Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2021, número de resolución KLCE202100590

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202100590
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2021

LEXTA20211130-028 -

Municipio Autonomo De Barceloneta v. Mapfre Praico Insurance Company

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

MUNICIPIO AUTÓNOMO DE BARCELONETA
Peticionario
v.
MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY
Recurrido
KLCE202100590
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Civil Número: AR2019CV00995 Sobre: Reclamaciones de Seguros Relacionados Huracanes Irma y María/Incumplimiento de Contrato; Cobro de Dinero/Sentencia Declaratoria
MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY
Recurrido
v.
MUNICIPIO AUTÓNOMO DE BARCELONETA
Peticionario
Civil Número: SJ2019CV06866 (404) Sobre: Sentencia Declaratoria

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Domínguez Irizarry, el Juez Vázquez Santisteban y la Jueza Álvarez Esnard.

Vázquez Santisteban, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 30 de noviembre de 2021.

Mediante el certiorari de epígrafe, el Municipio Autónomo de Barceloneta (Municipio o Peticionario)

nos solicita que revoquemos una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo (TPI). Mediante la misma, el TPI permitió que se llevara a cabo un descubrimiento de prueba sobre un testigo previamente anunciado por el Municipio como perito.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, denegamos expedir el auto solicitado.

I

El 7 de junio de 2019, el Peticionario presentó una Demanda de Sentencia Declaratoria[1]

en contra de Mapfre Praico Insurance Company (Mapfre o Recurrida), por incumplimiento de contrato, y daños y perjuicios (Primer Caso).[2] El Municipio alegó que, para junio de 2017, Mapfre emitió una póliza de seguros[3] a favor del Peticionario que cubría múltiples propiedades. Tras el paso del huracán María por Puerto Rico, las propiedades cubiertas por la póliza sufrieron daños y el Municipio presentó la reclamación correspondiente. Además, contrató a un experto de evaluación de daños para que preparara los informes a ser considerados por Mapfre. Dicho experto era el señor Scott M. Favre, de Scott M.

Favre Public Adjusters, LLC. El Municipio alegó que, durante el proceso de ajuste, Mapfre incumplió con sus deberes contractuales, eludió sus deberes estatutarios al no alcanzar un acuerdo justo, y actuó de mala fe y temerariamente.

Luego de varios trámites procesales, Mapfre presentó su Contestación a Demanda Enmendada y Reconvención.

Como parte de su Reconvención, alegó que existía una diferencia marcada entre los daños estimados por sus inspectores y aquellos estimados por la firma contratada por el Municipio. Sostuvo que dichas irregularidades constituían fraude por parte del Municipio para obtener una indemnización más alta. También alegó que, según pactado en la póliza, estos actos fraudulentos y deshonestos ocasionaron la exclusión de la cubierta para cualquier daño sufrido. Dichas alegaciones fueron reiteradas en una Solicitud de Sentencia Declaratoria presentada por Mapfre en contra del Municipio el 1ro de julio de 2019, mediante un pleito judicial aparte (Segundo Caso).[4]

Luego de varios trámites procesales, para octubre de 2019, las partes presentaron su Informe para Manejo de Caso. En el mismo, el Municipio anunció al Sr. Favre como “perito de ocurrencia y ajustador público contratado por el Municipio para valorar y ajustar los daños del Municipio, lo que incluye a su personal cualificado.”[5] Para noviembre de 2019, Mapfre le cursó un interrogatorio y requerimiento de producción de documentos al Municipio. Entre otras cosas, requirió información y documentos relacionados al Sr. Favre, lo cual fue objetado por el Municipio bajo la alegación de que era impertinente.

Durante una vista celebrada ante el TPI el 7 de febrero de 2020, la representación legal de Mapfre dio a conocer que el Municipio le acababa de informar que su contrato con la firma del Sr. Favre fue cancelado. La representación legal del Municipio informó que sus peritos ahora serían de la firma Caribbean Adjusters, y que estos estarían próximos a producir los estimados de los daños en controversia.

Por otro lado, Mapfre expresó su interés en deponer al Sr. Favre. De la Minuta[6] no surge que el Municipio haya objetado dicha solicitud.

El 17 de julio de 2020, Mapfre le notificó por escrito al Municipio su interés de deponer a varios testigos, incluyendo al Sr. Favre y representantes de su firma. El 21 de julio de 2020, el Municipio presentó una Moción para Solicitar Enmienda al Informe para Manejo de Caso. Mediante la misma, informó que el Sr. Favre no sería utilizado como testigo, y que la prueba de daños sería ofrecida mediante los testimonios de otros testigos. A su vez, señaló lo siguiente: “debe entenderse que la firma de ajustadores públicos antes mencionada se considerará meramente como un perito intermedio que no será llamado a prestar testimonio en el caso en cuanto a las materias sobre las cuales se le consultó, al que le son extensivas las protecciones de perito consultor […]”.[7]

Además, añadió que “lo anterior no supone una renuncia de la parte demandante, en caso de ser necesario, llamar a alguno de los empleados o funcionarios de la firma del Sr. Favre, en caso de surgir cualquier controversia fáctica para la cual el testimonio de alguno de éstos sea pertinente.”[8]

La solicitud fue aprobada por el TPI mediante Orden del 24 de julio de 2020.

Mapfre solicitó reconsideración de dicha determinación y...

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