Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Diciembre de 2021, número de resolución KLCE202101480

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202101480
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2021

LEXTA20211209-007 -

Junta De Planificacion Del Gobierno De PR - v. Sol Y Playa Corp. Y Otros Demandada Walter Pierluisi Isern Y Otros

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VIII

JUNTA DE PLANIFICACIÓN DEL GOBIERNO DE PUERTO RICO
Demandante-Recurrida
v.
SOL Y PLAYA CORP. Y OTROS
Demandada
WALTER PIERLUISI ISERN Y OTROS
Peticionarios
KLCE202101480
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Sobre: Injunction (Entredicho Provisional, Injunction Preliminar y Permanente) y Otros Caso Número: AG2021CV00945

Panel integrado por su presidenta, la Juez Domínguez Irizarry, la Juez Rivera Marchand y el Juez Salgado Schwarz

Domínguez Irizarry, jueza ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 9 de diciembre de 2021.

La parte peticionaria, el señor Walter Pierluisi Isern, su esposa, Marcia González-Coya Fernández y la Sociedad Legal por ambos compuesta, comparecen ante nos para que dejemos sin efecto la determinación emitida y notificada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, el 3 de noviembre de 2021. Mediante la misma, el tribunal primario denegó una solicitud de intervención promovida por los peticionarios dentro de una acción civil sobre sentencia declaratoria, injunction y revocación de permisos de construcción.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se desestima el presente recurso por falta de jurisdicción.

I

Conforme surge del expediente de autos, el 31 de octubre de 2021, los peticionarios solicitaron intervenir en el pleito de epígrafe. No obstante, el 3 de noviembre del año en curso, el Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar el referido requerimiento, ello por entender que, al ser estos residentes del Condominio compelido a la demanda, ya estaban debidamente representados por el Consejo de Titulares. La notificación del referido dictamen incluyó al licenciado Tomás J. Ortiz Morales, abogado de los peticionarios.

En desacuerdo, el 9 de noviembre de 2021, los peticionarios presentaron una Moción de Reconsideración respecto al dictamen de referencia. Sin embargo, mediante Orden del 11 de noviembre de 2021, notificada el 16 de noviembre de dicho año, el Tribunal de Primera Instancia denegó la referida solicitud. Ahora bien, el 22 de noviembre siguiente, los peticionarios presentaron ante el foro primario una Solicitud de Enmienda a Notificación de Resolución. Específicamente, adujeron que el antedicho pronunciamiento no les fue remitido...

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