ese año, el TPI ordenó al Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez (tercero demandado) a presentar los proyectos de emplazamiento de la Sra. Blanca Maldonado Bermúdez y de él, ambos herederos de la Sra. Blanca Rosa Bermúdez Crespo, demandante original en el pleito fallecida y madre de ambos.[4]

El 7 de diciembre de 2020, el Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez presentó

ante el foro primario moción intitulada Para Someter Emplazamiento a la que anejó los emplazamientos dirigidos a la Sra. Blanca Maldonado Bermúdez y al Sr. Carlos Antonio Maldonado Bermúdez, miembros de la Sucesión Blanca Rosa Bermúdez Crespo .

Finalmente, mediante Orden de 16 de diciembre de 2020 el TPI dispuso que los emplazamientos provistos fuesen...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR